Sociedade de Responsabilidade Limitada77.708.192-6

Asesorías Iglesias Ringeling Y Asociados Limitada

CONSTITUCIÓN — 21 de jan. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-01-21Ver PDF (CVE 2257830)

Informações societárias

Ltda
calle Los Militares 5885, oficina 205
Duração: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente
Administração: Corresponderá a don CELESTINO ANDRÉS IGLESIAS SILVA actuando en forma separada e independiente y anteponiendo su firma al nombre o razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarios.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en materias gerenciales, financieras, legales, de administración, contables, comerciales, de marketing, de comercio exterior, inmobiliarias, económicas y estratégicas, para todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, en Chile o en el extranjero, pudiendo constituir y participar en otras sociedades de profesionales para cumplir con su objeto social.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

CELESTINO ANDRÉS IGLESIAS SILVA

Socio

99.99%

FRANCISCO JAVIER TOLEDO VILLAVICENCIO

Socio

0.01%

Administradores (1)

Representantes perante o SII (1)

Texto oficial do extrato

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, CELESTINO ANDRÉS IGLESIAS SILVA, y FRANCISCO JAVIER TOLEDO VILLAVICENCIO, ambos domiciliados en calle Los Militares 5885, oficina 205, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, denominada ASESORÍAS IGLESIAS RINGELING Y ASOCIADOS LIMITADA. Administración y uso razón social: Corresponderá a don CELESTINO ANDRÉS IGLESIAS SILVA actuando en forma separada e independiente y anteponiendo su firma al nombre o razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarios. Capital Social: $10.000.000.-, que socios han aportado de la siguiente forma: a) CELESTINO ANDRÉS IGLESIAS SILVA aporta la suma de $9.999.000.- en dinero efectivo, que se pagan en el acto, ingresando a la caja social, equivalente al 99,99% de derechos sociales; b) FRANCISCO JAVIER TOLEDO VILLAVICENCIO aporta la suma de $1.000.- en dinero efectivo, que se pagan en el acto, ingresando a la caja social, equivalente al 0,01% de derechos sociales. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y aportado a caja social. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en materias gerenciales, financieras, legales, de administración, contables, comerciales, de marketing, de comercio exterior, inmobiliarias, económicas y estratégicas, para todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, en Chile o en el extranjero, pudiendo constituir y participar en otras sociedades de profesionales para cumplir con su objeto social. Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.T.

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