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Sociedade de Responsabilidade Limitada77.676.954-1

Servicios Medicos C Y A Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 de nov. de 2022

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-11-05Ver PDF (CVE 2212166)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 3 años desde 2022-11-02, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales sucesivos de 3 años
Administração: Separada e indistintamente por JULIO HERNAN CAAMAÑO AGUIRRE y CAROLINA MACARENA AVALOS FERNANDEZ

Objeto social

La prestación de todo tipo de servicios médicos en el área de la salud; realización de exámenes radiológicos, escáner, resonancias magnéticas, y en general, todo tipo de exámenes; controles médicos, evaluaciones, diagnósticos, prescripción y realización de procedimientos kinesiológicos, tratamientos y en general toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el área de la salud y que los socios acuerden; junto con la compra, venta, distribución, producción, arrendamiento, promoción, mantenimiento, instalación y en general todas las actividades relacionadas con toda clase de equipamiento o productos médicos, ortopédicos, medicinales, material o servicios u otros productos relacionados al área de la salud

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JULIO HERNAN CAAMAÑO AGUIRRE

Socio

50%

CAROLINA MACARENA ÁVALOS FERNÁNDEZ

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaria Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 2 de Noviembre de 2022, ante mí, Repertorio N° 5990/2022, JULIO HERNAN CAAMAÑO AGUIRRE y CAROLINA MACARENA AVALOS FERNANDEZ, ambos domiciliados en Diego de Almagro 2588, Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes, bajo razón social “SERVICIOS MEDICOS C Y A LIMITADA”. Objeto: directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, la prestación de todo tipo de servicios médicos en el área de la salud; realización de exámenes radiológicos, escáner, resonancias magnéticas, y en general, todo tipo de exámenes; controles médicos, evaluaciones, diagnósticos, prescripción y realización de procedimientos kinesiológicos, tratamientos y en general toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el área de la salud y que los socios acuerden; junto con la compra, venta, distribución, producción, arrendamiento, promoción, mantenimiento, instalación y en general todas las actividades relacionadas con toda clase de equipamiento o productos médicos, ortopédicos, medicinales, material o servicios u otros productos relacionados al área de la salud. Domicilio: Santiago. Capital: El capital social será la suma de un millón de pesos que los socios aportan como sigue: don JULIO HERNÁN CAAMAÑO AGUIRRE, aporta la suma de quinientos mil pesos equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y doña CAROLINA MACARENA ÁVALOS FERNÁNDEZ aporta la suma de quinientos mil pesos equivalente al cincuenta por ciento del capital social. El aporte de los socios se suscribe y entera en dinero efectivo en este acto. Administración, representación y uso razón social corresponderá separada e indistintamente a JULIO HERNAN CAAMAÑO AGUIRRE y a CAROLINA MACARENA AVALOS FERNANDEZ. Duración: La sociedad tendrá una duración de tres años a contar del 2 de Noviembre de 2022, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subincrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso. Santiago, 2 de Noviembre de 2022 Rh.

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