Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada77.660.460-7

Inversiones Sirius Limitada

Nombre registral: Consultora Bupry Limitada

MODIFICACIÓN — 22 jul 2021

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2021-07-22Ver PDF (CVE 1980880)

Información societaria

Ltda
Avenida del Parque número cuatro mil seiscientos ochenta letra A oficina cuatrocientos siete

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

INVERSIONES MMA SpA

Socio

77.006.526-7

80%

RICARDO ESTEBAN SEGUEL PÉREZ

Socio

10%

HUGO EXEQUIEL SEGUEL PEREZ

Socio

10%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    La sociedad queda integrada por Inversiones MMA SpA con 80% del capital, Ricardo Esteban Seguel Pérez con 10% y Hugo Exequiel Seguel Pérez con 10%

    INVERSIONES MMA SpA · RICARDO ESTEBAN SEGUEL PÉREZ · HUGO EXEQUIEL SEGUEL PEREZ

Texto oficial del extracto

ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, abogado, Notario Interina de la 29ª Notaría de Santiago, de este domicilio, calle mac Iver N°225, oficina 302, rectifica extracto de fecha 05 de julio de 2021, de Modificación de Consultora Bupry Limitada, publicado en el Diario Oficial N°42.997, en cuanto a fecha de la escritura de modificación extractada, la cual es 28 de mayo de 2021 y no 28 de junio de 2021, cómo se señaló, quedando cómo sigue “Por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2021, otorgada ante don ENRIQUE MIRA GAZMURI Notario Interino de esta notaría, INVERSIONES MMA SpA, del objeto de su nombre, Rol Único Tributario 77.006.526-7 domiciliada en Avenida del Parque número cuatro mil seiscientos ochenta letra A oficina cuatrocientos siete, comuna de Huechuraba; RICARDO ESTEBAN SEGUEL PÉREZ, doctor en sistemas de información, domiciliado en la comuna de Las Condes, Avenida Manquehue Sur N°1.333, departamento 803, y HUGO EXEQUIEL SEGUEL PEREZ, contador, domiciliado en calle Las Nalcas Sur N°9.225, comuna de La Florida, modificaron la sociedad Consultora Bupry Limitada, inscrita a fs. 47.864 N° 22.806 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020, de un capital de $1.000.000, íntegramente pagado, cuyo contenido extracto. Por diversas cesiones la sociedad queda integrada por Inversiones MMA SpA, con un ochenta por ciento del capital; don Ricardo Esteban Seguel Pérez, con un diez por ciento del capital, y don Hugo Exequiel Seguel Pérez, con un diez por ciento del capital social. Los socios Seguel Pérez, continúan obligados a aportar su trabajo e industria personal a la sociedad, con lo cual recibirían, cada uno de ellos, un medio por ciento de las utilidades líquidas de la compañía, es decir, después de impuestos. – Hay otras modificaciones que no son de extracto”. Santiago, 13 de Julio de 2021.

ModificaciónDiario Oficial · 2021-03-29Ver PDF (CVE 1919477)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Administración: Administración exclusiva de una socia

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

Mónica Alejandra Undurraga Silva

Socio

50.5%

Josefina Alejandra María Troncoso Undurraga

Socio

24.75%

Sofía María Troncoso Undurraga

Socio

24.75%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

HUMBERTO ENRIQUE MIRA GAZMURI, abogado y Notario Público Interino de la Notaría N°29 de Santiago, de este domicilio, calle Mac-Iver N°225, of.302, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha dos de marzo del año 2021, ante mí, MÓNICA ALEJANDRA UNDURRAGA SILVA, doña JOSEFINA ALEJANDRA MARÍA TRONCOSO UNDURRAGA, y doña SOFÍA MARÍA TRONCOSO UNDURRAGA, todas domiciliadas para estos efectos en Santa Lucía N°270 of. 201, comuna y ciudad de Santiago, modificaron la sociedad Inversiones Pine Hurst Limitada, cuyo pacto consta fijado con fecha 27 de abril del año 2005, según aparece del Artículo Cuarto de la escritura pública otorgada en la Notaría de Antofagasta de don Vicente Castillo Fernández y rola inscrito en extracto a fs.765 N°580 en el Registro de Comercio de Antofagasta correspondiente al año 2001, de la siguiente manera: 1.- Se incorporan cómo socias en lo que respecta a los derechos que fueron don Pedro Alfredo Troncoso Martinic, ya señalado, doña Mónica Undurraga Silva, y sus dos hijas matrimoniales, doña Josefina Alejandra María y doña Sofía María, ambas Troncoso Undurraga, todas ya individualizadas, queda integrada la sociedad por doña Mónica Alejandra Undurraga Silva con un cincuenta y un medio por ciento de los derechos sociales, es decir cincuenta coma cinco por ciento, y por doña Josefina Alejandra María y por Sofía María Troncoso Martinic, cada una con un veinticuatro y tres cuartos por ciento del haber social, es decir un veinticuatro coma setenta y cinco por ciento para cada una de ellas. Estos porcentajes han sido fijados por las partes de común acuerdo, irrevocablemente. 2.- Las socias acuerdan sustituir la estipulación “PRIMERO” del pacto social por el siguiente: “PRIMERO: La razón social es INVERSIONES SIRIUS LIMITADA”.- 3.- Se modifica la estipulación “SEGUNDO” del pacto, en el sentido que la sociedad tendrá su domicilio en la Comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en el país o del exterior.- 4.- Se modifica la estipulación “CUARTO” del pacto, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña Mónica Alejandra Undurraga Silva, actuando individualmente.- 5.- Se sustituye la estipulación “QUINTO” del pacto por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, íntegramente pagado y enterado en la caja social, del cual corresponden cinco millones cincuenta mil pesos a doña Mónica Alejandra Undurraga Silva y dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil pesos a cada una de las socias Josefina Alejandra María Troncoso Undurraga y Sofía María Troncoso Undurraga”. 6.- Se sustituye la estipulación “NOVENO” del pacto por la siguiente: “NOVENO: La sociedad no se disolverá por el fallecimiento de una o más de las socias, sino que continuará con los herederos del socio fallecido, todos quienes se harán representar por un apoderado común designado por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. En caso de fallecimiento de la socia administradora, o en caso de imposibilidad física de la misma, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social pasará a las otras dos socias, actuando ambas conjuntamente. Si las socias no pudieren o no quisieren actuar conjuntamente, circunstancia que no será necesario acreditar ante terceros, la administración la ejercerá una cualquiera de ellas, actuando con don Flavio Marcelo Herrera Pizarro, o, a su fallecimiento o imposibilidad, lo que no será necesario acreditar ante terceros, con don Guillermo Andrés Herrera Pizarro.- Hay otras estipulaciones que no son de extracto.- 18 de Marzo de 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Consultora Bupry Limitada

    CVE 1980880

  2. MODIFICACIÓN

    Inversiones Pine Hurst Limitada

    CVE 1919477

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial