股份公司77.652.133-7

Inversiones L Y L SpA

MODIFICACIÓN — 2023年11月20日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2023-11-20查看 PDF(CVE 2408693)

公司信息

SpA
Monjitas 744, departamento 304
管理方式: La administración general, representación judicial y extrajudicial, y uso de la razón social corresponde exclusivamente a la socia única

资本

总资本

$9.000.000

实缴资本

$9.000.000

待缴资本

$0

股份

90

股东(1)

姓名持股比例

LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO

Accionista

100%

管理人(1)

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2019年3月28日

    Se constituye INVERSIONES L Y L SpA.

  2. 权益转让· 2023年11月14日

    VLADIMIR LENIN HERRERA GARCILAZO, LILIANA VEGA JULCA y YESI MARIVEL VEGA JULCA ceden sus acciones a LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO, quien queda como única socia.

    VLADIMIR LENIN HERRERA GARCILAZO · LILIANA VEGA JULCA · YESI MARIVEL VEGA JULCA · LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO

  3. 管理人变更· 2023年11月14日

    La socia única asume la administración general, representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social.

    LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO

摘要官方正文

Félix Jara Cadot, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos Nº 1160, subsuelo, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2023, Rep. Numero 29.322-2023, ante mí, don VLADIMIR LENIN HERRERA GARCILAZO, doña LILIANA VEGA JULCA, doña YESI MARIVEL VEGA JULCA, todos con domicilio en Monjitas 744, departamento 304, comuna de Santiago, y doña LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO, con domicilio en San Francisco 335, departamento 209, comuna de Santiago, modificaron sociedad por acciones “INVERSIONES L Y L SpA”, R.U.T. 77.652.133-7, constituida mediante escritura pública otorgada ante este notario el 28 de marzo de 2019, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 25.722, número 13.003 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019. La sociedad no ha sido modificada con anterioridad al acto extractado y su capital es de $9.000.000 dividido en 90 acciones íntegramente suscritas y pagadas. Cesión de acciones: a) VLADIMIR LENIN HERRERA GARCILAZO vendió, cedió y transfirió a LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO, quien las compró, aceptó y adquirió para si sus 30 acciones en la sociedad, por el precio de $3.834.000, que se pagan de la siguiente forma: Con la suma de $3.000.000 en dinero efectivo, que la compradora paga en este acto, declarando el vendedor recibirla a su entera conformidad, sin cargo alguno que formular, y con la suma de $834.000 que la compradora pagará en dinero efectivo el día 8 de diciembre de 2023. b) LILIANA VEGA JULCA vendió, cedió y transfirió a LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO, quien las compró, aceptó y adquirió para si sus 30 acciones en la sociedad, por el precio de $3.834.000, que se pagan de la siguiente forma: Con la suma de $3.000.000 en dinero efectivo, que la compradora paga en este acto, declarando la vendedora recibirla a su entera conformidad, sin cargo alguno que formular, y con la suma de $834.000 que la compradora pagará en dinero efectivo el día 8 de diciembre de 2023. c) YESI MARIVEL VEGA JULCA vendió cedió y transfirió a LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO, quien las compró, aceptó y adquirió para si sus 30 acciones en la sociedad, por el precio de $3.834.000, que se pagan de la siguiente forma: Con la suma de $3.000.000 en dinero efectivo, que la compradora paga en este acto, declarando la vendedora recibirla a su entera conformidad, sin cargo alguno que formular, y con la suma de $834.000 que la compradora pagará en dinero efectivo el día 8 de diciembre de 2023. A consecuencia de esta cesión abandonaron la sociedad don VLADIMIR LENIN HERRERA GARCILAZO, doña LILIANA VEGA JULCA y doña YESI MARIVEL VEGA JULCA, quedando como única socia doña LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO con 90 acciones, todo lo cual consta en el libro de registro de accionistas de la sociedad, que este notario tuvo a la vista. Modificación Estatutos: La única socia de la sociedad, doña LUZ MYRIAM VELASQUEZ BEJARANO modifica la cláusula décimo primera del pacto social primitivo, referida a la administración general, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y uso de la razón social, señalando que a partir de la escritura extractada la administración general, representación judicial y extrajudicial, y uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a ella misma, quien representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición y anteponiendo a su nombre la razón social, obligará a la sociedad en toda clase de actos, pudiendo especialmente ejecutar en nombre de la sociedad todos los actos y contratos necesarios para cumplir con los objetivos sociales con las facultades contenidas en el estatuto social primitivo y en la escritura extractada.- En todo lo no modificado rige plenamente pacto social y sus posteriores modificaciones.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de noviembre de 2023. FJC. NP.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES L Y L SpA

    CVE 2408693

公司关系

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