Transportes San Gabriel Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$200.000.000
Capital pagado
$200.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 81% | $162.000.000 |
SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO Socio | - | 19% | $38.000.000 |
Administradores (1)
Sebastian Ignacio Calderón Guerrero
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior PABLO ANDRÉS ALMENDRAS BURGOS, Abogado, Notario Público Suplente de don GABRIEL MARCELO GUERRERO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público de la Séptima Notaría de Talca, con Oficio en calle treinta Oriente, número mil quinientos veintidós, local A, de la comuna de Talca, certifico: por escritura pública de fecha 11 de julio de 2025 bajo el repertorio 2269-2025, otorgada ante mí, MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, MARÍA BELÉN LILLO GUERRERO, CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, en calidad de cedentes y JPC INVERSIONES SpA en calidad de cesionaria, y SEBASTIÁN IGNACIO CALDERÓN GUERRERO, por sí mismo y en representación de esta última, todos domiciliados en camino a Palmilla sin número, comuna y provincia de Linares, modificaron TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA (en adelante la “Sociedad”) en el siguiente sentido: (i) doña MARTA CECILIA GUERRERO GONZÁLEZ vende, cede y transfiere a JPC INVERSIONES SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de los derechos que posee doña MARTA CECILIA GUERRERO GONZÁLEZ, y que corresponden a un 24% del haber social. (ii) don MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO vende, cede y transfiere a JPC INVERSIONES SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que posee MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO y que corresponden a un 19% del haber social. (iii) doña MARÍA BELÉN LILLO GUERRERO vende, cede y transfiere a JPC INVERSIONES SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que posee MARÍA BELÉN LILLO GUERRERO y que corresponden a un 19% del haber social. (iv) Por último, doña CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO vende, cede y transfiere a JPC INVERSIONES SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que posee CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO y que corresponden a un 19% del haber social. Producto de las cesiones, MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, MARÍA BELÉN LILLO GUERRERO y CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, se retiran de la Sociedad, y JPC INVERSIONES SpA ingresa como nuevo socio. En consecuencia, se modificó la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad, de manera que corresponderá a don Sebastian Ignacio Calderón Guerrero, modificándose el artículo Cuarto del pacto social. Asimismo, se reemplaza el Artículo Quinto del pacto social de la Sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO.- Capital. El capital de la sociedad es la suma de $200.000.000, el que ha sido aportado y enterado íntegramente en la caja de la sociedad en las proporciones que se indican: (A) JPC INVERSIONES SpA titular de un 81 % del capital social equivalente a la cantidad de $162.000.000 (B) SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO titular de un 19% del capital social equivalente a la cantidad de $38.000.000. Demas acuerdos constan en escritura extractada. Sociedad inscrita a fojas 83 vuelta N° 93 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, 2001. Talca, 12 de julio de 2025.
Información societaria
Capital
Capital total
$200.000.000
Capital pagado
$200.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Marta Cecilia Guerrero González Socio | - | 24% | $47.640.000 |
Manuel Alejandro Lillo Guerrero Socio | - | 19% | $37.715.000 |
Sebastián Ignacio Calderón Guerrero Socio | - | 19% | $37.715.000 |
Socio | - | 19% | $37.715.000 |
Carolina Andrea Lillo Guerrero Socio | - | 19% | $37.715.000 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de agosto de 2001
Constitución original de TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA.
- Cesión de derechos· 22 de febrero de 2023
Manuel Alejandro Lillo Guerrero cede un 10% de sus derechos a Marta Cecilia Guerrero González.
Manuel Alejandro Lillo Guerrero · Marta Cecilia Guerrero González
- Cesión de derechos· 22 de febrero de 2023
Sebastián Ignacio Calderón Guerrero cede un 9% de sus derechos a Marta Cecilia Guerrero González.
Sebastián Ignacio Calderón Guerrero · Marta Cecilia Guerrero González
Texto oficial del extracto
LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, Notario Público Titular para las Comunas de Linares, Colbún, Yerbas Buenas y Longaví, con oficio en calle Independencia N° 566, Comuna de Linares, certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 22 de febrero de 2023, MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, empresaria; MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, prevencionista de riesgos; MARIA BELEN LILLO GUERRERO, educadora diferencial; SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO, ingeniero civil industrial y, CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, estudiante, todos domiciliados en camino a Palmilla sin número, comuna y provincia de Linares, modificaron la sociedad TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, constituida por escritura pública el 3 de agosto del 2001, ante el Notario de Talca, don Juan Bianchi A., repertorio N° 2.605, extracto inscrito a fojas 83 vuelta Nº 93, en el Registro de Comercio de Linares, año 2001, y publicado en el Diario Oficial el 16 agosto del mismo año. Manuel Alejandro Lillo Guerrero, cede y transfiere a Marta Cecilia Guerrero González, quién acepta y adquiere para sí, un 10% de los derechos que le corresponden en el haber social; el precio es de $150.000, que la cesionaria paga al cedente al contado y en este acto. A su vez, Sebastián Ignacio Calderón Guerrero cede y transfiere a Marta Cecilia Guerrero González, quién acepta y adquiere para sí, un 9% de los derechos que le corresponden en el haber social; el precio es de $135.000, que la cesionaria paga al cedente al contado y en este acto. Como consecuencia de las cesiones antes señaladas, quedan como únicos y actuales socios de TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, Marta Cecilia Guerrero Gonzalez, con una participación del 24%, en el capital social; Manuel Alejandro Lillo Guerrero, Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, María Belén Lillo Guerrero y, Carolina Andrea Lillo Guerrero, con una participación del 19%, cada uno de ellos, en el haber social; quienes modifican la sociedad TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, en lo siguiente: A) Se modifica la cláusula quinta, aumentando el capital social de $1.500.000, a la suma de $200.000.000, que los socios aportan y enteran, como sigue: 1.- Marta Cecilia Guerrero González, paga la suma $47.640.000, en dinero efectivo y en este acto; 2.- Manuel Alejandro Lillo Guerrero, paga la cantidad $37.715.000, en dinero efectivo y en este acto; 3.- Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, paga la suma de $37.715.000, en dinero efectivo y en este acto; 4.- María Belén Lillo Guerrero, paga la cantidad de $37.715.000, en dinero efectivo y en este acto; y, 5.- Carolina Andrea Lillo Guerrero, paga la suma $37.715.000, en dinero efectivo y en este acto. Los valores antes señalados son ingresados en este acto a la caja social; y, B) Se modifica la cláusula séptima, en el sentido que las ganancias y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, es decir, para Marta Cecilia Guerrero González, un 24% del capital social; y, para cada uno de los socios Manuel Alejandro Lillo Guerrero, Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, María Belén Lillo Guerrero y, Carolina Andrea Lillo Guerrero, un 19% del haber social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Linares, 22 de febrero del 2023.
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ Socio | - | 5% | - |
MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO Socio | - | 29% | - |
SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO Socio | - | 28% | - |
Socio | - | 19% | - |
CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO Socio | - | 19% | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de agosto de 2001
Constitución de TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA.
- Cesión de derechos· 13 de diciembre de 2022
Manuel Segundo Lillo Flores cede 29% de sus derechos a Manuel Alejandro Lillo Guerrero, 28% a Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, 19% a María Belén Lillo Guerrero y 19% a Carolina Andrea Lillo Guerrero.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO · SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO · MARIA BELEN LILLO GUERRERO · CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO
- Retiro de socio· 13 de diciembre de 2022
Se retira de la sociedad Manuel Segundo Lillo Flores.
- Cambio de administrador· 13 de diciembre de 2022
Se modifica la cláusula de administración, representación y uso de la razón social.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ
- Otro acto· 13 de diciembre de 2022
Se modifica la cláusula de distribución de ganancias y pérdidas conforme a los nuevos porcentajes de participación.
MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ · MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO · SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO · MARIA BELEN LILLO GUERRERO · CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO
Texto oficial del extracto
LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Linares, domiciliado en calle Independencia número 566 Linares, certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 13 de diciembre de 2022, MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, empresario; MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, empresaria; MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, empleado; MARIA BELEN LILLO GUERRERO, educadora diferencial; SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO, ingeniero civil industrial y, CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, estudiante, todos domiciliados en camino a Palmilla sin número, comuna y provincia de Linares, modificaron la sociedad TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, constituida por escritura pública el 3 de agosto de 2001, ante el Notario de Talca, don Juan Bianchi A., repertorio N° 2.605, extracto inscrito a fojas 83 vuelta Nº 93, en el Registro de Comercio de Linares, año 2001, y publicado en el Diario Oficial el 16 agosto del mismo año. Don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a don Manuel Alejandro Lillo Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 29% de los derechos que le corresponden en el haber social; el precio es de $435.000, que el cesionario paga al cedente al contado y en este acto. A su vez, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a don Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 28% de los derechos que le corresponden en el haber social; el precio es de $420.000, que el cesionario paga al cedente al contado y en este acto. Por otra parte, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a doña María Belén Lillo Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social; el precio es de $285.000, que la cesionaria paga al cedente al contado y en este acto. Asimismo, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a doña Carolina Andrea Lillo Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social; el precio es de $285.000, que la cesionaria paga al cedente al contado y en este acto. Como consecuencia de las cesiones antes señaladas, se retira de la sociedad don Manuel Segundo Lillo Flores, quedando como únicos y actuales socios de TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, doña Marta Cecilia Guerrero Gonzalez, con un 5%, en el capital social; don Manuel Alejandro Lillo Guerrero, con un 29% en el haber social; don Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, con un 28%, en el capital social; doña María Belén Lillo Guerrero, con un 19%, en el haber social y, doña Carolina Andrea Lillo Guerrero, con un 19%, en el capital social, quienes modifican la sociedad, en lo siguiente: A) Se modifica la cláusula cuarta, en cuanto a que la administración, representación y uso de la razón social, queda estructurada como sigue: Uno.- Don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, podrá actuar con todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución de sociedad, con la limitación que deberá actuar conjuntamente con la socia doña MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, cuando haga uso de las facultades que se indican en escritura de modificación; Dos.- Podrán actuar TRES CUALESQUIERA DE LOS SOCIOS, en la forma, y con cada una de las facultades consignadas en la cláusula cuarta del pacto social, sin limitación alguna; y Tres.- Podrán actuar DOS CUALESQUIERA DE LOS SOCIOS, en la forma indicada en la cláusula cuarta del contrato social, para hacer uso de las facultades que se señalan en escritura de modificación; y, B) Se modifica la cláusula séptima del pacto social, en el sentido que las ganancias y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, es decir: un 5% para doña Marta Cecilia Guerrero González; un 29% para don Manuel Alejandro Lillo Guerrero; un 28% para don Sebastián Ignacio Calderón Guerrero; un 19% para doña María Belén Lillo Guerrero; y, un 19% para doña Carolina Andrea Lillo Guerrero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Linares, 13 de diciembre del 2022.
Información societaria
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Manuel Alejandro Lillo Guerrero Socio | - | - | - |
Marta Cecilia Guerrero González Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Sebastián Ignacio Calderón Guerrero Socio | - | - | - |
Carolina Andrea Lillo Guerrero Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 29 de diciembre de 2016
Constitución original de TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA.
Manuel Segundo Lillo Flores · Manuel Alejandro Lillo Guerrero · Marta Cecilia Guerrero González · María Belén Lillo Guerrero · Sebastián Ignacio Calderón Guerrero · Carolina Andrea Lillo Guerrero
Texto oficial del extracto
LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, Notario Público Titular para las Comunas de Linares, Colbún, Yerbas Buenas y Longaví, con oficio en calle Independencia N° 566, Comuna de Linares, certifica, que por escritura pública ante mí, de fecha 10 de Marzo de 2022, Manuel Segundo Lillo Flores, empresario, Manuel Alejandro Lillo Guerrero, empleado, Marta Cecilia Guerrero González, empresaria, María Belén Lillo Guerrero, educadora diferencial, Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, ingeniero civil industrial, y, Carolina Andrea Lillo Guerrero, estudiante, todos domiciliados en camino a Palmillas, Comuna y Provincia de Linares, resciliaron escritura de modificación de sociedad TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, celebrada ante el Notario de Talca don Jaime Andrés Silva Sciberrás, con fecha 29 de diciembre del año 2016, extracto inscrito fojas 18 vta. Nº 22, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, año 2017, publicado en Diario Oficial el 07 de enero del mismo año, rigiendo en consecuencia plenamente las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Linares, 14 de Abril de 2022.
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Manuel Alejandro Lillo Guerrero Socio | - | 19% | - |
Marta Cecilia Guerrero Gonzalez Socio | - | 24% | - |
Socio | - | 19% | - |
Sebastián Ignacio Calderón Guerrero Socio | - | 19% | - |
Carolina Andrea Lillo Guerrero Socio | - | 19% | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de agosto de 2001
Se constituyó TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA.
- Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2016
Manuel Segundo Lillo Flores cede 19% de sus derechos a Manuel Alejandro Lillo Guerrero.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · Manuel Alejandro Lillo Guerrero
- Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2016
Manuel Segundo Lillo Flores cede 19% de sus derechos a Marta Cecilia Guerrero González.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · Marta Cecilia Guerrero González
- Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2016
Manuel Segundo Lillo Flores cede 19% de sus derechos a María Belén Lillo Guerrero.
- Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2016
Manuel Segundo Lillo Flores cede 19% de sus derechos a Sebastián Ignacio Calderón Guerrero.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · Sebastián Ignacio Calderón Guerrero
- Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2016
Manuel Segundo Lillo Flores cede 19% de sus derechos a Carolina Andrea Lillo Guerrero.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · Carolina Andrea Lillo Guerrero
- Retiro de socio· 29 de diciembre de 2016
Manuel Segundo Lillo Flores se retira de la sociedad.
- Cambio de administrador· 29 de diciembre de 2016
Se modifica la administración, quedando Manuel Segundo Lillo Flores con facultades de administración y representación, con limitación de actuación conjunta con Marta Cecilia Guerrero Gonzalez para ciertas actos.
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES · Marta Cecilia Guerrero Gonzalez
- Cambio de capital· 29 de diciembre de 2016
Se reemplaza la cláusula de distribución de ganancias y pérdidas entre los socios en proporción a sus aportes.
Manuel Alejandro Lillo Guerrero · Marta Cecilia Guerrero González · María Belén Lillo Guerrero · Sebastián Ignacio Calderón Guerrero · Carolina Andrea Lillo Guerrero
Texto oficial del extracto
JAIME ANDRES SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público de la 4ta Notaría de Talca, 2 Oriente Nº1140, de esta ciudad, certifica: Que por escritura pública de fecha 29 de Diciembre de 2016, ante mí, MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, empresario, MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, empleado, MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, comerciante, MARIA BELEN LILLO GUERRERO, estudiante; SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO, Ingeniero Civil Industrial; y, CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, estudiante; todos domiciliados en camino a Palmilla sin número, Provincia y departamento de Linares, modificaron sociedad TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, constituida 3 agosto 2001, ante Notario de Talca, Juan Bianchi A., extracto inscrito fs. 83 vta. Nº 93, Registro Comercio de Linares, año 2001, publicado en Diario Oficial 16 agosto mismo año. Don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a don Manuel Alejandro Lillo Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social. El precio de la cesión es $285.000, que el cesionario paga al cedente, en este acto, y al contado. A su vez, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a doña Marta Cecilia Guerrero González, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social. El precio de la cesión es $285.000, que la cesionaria paga al cedente, al contado y en este acto, declarando éste recibirlo a su entera conformidad.- Por otra parte, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a doña María Belén Lillo Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social. El precio de la cesión es $285.000, que la cesionaria paga al cedente al contado, y en este acto, declarando éste recibirlo a su entera conformidad.- A su vez, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a don Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social. El precio de la cesión es $285.000, que el cesionario paga en este acto al cedente, y al contado, declarando éste recibirlo a su entera conformidad.- Por otra parte, don Manuel Segundo Lillo Flores, cede y transfiere a doña Carolina Andrea Lillo Guerrero, quién acepta y adquiere para sí, un 19% de los derechos que le corresponden en el haber social. El precio de la cesión es $285.000, que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado, declarando éste recibirlo a su entera conformidad.- Como consecuencia de las cesiones antes señaladas, se retira de la sociedad don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, quedando como únicos y actuales socios de TRANSPORTES SAN GABRIEL LIMITADA, don Manuel Alejandro Lillo Guerrero, con un19% en el haber social; doña Marta Cecilia Guerrero Gonzalez, con un 24%, en el capital social; doña María Belén Lillo Guerrero, con un 19%, en el capital social; don Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, con un 19%, en el haber social; y, doña Carolina Andrea Lillo Guerrero, con un 19%, en el capital social; quienes a su vez, vienen en modificar la sociedad, en lo siguiente: a) Se modifica la cláusula cuarta en cuanto a que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, con todas las facultades contenidas en la cláusula cuarta de la constitución de la sociedad, con la limitación de que don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, deberá actuar conjuntamente con doña MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, cuando haga uso de las siguientes facultades; Vender; adjudicar; ceder, novar, dar en pago, permutar, dar en arrendamiento, bienes raíces, bienes muebles, vehículos motorizados, acciones, valores mobiliarios, constituir fianzas, codeudor solidario, avalar, constituir hipotecas, constituir prendas sin desplazamiento; y, b) Se reemplaza cláusula séptima del pacto social, como sigue: Las ganancias y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, es decir: un 19% para cada uno de los socios, Manuel Alejandro Lillo Guerrero; María Belén Lillo Guerrero; Sebastián Ignacio Calderón Guerrero; y, Carolina Andrea Lillo Guerrero; y, un 24% para la socia Marta Cecilia Guerrero González.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 05 de Enero del 2017.-
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