Comercial Macro Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | - |
Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart Socio | - | 40% | - |
Administrateurs (2)
Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart
Texte officiel de l’extrait
PAULINA ANDREA HERNÁNDEZ CABEZAS, abogada, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, Titular de la 18ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3.039, piso 5, Las Condes, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2024, Rep. N° 16.452/2024, ante la notario titular: doña Paz Angélica Lechuga Cofré, y doña Fabiana Paz Aguayo Lechuga, ambas domiciliadas en Francisco Bilbao 2383, comuna de Providencia, Santiago, con don Tomás Hermosilla Cornejo domiciliado en La Quincha 11.695, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y don Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart, domiciliado en Las Malvas 286, Depto B12, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “Comercial Macro Limitada”, en cuya virtud, doña Paz Angélica Lechuga Cofré, vende, cede y transfiere a don Tomás Hermosilla Cornejo, quien, compra, adquiere y acepta para sí, sus derechos sociales en la Sociedad correspondientes al 60% del total del capital e interés social y vende, cede y transfiere a don Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart sus derechos sociales en la Sociedad correspondientes al 35% del total del capital e interés social. Asimismo, doña Fabiana Paz Aguayo Lechuga, vende, cede y transfiere a don Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart, quien, compra, adquiere y acepta para sí, sus derechos sociales en la Sociedad correspondientes al 5% del total del capital e interés social. Como consecuencia se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales por: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de 3.000.000, que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: en un 60 por ciento, don Tomás Hermosilla Cornejo; y don Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart en el restante 40 por ciento. También se modifica el artículo Cuarto de los estatutos sociales, referente a su administración, de manera que esta recaerá en Tomás Hermosilla Cornejo; y don Tomás Alfonso Canala-Echevarría Richart, quienes actuando individualmente podrán ejercer las facultades que constan en la escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 29 de noviembre de 2024.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Comercial Macro Limitada
CVE 2580325
