Inversiones Roma Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La inversión, reinversión, compra, venta, cesión, adjudicación, adquisición, enajenación, a cualquier título de cualquier clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, facturas, derechos en sociedad, efectos de comercio en general y cualquier otro valor mueble; administrar, comercializar dichas inversiones, percibir sus frutos y rentas a cualquier título. La compra, venta, cesión, adquisición, adjudicación, enajenación, a cualquier título de bienes inmuebles; arrendar, administrar, comercializar dichas inversiones, percibir sus frutos y rentas; realizar corretaje de propiedades, remodelación de inmuebles y obras menores de construcción. Importar, exportar, vender, comprar, ceder, adjudicar o comercializar toda clase de productos; celebrar contratos de compraventa, arrendamiento y prestaciones de servicios; formar, administrar y participar en compañías y obtener beneficios o frutos de la inversión en productos. En general, realizar cualquier otra actividad relacionada.
Capital
Capital total
$52.002.907
Capital pagado
$52.002.907
Capital pendiente
$0
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ HERRERA Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 20% | $10.400.581 |
Socio 6.xxx.xxx-8 | 6.xxx.xxx-8 | 20% | $10.400.581 |
Socio 15.xxx.xxx-6 | 15.xxx.xxx-6 | 15% | $7.800.436 |
Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 15% | $7.800.436 |
Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 15% | $7.800.436 |
Socio 18.xxx.xxx-4 | 18.xxx.xxx-4 | 15% | $7.800.436 |
Administradores (6)
MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ HERRERA
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, Amunátegui setenta y tres, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, Certifico: Por escritura pública de 12 de Enero de 2026, ante mí, Repertorio N° 518-2026; JAIME DAVID MAKUC ALLEL, Rut 6.812.611-8; MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ HERRERA, Rut 7.695.105-5; PABLO ANTONIO MAKUC RODRÍGUEZ, Rut 15.379.686-6; JAVIERA MAKUC RODRÍGUEZ, Rut 15.783.031-7; CAMILA MAKUC RODRÍGUEZ, Rut 16.362.238-6; y FELIPE MAKUC RODRÍGUEZ, Rut 18.393.469-4, todos domiciliados para estos efectos en La Concepción N° 81, oficina 808, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INVERSIONES ROMA LIMITADA, inscrita a fojas 10.169, número 8.238 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2001, los socios acuerdan introducir modificaciones a la sociedad, por lo que acuerdan refundir estatutos sociales en el siguiente sentido: “ESTATUTOS INVERSIONES ROMA LIMITADA”. Nombre o razón social: El nombre de la sociedad es “INVERSIONES ROMA LIMITADA”, nombre de fantasía “ROMA LIMITADA” o “ROMA LTDA”.- Objeto: El objeto de la sociedad es: A) La inversión, reinversión, compra, venta, cesión, adjudicación, adquisición, enajenación, a cualquier título de cualquier clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, facturas, derechos en sociedad, efectos de comercio en general y cualquier otro valor mueble, administrar, comercializar dichas inversiones, percibir sus frutos y rentas a cualquier título. B) La compra, venta, cesión, adquisición, adjudicación, enajenación, a cualquier título de cualquier clase de bienes inmuebles, incluyendo adjudicaciones y compras en remates judiciales, liquidaciones concursales, juicios arbitrales y en cualquier otro tipo de subasta, sea esta pública o privada. Arrendar, administrar, comercializar dichas inversiones, percibir sus frutos y rentas a cualquier título; asimismo, realizar corretaje de propiedades, ya sean, inmuebles propios y/o de terceros; como también realizar remodelación de inmuebles y realizar obras menores de construcción. C) Importar, exportar, vender, comprar, ceder, adjudicar o comercializar en cualquier forma toda clase de productos, celebrar contratos de compraventa, arrendamiento, prestaciones de servicios, formar, administrar y participar en compañías y obtener beneficios o frutos de la inversión en productos. Y en general realizar cualquier otra actividad relacionada con las indicadas en las letras A, B y C precedentes. Uso de la razón social, representación y administración de la sociedad: Corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios con las más amplias facultades.- Capital: El capital social asciende a $52.002.907.-, que los socios han aportado de la siguiente forma: I) María del Carmen Rodríguez Herrera, $10.400.581.-, al contado, 20% de los derechos sociales; II) Jaime David Makuc Allel, $10.400.581.-, al contado, 20% de los derechos sociales; III) Pablo Antonio Makuc Rodríguez, $7.800.436.- al contado, 15% de los derechos sociales; IV) Javiera Makuc Rodríguez, $7.800.436.- al contado, 15% de los derechos sociales; V) Camila Makuc Rodríguez, $7.800.436.- al contado, 15% de los derechos sociales; VI) Felipe Makuc Rodríguez, $7.800.436.- al contado, 15% de los derechos sociales.- Limitación de responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Duración: La sociedad comenzó a regir con fecha 29 de marzo de 2001 y tendrá una duración de 5 años, prorrogándose automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con ciento ochenta días de antelación al vencimiento del respectivo período.- Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la Comuna de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades o en el exterior. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de Enero de 2026.-
Información societaria
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
María del Carmen Rodríguez Herrera Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
RENÉ BENAVENTE CASH, Notario Público Titular de la 45° Notaria de Santiago, Huérfanos N°979, piso 7, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de 05 de Julio de 2018, ante mí, Repertorio N° 25.121-2018, Jaime David Makuc Allel, María del Carmen Rodríguez Herrera, Pablo Antonio Makuc Rodríguez, Javiera Makuc Rodríguez, Camila Makuc Rodríguez y Felipe Makuc Rodríguez, todos domiciliados en Camino Caracoles S/N, Tierras Blancas, San Felipe, V Región, de paso en esta, modificaron sociedad "INVERSIONES ROMA LIMITADA", inscrita a fojas 10.169 N° 8.238 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2001, en el siguiente sentido: AMPLIACIÓN DE FACULTADES. Por este acto los únicos y actuales socios de la sociedad "INVERSIONES ROMA LIMITADA", acuerdan ampliar las facultades de administración de los representantes legales y administradores de la sociedad, establecidas en la cláusula octava de los estatutos sociales y sus respectivas modificaciones, concediéndoles a todos ellos la facultad de; "Autocontratar, celebrando los actos y contratos en que se tenga la representación de la sociedad y la de una o más personas que tengan intereses patrimoniales en relación a la sociedad o la de alguno de sus acreedores o deudores; Autocontratar, ya sea comprando para sí, lo que la sociedad les ha ordenado vender y viceversa o actuando simultáneamente en representación de dos o más mandantes, sean ellos personas naturales o jurídicas, ya sea que existan o no intereses antagónicos. En tal sentido los representantes legales y administradores podrán ejecutar actos ya sea con los administradores o con uno cualquiera de ellos.-". En lo no modificado continúan plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Julio de 2018.-
Información societaria
Objeto social
La prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultoría en materias legales, económicas, financieras, comerciales, tributarias, de inversión, de administración, inmobiliarias, de educación parvularia y básica, y de capacitación, pudiendo prestar todo tipo de servicios de outsourcing a terceros en las materias indicadas, como asimismo actuar de representante, administrador de carteras de inversión y, en general realizar las actividades propias de una agencia de negocios; invertir, directamente o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles con fines rentísticos, tales como acciones, bonos, cuotas de participación, letras hipotecarias, pagares u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; como asimismo explotar y administrar dichos bienes, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá formar o participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en estas últimas; y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; y, Las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados. Para el desarrollo de los objetos mencionados la sociedad podrá formar parte en otras sociedades, los socios podrán llevar a cabo cualquier otro negocio que acuerden realizar, relacionado o complementario a los ya indicados, sin otra limitación que aquellas que imponen las leyes y reglamentos vigentes.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Rodrigo Guzmán Mingo Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 60% | $600.000 |
Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 40% | $400.000 |
Administradores (1)
Rodrigo Guzmán Mingo
Texto oficial del extracto
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos con oficio en Gertrudis Echenique 30, oficina 44, Las Condes, certifica: Por escritura de fecha 14 de junio de 2018, ante mí, Rodrigo Guzmán Mingo, cédula nacional de identidad número 10.619.670-2; y doña Macarena Amenábar Riumalló, cédula nacional de identidad número 15.367.194-K, ambos domiciliados para estos efectos en cale Ibiza 5656, comuna de Vitacura, constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “INVERSIONES ROMA LIMITADA” pudiendo usar también como nombre de fantasía “ROMA LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultoría en materias legales, económicas, financieras, comerciales, tributarias, de inversión, de administración, inmobiliarias, de educación parvularia y básica, y de capacitación, pudiendo prestar todo tipo de servicios de outsourcing a terceros en las materias indicadas, como asimismo actuar de representante, administrador de carteras de inversión y, en general realizar las actividades propias de una agencia de negocios; b) invertir, directamente o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles con fines rentísticos, tales como acciones, bonos, cuotas de participación, letras hipotecarias, pagares u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; como asimismo explotar y administrar dichos bienes, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá formar o participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en estas últimas; y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; y, c) Las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados. Para el desarrollo de los objetos mencionados la sociedad podrá formar parte en otras sociedades, los socios podrán llevar a cabo cualquier otro negocio que acuerden realizar, relacionado o complementario a los ya indicados, sin otra limitación que aquellas que imponen las leyes y reglamentos vigentes. ADMINISTRACION: El uso de la razón social, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al socio Rodrigo Guzmán Mingo con las más amplias facultades. CAPITAL: El capital de la sociedad es de un millón de pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: A/ El socio Rodrigo Guzmán Mingo paga en este acto y en dinero en efectivo la suma de de $600.000 (Seiscientos mil pesos), los que ingresan a la caja social, otorgándole la sociedad la cancelación correspondiente; y B/ La socia Macarena Amenabar Riumalló paga en este acto y en dinero en efectivo la suma de de $400.000 (Cuatrocientos mil pesos), los que ingresan a la caja social, otorgándole la sociedad la cancelación correspondiente. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. DURACION: Será de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de las socios manifiesta su voluntad en contrario, mediante declaración por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, a lo menos seis meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2018.- M. V. Wielandt C. N. S.
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