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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.604.270-6

Inversiones Muveco Limitada

MODIFICACIÓN — 3 dic 2018

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-12-03Ver PDF (CVE 1506054)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: hasta el 31 de diciembre de 2060, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Jorge Humberto Muñoz Apara.

Objeto social

La adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

Capital

Capital total

$3.270.000

Capital pagado

$3.270.000

Capital pendiente

$0

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

María Loreto Zaldívar Grass, Notario Público Interino de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 6 de noviembre de 2018, ante mí, Magdalena Alicia Venezian Arrieta, Jorge Humberto Muñoz Apara, Valentina Alicia Muñoz Venezian, Magdalena Julia Muñoz Venezian, Santiago Jorge Muñoz Venezian, Josefina Margarita Muñoz Venezian y Antonia Alicia Muñoz Venezian, todos con domicilio en Santiago, calle Padre Ted Huard N° 3.730, comuna de Lo Barnechea, modificaron la sociedad denominada Asesorías e Inversiones Muveco Limitada, de la siguiente manera: Uno) Los socios acordaron modificar objeto social reemplazando el artículo segundo por el siguiente: “El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades”. Dos) A continuación se acordó modificar la razón social reemplazando el artículo primero del estatuto por el que sigue: “La sociedad se denomina “Inversiones Muveco Limitada”, pudiendo usar la sigla o nombre de fantasía “Muveco Ltda.”. Tres) Se acordó aumentar el capital social de $1.000.000 a $3.270.000. Este aumento, ascendente a la suma de $2.270.000 fue totalmente suscrito y enterado, al contado y en dinero en efectivo, de la siguiente manera: i/ doña Magdalena Alicia Venezian Arrieta, enteró la suma de $800.000; y, ii/ Los señores doña Valentina Alicia Muñoz Venezian, doña Magdalena Julia Muñoz Venezian, don Santiago Jorge Muñoz Venezian, doña Josefina Margarita Muñoz Venezian, y doña Antonia Alicia Muñoz Venezian, enteraron la suma de $294.000 cada uno de ellos. Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó el texto de la cláusula quinta por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $3.270.000, totalmente enterado en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Jorge Humberto Muñoz Apara, la suma de $900.000; b) a doña Magdalena Alicia Venezian Arrieta, la suma de $900.000; c) a doña Valentina Alicia Muñoz Venezian, la suma de $294.000; d) a doña Magdalena Julia Muñoz Venezian, la suma de $294.000; e) a don Santiago Jorge Muñoz Venezian, la suma de $294.000; f) a doña Josefina Margarita Muñoz Venezian, la suma de $294.000; y, g) a doña Antonia Alicia Muñoz Venezian, la suma de $294.000.”. Cuatro) A continuación, con el objeto de dejar constancia de las modificaciones anteriores, así como de otras modificaciones acordadas referidas a las facultades de administración, duración, arbitraje, entre otras, los actuales socios de la compañía acordaron un nuevo texto refundido de los estatutos de la sociedad, que es del siguiente tenor: La sociedad se denomina Inversiones Muveco Limitada, pudiendo usar el nombre de fantasía “Muveco Ltda.”, y tiene su domicilio en Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que pueda constituir en otros lugares del país o en el extranjero. El objeto de la sociedad es la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Jorge Humberto Muñoz Apara. Esta designación no es esencial ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $3.270.000, totalmente enterado en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Jorge Humberto Muñoz Apara, la suma de $900.000; b) a doña Magdalena Alicia Venezian Arrieta, la suma de $900.000; c) a doña Valentina Alicia Muñoz Venezian, la suma de $294.000; d) a doña Magdalena Julia Muñoz Venezian, la suma de $294.000; e) a don Santiago Jorge Muñoz Venezian, la suma de $294.000; f) a doña Josefina Margarita Muñoz Venezian, la suma de $294.000; y, g) a doña Antonia Alicia Muñoz Venezian, la suma de $294.000. La sociedad rige desde el día dos de mayo del año dos mil uno y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil sesenta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 23 de noviembre de 2018.

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Relaciones societarias

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