Inversiones Paulun Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.288.292.219
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Agrícola y Forestal Tricauco Limitada Socio | - | 94.17% | $4.038.292.219 |
Inversiones Los Mallines Limitada Socio | - | 1.46% | $62.500.000 |
Socio | - | 1.46% | $62.500.000 |
Socio | - | 1.46% | $62.500.000 |
Socio | - | 1.46% | $62.500.000 |
Representantes ante el SII (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 29 de diciembre de 2000
Se constituye la sociedad bajo la razón social Inversiones Rucacura Limitada.
- Cambio de capital· 29 de diciembre de 2022
Se acuerda un aumento de capital que luego es rectificado por el presente extracto.
- Cambio de capital· 30 de mayo de 2025
Se rectifica el aumento de capital, precisando que el aporte en especie de Agrícola y Forestal Tricauco Limitada corresponde a 1.202.000 acciones de Compañía Agrícola del Valle S.A.
Agrícola y Forestal Tricauco Limitada · NICOLÁS GAJARDO GÓMEZ
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 Providencia, certifico: Que, por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2025, repertorio N°8778-2025, ante mí, INVERSIONES PAULÚN LIMITADA, Rol Único Tributario N° 77.592.480-2, debidamente representada por don NICOLÁS GAJARDO GÓMEZ, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesgos N° 5.435, piso 5, comuna de Las Condes, sociedad constituida mediante escri tura pública de fecha 29 de diciembre del año 2000, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, bajo la razón social Inversiones Rucacura Limitada, e inscrita a fojas 2556 N° 2129 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001, (en adelante “la Sociedad”), por el presente acto, rectificó la escritura pública de modificación de estatutos de fecha 29 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Aceve do, bajo repertorio N° 26.713-2022, e inscrita a fojas 10.599 N° 5242 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023, y publicada en el Diario Oficial con fecha 02 de febrero de 2023, en virtud de la cual, los socios de INVERSIONES PAULUN LIMITADA, acordaron aumentar el capital de la sociedad, de la suma de dos mil quinientos millones de pesos a la suma de cuatro mil doscientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos, a través del aporte en dominio y a costo tributario de la totalidad de las acciones de las que era titular Sociedad Agrícola y Forestal Tricauco Limitada en la sociedad “Compañía Agrícola del Valle S.A” a la fecha de la escritura. Por un error involuntario, en la escritura enunciada, se acuerda que el aumento de capital “es totalmente suscrito y enterado por la sociedad Agrícola y Forestal Tricauco Limitada mediante el aporte a costo tributario de tres millones ochocientos sesenta mil acciones de las que es titular en la sociedad “Compañía Agrícola del Valle S.A.”, valorizadas por los socios de común acuerdo en mil setecientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos”, en circunstancias que el aporte en especie efectuado por la sociedad Agrícola y Forestal Tricauco Limitada es de un millón doscientos dos mil acciones de las que es titular en la sociedad “Compañía Agrícola del Valle S.A”, valorizadas por los socios de común acuerdo en mil setecientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos. En este sentido, el error particular consistió en señalar equívocamente como número de acciones aportadas el número total de acciones emitidas a la fecha por “Compañía Agrícola del Valle S.A”, esto es tres millones ochocientos sesenta mil acciones. Por consiguiente, se rectifica la escritura de modificación referida, la cual debió señalar en sus cláusulas TERCERO y CUARTO lo siguiente: “TERCERO: Aumento de Capital. Por el presente acto, los socios acuerdan aumentar el capital social de dos mil quinientos millones de pesos a la suma de cuatro mil doscientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos. Este aumento ascendente a la suma de mil setecientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos es totalmente suscrito y enterado en este acto por la sociedad Agrícola y Forestal Tricauco Limitada actuando debidamente representada, mediante el aporte en dominio que hace con esta misma fecha y al costo tributario de un millón doscientos dos mil acciones de las que es titular en la sociedad denominada “Compañía Agrícola del Valle S.A.”, constituida por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas con fecha once de febrero del año dos mil ocho, cuyo extracto fue inscrito a fojas diez mil noventa y uno número seis mil ochocientos cuarenta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil ocho, y publicado en el Diario Oficial de fecha cuatro de marzo de dos mil ocho. Dichas acciones son valorizadas por los socios de común acuerdo precisamente en la cantidad de mil setecientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos, esto es, en la suma aproximada de mil cuatrocientos ochenta y siete coma setenta y seis pesos por cada una de ellas. Todos los socios, así como la sociedad que por este acto se modifica, representada para estos efectos por los comparecientes, aprueban expresamente el aumento de capital de la compañía, declarando no tener oposición o excepción alguna que formular al respecto. Se deja expresa constancia que las acciones de la sociedad “Compañía Agrícola del Valle S.A.” son aportadas a su costo tributario, de conformidad con lo dispuesto en el artí culo sesenta y cuatro del Código Tributario. Asimismo, las partes acuerdan y dejan expresa constancia que en caso de que se determine que el monto del costo tributario de las acciones aportadas, a la fecha de la presente escritura, fuere distinto al monto en que se efectúan los aportes, según indica en este artículo, las partes podrán rectificar los montos de dichos aportes sujetándolos a los montos de los costos tributarios que, en definitiva, se determinen.” y “CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de cuatro mil doscientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos, que los socios han aportado en la forma siguiente: a) Agrícola y Forestal Tricauco Limitada, titular del noventa y cuatro coma diecisiete por cient o del total de los derechos sociales en la Sociedad, que representan la suma de cuatro mil treinta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos, del cual dos mil doscientos cincuenta millones pesos son íntegramente aportados en dinero efectivo y mil setecientos ochenta y ocho millones doscientos noventa y dos mil doscientos diecinueve pesos son aportados con la entrega de un millón doscientos dos mil acciones de la sociedad denominada “Compañía Agrícola del Valle S.A.”, acciones que se valorizan de acuerdo a lo dispuesto en el artículo sesenta y cuatro del Código Tributario; b) Inversiones Los Mallines Limitada, titular del uno coma cuarenta y seis por ciento del total de los derechos sociales en la Sociedad, que representan la suma de sesenta y dos millones quinientos mil pesos, íntegramente aportados en dinero efectivo; c) Inversiones Magnolia Limitada, titular del uno coma cuarenta y seis por ciento del total de los derechos sociales en la Sociedad, que representan la suma de sesenta y dos millones quinientos mil pesos, íntegramente aportados en dinero efectivo; d) Inversiones Pitreño Limitada, titular del uno coma cuarenta y seis por ciento del total de los derechos sociales en la Sociedad, que representan la suma de sesenta y dos millones quinientos mil pesos, íntegramente aportados en dinero efectivo; y e) Inversiones Robledal Limitada, titular del uno coma cuarenta y seis por ciento del total de los derechos sociales en la Sociedad, que representan la suma de sesenta y dos millones quinientos mil pesos, íntegramente aportados en dinero efectivo”. Las demás estipulaciones de la escritura de modificación social singularizada y rectificada mediante este acto, se mantienen plenamente vigentes en todo lo no expresamente mencionado. Se deja constancia de que la escritura pública de modificación de estatutos sociales otorgada con posterioridad a la escritura de aumento de capital que por este acto se rectifica —esto es, la singularizada en el número Tres) de la cláusula primera— no se ve afectada por las rectificaciones contenidas en el presente instrumento, por cuanto dicha modificación no hace referencia al número de acciones aportadas en especie, y tanto el monto del capital como las participaciones sociales acordadas en ella permanecen inalterados. En consecuencia, la nueva cláusula de capital incorporada mediante la posterior y última modificación se mantiene plenamente vigente y sin alteraciones. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 11 de mayo de 2025.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PAULUN LIMITADA
CVE 2660515
