Inversiones Deba Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces; comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; realizar actividades conexas o conducentes al objeto señalado y otros negocios relacionados con el giro; celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$45.325.729
Capital pagado
$37.799.908
Capital pendiente
$7.525.821
Socios (7)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS Socio | - | 59.2% | $26.839.353 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA Socio | - | 9.8% | $4.440.506 |
LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.809.174 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.809.174 |
JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.809.174 |
MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.809.174 |
ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.809.174 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de junio del año 2025, ante mí, doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, y doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, todos domiciliados para esos efectos en calle Los Militares 5890 oficina 501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron: I. Dividir la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA, inscrita a fojas 31894, número 25478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000, en 2 sociedades de responsabilidad limitada, conservando la sociedad dividida su razón social y objeto, creándose una sociedad que se denominará INVERSIONES SALINAS LIMITADA. II. Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, los socios acordaron disminuir el capital social de INVERSIONES DEBA LIMITADA, de la suma de $45.399.544, a la suma de $73.815, y acordaron ampliar el plazo para el pago del mismo, sustituyendo el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad por el del siguiente tenor: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $73.815, que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $43.709, equivalente aproximadamente al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $40.425, y la suma de $3.284 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; b) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $7.231, equivalente aproximadamente al 9,8% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $4.399, y la suma de $2.832 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; c) doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $449, y la suma de $4.126 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; d) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $449, y la suma de $4.126 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; e) don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; f) doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; y g) doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte.” III. Estatutos sociedad INVERSIONES SALINAS LIMITADA: Los socios acordaron otorgar estatutos de la sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Nombre: El nombre o razón social será INVERSIONES SALINAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de INVERSIONES SALINAS LIMITADA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $45.325.729, que se entera en arcas sociales con la asignación en dominio de los activos y pasivos que se efectúa en este acto con ocasión de la división y que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $26.839.353, equivalente aproximadamente al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $24.822.903, y la suma de $2.016.450 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; b) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $4.440.506, equivalente aproximadamente al 9,8% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $2.701.418, y la suma de $1.739.088, que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; c) doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $275.655, y la suma de $2.533.519 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; d) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $275.655, y la suma de $2.533.519 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; e) don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales; los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; f) doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales; los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; y g) doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales; los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, quienes la ejercerán a través de doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS y de don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA actuando uno cualquiera de ellos, individual e indistintamente, con las facultades establecidas en los estatutos. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 24 de junio del año 2025. María Soledad Lascar, Notario Público. Autorizo conforme al Art. 402 C.O.T.
Información societaria
Capital
Capital total
$45.399.544
Socios (7)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS Socio | - | 59.2% | $26.883.062 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA Socio | - | 9.8% | $4.447.737 |
LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.813.749 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.813.749 |
JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.813.749 |
MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.813.749 |
ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $2.813.749 |
Texto oficial del extracto
MARÍA SOLEDAD LASCAR, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, certifica: que por escritura pública de fecha 22 de abril del año 2024, repertorio N°18.596-2024, ante mí, doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA y doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.588.260-3, inscrita a Fojas 31894, Número 25478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000, y como únicos socios de la sociedad INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, Rol Único Tributario en trámite, inscrita a Fojas 16757, Número 7399 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, rectificaron y sanearon por vicios de fondo relacionados con el capital, los extractos originados de la escritura pública de DIVISIÓN Y MODIFICACIÓN DE INVERSIONES DEBA LIMITADA de fecha 28 de diciembre del año 2023, repertorio N°65.014-2023, otorgada en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en los siguientes sentidos: 1) Respecto al extracto de división de INVERSIONES DEBA LIMITADA, autorizado con fecha 16 de febrero del año 2024 en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, inscrito a Fojas 16524, Número 7305 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de febrero del año 2024: En el punto II. Sobre Disminución de capital y modificación de estatutos, se rectifica y sanea el monto del capital post división de INVERSIONES DEBA LIMITADA, y por consiguiente el aporte de los socios en el capital, bajo el siguiente tenor: ““II. Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, los socios acordaron ampliar el plazo para el pago del capital y disminuir el capital social de INVERSIONES DEBA LIMITADA, de $180.872.178, a la suma de $45.399.544, sustituyendo el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social asciende a la suma única de $45.399.544, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $26.883.062, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $24.863.328, y pagará la suma de $2.019.734 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $4.447.737, equivalentes al 9,8% por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $2.705.817 y pagará la suma de $1.741.920 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $276.104, y pagará la suma de $2.537.645, en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $276.104, y pagará la suma de $2.537.645, en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado.” 2) Respecto al Extracto de Constitución de INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, autorizado con fecha 16 de febrero del año 2024 en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, inscrito a Fojas 16757, Número 7399 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de febrero del año 2024: En el punto III. Estatutos sociedad INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, se rectifica y sanea el monto del capital de la sociedad que nace producto de la división, INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, bajo el siguiente tenor: “Capital: El capital social asciende a la suma única de $21.447.558, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $12.700.042, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $11.745.882, y pagará la suma de $954.160 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $2.101.191, equivalentes al 9,8% del capital y derechos sociales, los cuales ha pagado la suma de $1.278.277 y pagará la suma de $822.914 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $130.436, y pagará la suma de $1.198.829 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $130.436, y pagará la suma de $1.198.829 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2024. María Soledad Lascar, Notario Público.
Información societaria
Objeto social
Prestar asesorías y efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces; comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar actividades conexas o conducentes al objeto señalado y celebrar toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$65.702.753
Capital pagado
$49.755.866
Capital pendiente
$15.946.887
Socios (7)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS Socio | - | 59.2% | $38.905.485 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA Socio | - | 9.8% | $6.436.818 |
LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $4.072.090 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $4.072.090 |
JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $4.072.090 |
MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $4.072.090 |
ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | 6.2% | $4.072.090 |
Administradores (2)
LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA
Texto oficial del extracto
MARÍA SOLEDAD LASCAR, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, certifica: Que por escritura pública de fecha 28 de diciembre del año 2023, ante mí, LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA y ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, todos domiciliados para estos efectos en Los Militares número 5.890, oficina 501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, como actuales y únicos socios, acordaron dividir la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA, inscrita a fojas 31.894, número 25.478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000, en el siguiente sentido: I. División de sociedad: Los socios acordaron la división de la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA en 3 sociedades de responsabilidad limitada, conservando la sociedad dividida su razón social y objeto, creándose una sociedad que se denominará INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, y otra sociedad que se denominará INMOBILIARIA CASTELLO LIMITADA. II. Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, los socios acordaron ampliar el plazo para el pago del capital y disminuir el capital social de INVERSIONES DEBA LIMITADA, de $180.872.178 a la suma de $1.144.349, sustituyendo el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social asciende a la suma única de $1.144.349, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $677.619, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $626.709, y pagará la suma de $50.910 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $112.110, equivalentes al 9,8% del capital y derechos sociales, los cuales ha pagado la suma de $68.203 y pagará la suma de $43.907 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $70.924, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $6.960, y pagará la suma de $63.964 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $70.924, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $6.960, y pagará la suma de $63.964 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $70.924, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $70.924, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $70.924, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado.” III. Estatutos sociedad INVERSIONES ESPARTER LIMITADA: Los socios acordaron otorgar estatutos de la sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Nombre: El nombre o razón social será INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de INVERSIONES ESPARTER LTDA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar asesorías y efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social asciende a la suma única de $65.702.753, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $38.905.485, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $35.982.501, y pagará la suma de $2.922.984 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $6.436.818, equivalentes al 9,8% del capital y derechos sociales, los cuales ha pagado la suma de $3.915.891, y pagará la suma de $2.520.927 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.072.090, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $399.580, y pagará la suma de $3.672.510 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.072.090, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $399.580, y pagará la suma de $3.672.510 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.072.090, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.072.090, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.072.090, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, quienes la ejercerán a través de LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS y de don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA actuando uno cualquiera de ellos, separada e indistintamente, con las facultades establecidas en los estatutos. Demás cláusulas constan en escritura extractada. IV. Estatutos sociedad INMOBILIARIA CASTELLO LIMITADA: Los socios acordaron otorgar estatutos de la sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Nombre: El nombre o razón social será INMOBILIARIA CASTELLO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de INMOBILIARIA CASTELLO LTDA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de proyectos inmobiliarios y de inversión en sus formas más amplias, en especial adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, lotear, urbanizar y, en general, explotarlos a cualquier otro título, todo ello por cuenta propia o de terceros; y, en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $114.025.076, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $67.519.250, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $62.446.504, y pagará la suma de $5.072.746 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $11.170.896, equivalentes al 9,8% del capital y derechos sociales, los cuales ha pagado la suma de $6.795.906, y pagará la suma de $4.374.990 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $7.066.986, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $693.460, y pagará la suma de $6.373.526 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $7.066.986, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $693.460, y pagará la suma de $6.373.526 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $7.066.986, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $7.066.986, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $7.066.986, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, quienes la ejercerán a través de LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS y de don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA actuando uno cualquiera de ellos, separada e indistintamente, con las facultades establecidas en los estatutos. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2023. Autorizo conforme con el Art. 402 C.O.T.
Información societaria
Capital
Capital total
$180.872.178
Capital pagado
$110.000.000
Capital pendiente
$70.872.178
Socios (7)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS Socio | - | - | $107.102.354 |
HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA Socio | - | - | $17.719.824 |
LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | - | $11.210.000 |
HERNÁN JOSÉ IRARRAZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | - | $11.210.000 |
JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | - | $11.210.000 |
MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | - | $11.210.000 |
ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA Socio | - | - | $11.210.000 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2000
INVERSIONES DEBA LIMITADA se encuentra inscrita en el Registro de Comercio de Santiago, año 2000.
- Incorporación de socio· 24 de septiembre de 2020
María Irarrázaval de Urruticoechea y Ana Irarrázaval de Urruticoechea ingresan como socias a la sociedad.
MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA · ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifica: con fecha 24 de septiembre del año 2020, ante mí, doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, y doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, todos con domicilio en calle Los Militares N°5.890, oficina 501, comuna de Las Condes, de paso en ésta, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública “AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD INVERSIONES DEBA LIMITADA”; sociedad inscrita a fojas 31.894 número 25.478, Reg. Com. CBR de Santiago, año 2000, y acordaron: I. Aumento de Capital. Los actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA, acordaron aumentar el capital social de la suma de $120.502.080 a la suma de $180.872.178, mediante el aporte de capital por la suma de $60.370.098, que efectúan los socios de la siguiente forma: a) doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS aporta $2.035.714, que paga en el acto en la forma señalada en la escritura extractada; b) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA aporta $5.914.384, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado; c) doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA aporta $10.000.000, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado; d) don HERNÁN JOSÉ IRARRAZAVAL DE URRUTICOECHEA aporta $10.000.000, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado; e) don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA aporta la suma de $10.000.000, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado; f) doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA aporta $11.210.000, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado, ingresando como socia a la sociedad, ingreso aceptado expresamente por los restantes socios; y g) doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA aporta $11.210.000, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado, ingresando como socia a la sociedad, ingreso aceptado expresamente por los restantes socios. II. Modificación de estatutos. Socios acuerdan modificar los estatutos sociales en lo relativo al capital, en el sentido de señalar que el capital asciende a la suma de $180.872.178, y acuerdan asimismo ampliar plazo para enterar capital que se encuentra pendiente de pago, a 3 años desde fecha escritura extractada. El aporte de los socios queda de la siguiente manera: a) doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS con $107.102.354, de los cuales: i) ha pagado $97.020.000 con anterioridad, ii) paga $2.035.714 en el acto, y iii) pagará $8.046.640 dentro del plazo de 3 años desde fecha escritura extractada; b) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con $17.719.824, de los cuales ha pagado $10.780.000; y pagará $6.939.824 en el plazo de 3 años desde fecha escritura extractada; c) doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con $11.210.000, de los cuales ha pagado $1.100.000; y pagará $10.110.000 en el plazo de 3 años desde fecha escritura extracta; d) don HERNÁN JOSÉ IRARRAZAVAL DE URRUTICOECHEA, con $11.210.000, de los cuales ha pagado $1.100.000; y pagará $10.110.00 en el plazo de 3 años desde fecha escritura extractada; e) don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con $11.210.000, que deberá enterar en el plazo de 3 años desde fecha escritura extractada; f) doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con $11.210.000, que deberá enterar en el plazo de 3 años desde fecha escritura extractada; y g) doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con $11.210.000, que deberá enterar en el plazo de 3 años desde fecha escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Stgo., 27 de octubre de 2020. M. Medina R. Notario Público.
Actuaciones recientes
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INVERSIONES DEBA LIMITADA
CVE 2689107
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INVERSIONES DEBA LIMITADA
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INVERSIONES DEBA LIMITADA
CVE 2458233
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INVERSIONES DEBA LIMITADA
CVE 1847336
