Société par actions77.587.604-2

Cara De Pezkao SpA

CONSTITUCIÓN — 27 mai 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-05-27Voir le PDF (CVE 2135008)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: El Representante Legal o administrador: Designado en el artículo Segundo transitorio, corresponderá a CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU, con amplias facultades indicadas en el artículo sexto del estatuto, que se dan reproducidas íntegramente.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto: a)La construcción, instalación explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y alcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios y ajenos; b) La producción, elaboración, facción por terceros, envasados al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente en frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevo, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados, y todo producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimentos, incluyendo la conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquier otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquier forma, con el ramo alimenticio; y en cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; c) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto que derive de los anteriores; d) La organización de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos, o privados, de teatro, cine, televisión, circo, musicales, de video y de cintas magnetofónicas y las grabaciones y edición de éstas, la filmación de recepciones, fiestas y cumpleaños; la edición, producción, copia y distribución de películas y material de vídeo, formación de cooperativas de socios de videocintas. Comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto; importar y exportar películas, cintas y videocintas y todo lo que esté, en cualquier forma, relacionado con actuaciones de personas y/o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; e) Establecer, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, fuentes de soda y establecimientos similares; f) La fabricación, compra y venta, por mayor y al detalle, de helados de toda especie, de jugos, bebidas, refrescos, cafés y tés, cremas, tortas, yogures y toda clase de postres, pasteles y dulces, helados o no, refrescos, envasados o no; arrendamiento de frío y venta de todo lo que proceda vender con helados y productos helados; y todo lo que , de cualquier forma, esté relacionado con alimentos fríos, actuales o futuros; g) Será la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expedido de bebidas alcohólicas y alcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la prestación de espectáculos; h) Ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del objeto social; i) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores j) cualquier otra actividad comercial, industrial o de negocios y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales; k) El objeto de la sociedad será la compraventa, importación, exportación, fabricación, distribución y comercialización de equipos, alimentos, productos, bebidas, y todo tipo de producto elaborado relacionado con el giro principal de la sociedad y el giro social; l) La importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de todo tipo de licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismo, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (3)

NomParticipation

CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU

Accionista

16.xxx.xxx-k

41%

DIEGO ANDRE MAYANES CANTILLÁN

Accionista

17.xxx.xxx-2

20%

MANUEL JESÚS MALDONADO OVIEDO

Accionista

16.xxx.xxx-2

39%

Administrateurs (1)

CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU

16.xxx.xxx-kRepresentante

Représentants auprès du SII (1)

CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU

16.xxx.xxx-kRepresentante

Texte officiel de l’extrait

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49º Notaria, Amunategui 73, comuna y ciudad de Santiago Certifico por escritura pública de fecha 18 de mayo de 2022 y ante suplente de este oficio Sergio Daniel Ulloa Ojeda, comparecen: CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU, C.I. 16.087.340-k, chileno, soltero, chef de cocina, Alsino Nº4691, Quinta Normal, Región Metropolitana, DIEGO ANDRE MAYANES CANTILLÁN, C.I.17.533.104-2 Américo Vespucio Sur 22, departamento 1905, Las Condes, Región Metropolitana; MANUEL JESÚS MALDONADO OVIEDO, C.I.16.615.819- 2 calle Constantino 54, Estación Central, Región Metropolitana, quienes constituyen una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto; Nombre o Razón Social: “CARA DE PEZKAO SpA”, sin embargo, podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía “CARA DE PEZKAO SpA”.- Domicilio: Su domicilio será la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales u oficinas en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a)La construcción, instalación explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y alcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios y ajenos; b) La producción, elaboración, facción por terceros, envasados al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente en frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevo, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados, y todo producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimentos, incluyendo la conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquier otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquier forma, con el ramo alimenticio; y en cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; c) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto que derive de los anteriores; d) La organización de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos, o privados, de teatro, cine, televisión, circo, musicales, de video y de cintas magnetofónicas y las grabaciones y edición de éstas, la filmación de recepciones, fiestas y cumpleaños; la edición, producción, copia y distribución de películas y material de vídeo, formación de cooperativas de socios de videocintas. Comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto; importar y exportar películas, cintas y videocintas y todo lo que esté, en cualquier forma, relacionado con actuaciones de personas y/o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; e) Establecer, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, fuentes de soda y establecimientos similares; f) La fabricación, compra y venta, por mayor y al detalle, de helados de toda especie, de jugos, bebidas, refrescos, cafés y tés, cremas, tortas, yogures y toda clase de postres, pasteles y dulces, helados o no, refrescos, envasados o no; arrendamiento de frío y venta de todo lo que proceda vender con helados y productos helados; y todo lo que , de cualquier forma, esté relacionado con alimentos fríos, actuales o futuros; g) Será la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expedido de bebidas alcohólicas y alcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la prestación de espectáculos; h) Ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del objeto social; i) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores j) cualquier otra actividad comercial, industrial o de negocios y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales; k) El objeto de la sociedad será la compraventa, importación, exportación, fabricación, distribución y comercialización de equipos, alimentos, productos, bebidas, y todo tipo de producto elaborado relacionado con el giro principal de la sociedad y el giro social; l) La importación, exportación, construcción, arrendamiento, administración de industrias vitivinícolas; la producción, compraventa, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; el almacenamiento y envase de todo tipo de licores; todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, tenga que ver con la agricultura y la industria del vino y sus derivados, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismo, u otros que los socios acuerden. Capital: $4.000.000 dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que es pagado y suscrito por: CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU, $1.640.000, equivalentes a 410 acciones, el cual queda suscrito y pagado íntegramente en este acto, al contado en dinero efectivo los que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción; DIEGO ANDRE MAYANES CANTILLÁN $800.000, equivalentes a 200 acciones, el cual queda suscrito y pagado íntegramente en este acto, al contado en dinero efectivo los que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción; y MANUEL JESÚS MALDONADO OVIEDO $1.560.000, equivalentes a 390 acciones, el cual queda suscrito y pagado íntegramente en este acto, al contado en dinero efectivo los que la sociedad declara recibir a su entera y total satisfacción. El Representante Legal o administrador: Designado en el artículo Segundo transitorio, corresponderá a CRISTIAN ANDRÉS VARGAS ARRAU, con amplias facultades indicadas en el artículo sexto del estatuto, que se dan reproducidas íntegramente. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago 24 de mayo del año 2022.

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