Inversiones Y Asesorías El Embalse Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$8.944.970
實繳資本
$8.944.970
待繳資本
$0
股東(9)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS Socio | - | 22.1% | $1.972.485 |
BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ Socio | - | 22.1% | $1.972.485 |
ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA Socio | - | 5.6% | $500.000 |
INVERSIONES Y ASESORÍAS LAS OLAS LIMITADA Socio | - | 5.6% | $500.000 |
INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS VIÑEDOS LIMITADA Socio | - | 5.6% | $500.000 |
INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS CANALES SpA Socio | - | 5.6% | $500.000 |
INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS NOGALES LIMITADA Socio | - | 5.6% | $500.000 |
INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA Socio | - | 5.6% | $500.000 |
Socio | - | 22% | $2.000.000 |
摘要官方正文
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público titular de la 41° Notaría de Santiago, Huérfanos 1.160, subsuelo, Santiago, certifica por escritura pública de hoy, ante mí, MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS, BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ, “ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LAS OLAS LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS VIÑEDOS LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS CANALES SpA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS NOGALES LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA”, “AGRÍCOLA CAUNAHUE LIMITADA”, todos domiciliados en Av. Nueva Costanera N° 4229 oficina 309, Vitacura, Santiago, R.M.; acordaron aumentar el capital de la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS EL EMBALSE LIMITADA”, RUT N° 77.581.130-7, inscrita a fojas 7.231, N° 5.892 Reg. Comercio Sant iago del año 2001, de la cantidad de $3.944.970 a la cantidad de $8.944.970, es decir, aumentaron el capital en $5.000.000. El aumento es suscrito de la siguiente manera: Uno) “ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $500.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. Dos) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LAS OLAS LIMITADA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $500.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. Tres) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS VIÑEDOS LIMITADA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $500.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. Cuatro) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS CANALES SpA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $500.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. Cinco) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS NOGALES LIMITADA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $500.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. Seis) “INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $500.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. Siete) “AGRÍCOLA CAUNAHUE LIMITADA”, a través de su representante, suscribe y paga la cantidad de $2.000.000 en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción. En consecuencia, las sociedades; “ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LAS OLAS LIMTADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS VIÑEDOS LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS CANALES SpA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS NOGALES LIMITADA”, “INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA” y “AGRÍCOLA CAUNAHUE LIMITADA” adquieren la calidad de socias de la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS EL EMBALSE LIMITADA” y declaran conocer y aceptar sus estatutos. A fin de reflejar en los estatutos de la sociedad el aumento de capital acordado, se acuerda reemplazar el artículo cuarto de los estatutos de la compañía por el siguiente: “CUATRO: El capital de la sociedad es la suma de $8.944.970 que se aporta en las siguientes proporciones: A) Doña MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS aporta la suma de un $1.972.485, equivalente al 22,1% de la totalidad de los derechos sociales; B) Don BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ aporta la suma de un $1.972.485, equivalente al 22,1% de la totalidad de los derechos sociales; C) “ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA” aporta la suma de un $500.000, equivalente al 5,6% de la totalidad de los derechos sociales; D) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LAS OLAS LIMITADA” aporta la suma de un $500.000, equivalente al 5,6% de la totalidad de los derechos sociales; E) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS VIÑEDOS LIMITADA” aporta la suma de un $500.000, equivalente al 5,6% de la totalidad de los derechos sociales; F) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS CANALES SpA” aporta la suma de un $500.000, equivalente al 5,6% de la totalidad de los derechos sociales; G) “INVERSIONES Y ASESORÍAS LOS NOGALES LIMITADA” aporta la suma de un $500.000, equivalente al 5,6% de la totalidad de los derechos sociales; H), “INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA” aporta la suma de un $500.000, equivalente al 5,6% de la totalidad de los derechos sociales; I) “AGRÍCOLA CAUNAHUE LIMITADA” aporta la suma de un $2.000.000, equivalente al 22% de la totalidad de los derechos sociales. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de noviembre de 2017. Félix Jara Cadot. Notario Público.
公司資料
公司目的
la inversión en toda clase de valores mobiliarios, títulos de crédito, documentos representativos de obligaciones de crédito de dinero; la compra, venta y explotación en cualquier forma de bienes muebles o inmuebles; y la prestación de asesorías en materia financiera, de administración, de gestión o comercial
資本
總資本
$240.705
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS Socio | - | 50% | $120.353 |
BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ Socio | - | 50% | $120.352 |
管理人(2)
MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS
BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ
摘要官方正文
Félix Jara Cadot, Notario 41ra. Notaría Santiago, Huérfanos N° 1.160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, MARÍA GLORIA RUIZ- TAGLE ARNOLDS y BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ, ambos domiciliados Pedro Lira Urquieta Nº 11.725, Lo Barnechea, Santiago, R.M., acordaron división “INVERSIONES Y ASESORÍAS EL EMBALSE LIMITADA”, RUT N° 77.581.130-7, inscrita a fojas 7.231, N° 5.8 92 Reg. Comercio Santiago del año 2001, creando la siguiente sociedad: “INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA”, capital sociedad crease por división será $240.705, el cual debe ser descontado capital “INVERSIONES Y ASESORÍAS EL EMBALSE LIMITADA”, el que queda en $3.876.239. La sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS EL EMBALSE LIMITADA” continuará existiendo y mantendrá todos sus activos y pasivos, sola excepción los que pasan a constituir capital sociedad creada por división, cuyos estatutos son: Socios: MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS y BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ, ambos domiciliados Pedro Lira Urquieta Nº 11.725, Lo Barnechea, Santiago, R.M. Razón social: “INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NILAHUE LIMITADA”. Administración: Corresponderá separada e indistintamente a MARÍA GLORIA RUIZ-TAGLE ARNOLDS y BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ, amplias facultades. Capital: $240.705, aportado en los siguientes montos y proporciones: 1) MARÍA GLORIA RUIZ- TAGLE ARNOLDS, $120.353, equivalentes a 50% del capital social y 2) BENJAMÍN PATRICIO ALLIENDE RODRÍGUEZ, $120.352, equivalentes a 50% del capital social. Objeto: El objeto social será: a) la inversión en toda clase de valores mobiliarios, títulos de crédito, documentos representativos de obligaciones de crédito de dinero; b) la compra, venta y explotación en cualquier forma de bienes muebles o inmuebles; y c) la prestación de asesorías en materia financiera, de administración, de gestión o comercial. Duración: 5 años desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que una de las partes notifique judicialmente su intención de ponerles término con una anticipación de a lo menos 6 meses. Domicilio: Santo Domingo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 6 de noviembre de 2017. Félix Jara Cadot. Notario Público.
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