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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.568.939-0

Chowa Inversiones Limitada

MODIFICACIÓN — 22 dic 2022

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2022-12-22Ver PDF (CVE 2238530)

Información societaria

Ltda
Avenida Raul Labbé N°12.613, oficina 511

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital pagado

$30.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (6)

NombreParticipación

FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA - ECHEVARRÍA

Socio

16.6933333%

MARÍA MACARENA LEE CASTRO

Socio

16.666667%

FRANCISCO JAVIER AWAD LEE

Socio

16.66%

MARÍA TRINIDAD AWAD LEE

Socio

16.66%

MARÍA BELÉN AWAD LEE

Socio

16.66%

CAMILA ANTONIA AWAD LEE

Socio

16.66%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 17 de noviembre de 2022

    FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA - ECHEVARRÍA dona el 66,64% de sus derechos sociales a sus hijos.

    FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA - ECHEVARRÍA · FRANCISCO JAVIER AWAD LEE · MARÍA TRINIDAD AWAD LEE · MARÍA BELÉN AWAD LEE · CAMILA ANTONIA AWAD LEE

  2. Incorporación de socio· 17 de noviembre de 2022

    Ingresan como socios FRANCISCO JAVIER AWAD LEE, MARÍA TRINIDAD AWAD LEE, MARÍA BELÉN AWAD LEE y CAMILA ANTONIA AWAD LEE.

    FRANCISCO JAVIER AWAD LEE · MARÍA TRINIDAD AWAD LEE · MARÍA BELÉN AWAD LEE · CAMILA ANTONIA AWAD LEE

Texto oficial del extracto

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de noviembre del año 2022, ante mí, don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA - ECHEVARRÍA, doña MARÍA MACARENA LEE CASTRO, don FRANCISCO JAVIER AWAD LEE, doña MARÍA TRINIDAD AWAD LEE, doña MARÍA BELÉN AWAD LEE y doña CAMILA ANTONIA AWAD LEE, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Raul Labbé N°12.613, oficina 511, comuna de Lo Barnechea, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y Modificación de Estatutos CHOWA INVERSIONES LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 32.138 N°14.831 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2022, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2022, otorgada en la Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA - ECHEVARRÍA donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, y por mera liberalidad, a sus hijos, don FRANCISCO JAVIER AWAD LEE, doña MARÍA TRINIDAD AWAD LEE, doña MARÍA BELÉN AWAD LEE y doña CAMILA ANTONIA AWAD LEE, el 66,64% del total de los derechos sociales de la sociedad CHOWA INVERSIONES LIMITADA, en partes iguales. Como consecuencia de lo señalado, ingresan como socios a la sociedad, don FRANCISCO JAVIER AWAD LEE, doña MARÍA TRINIDAD AWAD LEE, doña MARÍA BELÉN AWAD LEE y doña CAMILA ANTONIA AWAD LEE, con el 16,66% del total de los derechos sociales cada uno de ellos, ingreso expresamente aceptado por los socios restantes, y disminuye su participación social don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA - ECHEVARRÍA. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de lo anterior, y con el objeto de adecuar los estatutos sociales a la nueva composición social, los actuales y únicos socios de la sociedad CHOWA INVERSIONES LIMITADA acuerdan modificar el artículo quinto, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de treinta millones de pesos, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el cual se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA – ECHEVARRÍA con la suma de cinco millones ocho mil pesos, equivalentes al dieciséis coma seis nueve tres tres tres tres por ciento del total de los derechos en que se divide el capital social; b) doña MARÍA MACARENA LEE CASTRO con la suma de cinco millones de pesos, equivalentes al dieciséis coma seis seis seis seis seis siete por ciento del total de los derechos en que se divide el capital social; c) don FRANCISCO JAVIER AWAD LEE con la suma de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al dieciséis coma seis seis por ciento del total de los derechos en que se divide el capital social; d) doña MARÍA TRINIDAD AWAD LEE con la suma de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al dieciséis coma seis seis por ciento del total de los derechos en que se divide el capital social; e) doña MARÍA BELÉN AWAD LEE con la suma de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al dieciséis coma seis seis por ciento del total de los derechos en que se divide el capital social; y f) doña CAMILA ANTONIA AWAD LEE con la suma de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al dieciséis coma seis seis por ciento del total de los derechos en que se divide el capital social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 12 de diciembre de 2022. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.

ConstituciónDiario Oficial · 2022-04-29Ver PDF (CVE 2121847)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA-ECHEVARRÍA, actuando individualmente, con facultades amplias. En caso de incapacidad o fallecimiento, corresponderá a doña MARÍA MACARENA LEE CASTRO, actuando individualmente, con las mismas facultades.

Objeto social

La explotación, compra, venta y arriendo, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces no amoblados; efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$30.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA-ECHEVARRÍA

Socio

83.333333%

MARÍA MACARENA LEE CASTRO

Socio

16.666667%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 22 de abril del año 2022, ante mí, don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA-ECHEVARRÍA y doña MARÍA MACARENA LEE CASTRO, ambos domiciliados para estos efectos en calle Raúl Labbé N°12.613, oficina 511, comuna de Lo Barnechea, de paso es esta, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “CHOWA INVERSIONES LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “CHOWA INVERSIONES LTDA.” o “CHOWA LTDA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación, compra, venta y arriendo, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces no amoblados; y b) Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 50 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: $30.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA-ECHEVARRÍA aporta la suma de $25.000.000, equivalentes aproximadamente al 83,333333% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura de constitución, debidamente reajustado; y b) doña MARÍA MACARENA LEE CASTRO aporta la suma de $5.000.000, equivalentes aproximadamente al 16,666667% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura de constitución, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA-ECHEVARRÍA, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura de constitución. Don FRANCISCO JAVIER AWAD CANALA-ECHEVARRÍA no podrá ser removido de su cargo de administrador estatutario de la sociedad. En caso de incapacidad o fallecimiento del administrador estatutario, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA MACARENA LEE CASTRO, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 26 de abril del año 2022. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Titular.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    CHOWA INVERSIONES LIMITADA

    CVE 2238530

  2. CONSTITUCIÓN

    Chowa Inversiones Limitada

    CVE 2121847

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)