Inversiones El Pilar Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$18.015.178
Capital pagado
$18.015.178
Capital pendiente
$0
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 1% | $180.152 |
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 1% | $180.152 |
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 24.5% | $4.413.719 |
Socio 22.xxx.xxx-2 | 22.xxx.xxx-2 | 24.5% | $4.413.718 |
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 24.5% | $4.413.719 |
Socio 20.xxx.xxx-0 | 20.xxx.xxx-0 | 24.5% | $4.413.718 |
Texto oficial del extracto
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Amunategui N°73, comuna de Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 13 de enero del año 2025, comparecieron: a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, cédula de identidad N°8.514.215-1, por sí y en representación de don PABLO ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N°22.031.075-2; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, cédula de identidad N°10.855.077-5; c) CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N°18.935.733-8; d) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N°18.635.605-5; y, e) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N°20.444.456-0; todos domiciliados en calle Carlos Peña Otaegui N°11.498, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.517.092-1, cuyo extracto de constitución social rola inscrito a fojas 104.166, número 48.327 correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021; capital: $18.015.178, acordaron lo siguiente: I. Cesión de derechos sociales: Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, previamente individualizada, vendió, cedió y transfirió a don PABLO ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, previamente individualizado y debidamente representado, quien compró, adquirió y aceptó para sí, el 24,5% de los derechos sociales de la cedente en la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, que corresponden al 24,5% del capital social. El precio de la venta o cesión de los derechos sociales asciende a la suma de $2.648.231. II. Cesión de derechos sociales: Doña CONSTANZA PAZ DE VITS SÁEZ, previamente individualizada, vendió, cedió y transfirió a don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, quien compró, adquirió y aceptó para sí, el 14,5% de los derechos sociales de la cedente en la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, que corresponden al 14,5% del capital social. El precio de la venta o cesión de los derechos sociales asciende a la suma de $1.567.320. En consecuencia, los actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA modificaron el artículo cuarto de los estatutos sociales, referido al capital, en el siguiente sentido: “CUARTO: El capital de la Sociedad será la suma total y única de dieciocho millones quince mil ciento setenta y ocho pesos, que los socios aportaron y pagaron en la siguiente forma y proporción: a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, aporta la suma de ciento ochenta mil ciento cincuenta y dos pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social, suma aportada con anterioridad a este acto, ya ingresada a la caja social; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, aporta la suma de ciento ochenta mil ciento cincuenta y dos pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social, suma aportada con anterioridad a este acto, ya ingresada a la caja social; c) Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, aporta la suma de cuatro millones cuatrocientos trece mil setecientos diecinueve pesos, equivalentes al veinticuatro coma cinco por ciento del capital social, suma aportada con anterioridad a este acto, ya ingresada a la caja social; d) Don PABLO ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, aporta la suma de cuatro millones cuatrocientos trece mil setecientos dieciocho pesos, equivalentes al veinticuatro coma cinco por ciento del capital social, suma aportada con anterioridad a este acto, ya ingresada a la caja social; e) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, aporta la suma de cuatro millones cuatrocientos trece mil setecientos diecinueve pesos, equivalentes al veinticuatro coma cinco por ciento del capital social, suma aportada con anterioridad a este acto, ya ingresada a la caja social; y, f) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ aporta la suma de cuatro millones cuatrocientos trece mil setecientos dieciocho pesos, equivalentes al veinticuatro coma cinco por ciento del capital social, suma aportada con anterioridad a este acto, ya ingresada a la caja social. En consecuencia, el capital se encuentra totalmente enterado”. Demás cláusulas constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes y sin modificar los estatutos de la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA. Santiago 7 de marzo del año 2025.
Texto oficial del extracto
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Suplente del Titular don Alberto Mozó Aguilar, de la 40° Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos número 332, certifico: Doña DANIELA ALEJANDRA URIBE MUÑOZ, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 17.741.446-8, con domicilio para estos efectos en calle Lo Fontecilla número 201, oficina 422, comuna de Las Condes Santiago, quien debidamente facultada, viene en sanear lo siguiente: Por escritura pública de fecha 22 de febrero del año 2023, con repertorio número 945, otorgada ante don RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público de la Cuadragésima Notaría de Santiago, Suplente del Titular don Alberto Mozó Aguilar, los socios de las sociedades INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, rol único tributario número 77.517.092-1, e INMOBILIARIA PAPUDO SpA, rol único tributario número 77.611.818-4, suscribieron escritura pública de FUSIÓN DE SOCIEDADES. El extracto de dicha escritura pública de FUSIÓN DE SOCIEDADES no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco dentro del plazo correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 426 y siguientes del Código de Comercio. Por el presente instrumento, en virtud de lo señalado precedentemente, el compareciente en la representación que inviste corrigió y saneó el vicio indicado, de conformidad lo dispone el artículo 1° y siguientes de la Ley número 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en este acto la voluntad contenida en la escritura privada de fecha 22 de febrero del año 2023, ya individualizada anteriormente, y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al no haber inscrito dentro del plazo el extracto de la modificación social indicada. Demás estipulaciones, constan en la escritura extractada. Santiago 26 de abril de 2023. RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Suplente.
Información societaria
Objeto social
del giro de su denominación
Capital
Capital total
$18.015.178
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | - | - |
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | - | - |
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | - | - |
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | - | - |
Socio 20.xxx.xxx-0 | 20.xxx.xxx-0 | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 22 de noviembre de 2021
Se constituye INVERSIONES EL PILAR LIMITADA.
- Constitución· 19 de mayo de 2022
Se constituye INMOBILIARIA PAPUDO SpA.
Texto oficial del extracto
En Santiago, República de Chile, a 22 de febrero del año 2023, ante mí, RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Suplente del Titular don Alberto Mozó Aguilar, de la 40° Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos número 332, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen, Uno) a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número 8.514.215-1; b) doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 10.855.077-5; c) doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número 18.935.733-8; d) doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número 18.635.605-5; y, e) don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número 20.444.456-0; todos domiciliados para estos efectos en calle Carlos Peña Otaegui número 11.498, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; todos actuando como únicos socios de la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.517.092-1, y; Dos) INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, representada legalmente por don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, ambos previamente individualizados, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carlos Peña Otaegui número 11.498, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; actuando como único accionista de la sociedad INMOBILIARIA PAPUDO SpA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 77.611.818-4; los comparecientes acordaron lo siguiente: I. ANTECEDENTES DE FUSIÓN DE SOCIEDADES: (1) INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.517.092-1, constituida por escritura pública de fecha 22 de noviembre del año 2021, otorgada ante el Notario Titular don Alberto Mozó Aguilar. Un extracto de la referida escritura pública fue inscrito a fojas 104.166, número 48.327, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente del año 2021; y fue publicado en el Diario Oficial, y, (2) INMOBILIARIA PAPUDO SpA, Rol Único Tributario N° 77.611.818-4, constituida por escritura pública de fecha 19 de mayo del año 2022, otorgada ante el otorgada ante el Notario Público Titular don Alberto Mozó Aguilar. Un extracto de la referida escritura pública fue inscrito a fojas 506 V, número 249, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente del año 2022; y fue publicado en el Diario Oficial. II. FUSIÓN IMPROPIA DE SOCIEDADES INMOBILIARIA PAPUDO SpA CON INVERSIONES EL PILAR LIMITADA. Mediante la presente escritura pública vienen en fusionar las referidas sociedades con efecto y vigencia a contar del día 22 de febrero del año 2023, mediante la absorción de la sociedad INMOBILIARIA PAPUDO SpA por la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, producto de los contratos de compraventa que se celebran con anterioridad a la presente escritura, INVERSIONES EL PILAR LIMITADA se hace dueña y adquiere como patrimonio, la totalidad de las acciones de INMOBILIARIA PAPUDO SpA en la suma de 295.359.789 pesos correspondientes a 59.995.489 acciones ordinarias, nominativa de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios de ninguna especie, que equivalen al 100% de las acciones sobre el capital de la sociedad. Debido a esta adquisición, INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, es la única y exclusiva dueña del capital de la sociedad INMOBILIARIA PAPUDO SpA, y en consecuencia, la totalidad de los activos y pasivos de ésta última, se incorporan al patrimonio de la sociedad adquirente. En consecuencia, INVERSIONES EL PILAR LIMITADA sucede en todos sus derechos y obligaciones a la sociedad INMOBILIARIA PAPUDO SpA, la que se disolvió sin que haya sido necesario proceder a su liquidación; todo lo cual tiene efecto y vigencia a contar de esta fecha, es decir, al 22 de febrero del 2023. Capital social INVERSIONES EL PILAR LIMITADA: $18.015.178. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 22 de febrero del 2023. RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP Notario Público Suplente.
Información societaria
Capital
Capital total
$18.015.178
Capital pagado
$18.015.178
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 1% | $180.152 |
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 1% | $180.152 |
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 63.5% | $11.440.358 |
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 24.5% | $4.413.719 |
Socio 20.xxx.xxx-0 | 20.xxx.xxx-0 | 10% | $1.800.797 |
Texto oficial del extracto
ALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: Que, por escritura pública hoy ante mí: a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, cédula de identidad N° 8.514.215-1; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, cédula de identidad N° 10.855.077-5; c) Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 18.935.733-8; d) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 18.635.605-5; y, e) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 20.444.456-0; todos domiciliados en calle Carlos Peña Otaegui N° 11.498, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Los actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA, Capital: $18.015.178, modificaron el artículo Cuarto de los estatutos sociales, referido al capital, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad será la suma total y única de dieciocho millones quince mil ciento setenta y ocho pesos, que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: a) don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, aporta la suma de ciento ochenta mil ciento cincuenta y dos pesos, equivalente al uno por ciento del capital social, suma aportada en este acto, ya ingresada a la Sociedad; b) doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, aporta la suma de ciento ochenta mil ciento cincuenta y dos pesos, equivalente al uno por ciento del capital social, suma aportada en este acto, ya ingresada a la Sociedad; c) doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, aporta la suma de once millones cuatrocientos cuarenta mil trescientos cincuenta y ocho pesos, equivalente al sesenta y tres coma cinco por ciento del capital social, suma aportada en este acto, ya ingresada a la Sociedad; d) doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, aporta la suma de cuatro millones cuatrocientos trece mil setecientos diecinueve pesos, equivalente al veinticuatro coma cinco por ciento del capital social, suma aportada en este acto, ya ingresada a la Sociedad; y, e) don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, aporta la suma de un millón ochocientos mil setecientos noventa y siete pesos, equivalente al diez por ciento del capital social, suma aportada en este acto, ya ingresada a la Sociedad.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes y sin modificar los estatutos de la sociedad INVERSIONES EL PILAR LIMITADA. Santiago, 30 de noviembre de 2021. ALBERTO MOZÓ AGUILAR. Notario Público.
Información societaria
Objeto social
a) La realización de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes inmuebles y muebles, en valores mobiliarios, en bonos, pagarés y otros títulos de créditos, emitidos por cuenta o garantía del Estado o sus instituciones, empresas y organismos autónomos del Estado, en bonos, debentures, pagarés o cualquier otro título de crédito emitido por cualquier institución pública o privada, ya sea nacional o extranjera; en general invertir en toda clase de efectos de comercio; b) La inversión, tanto en Chile como en el extranjero, en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas; en derechos de sociedades de personas, civiles comerciales, colectivas, en comanditas y de responsabilidad limitada, en general en todo tipo de sociedades; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y, c) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$18.015.178
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 1% | $180.152 |
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 1% | $180.152 |
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 63.5% | $11.440.358 |
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 24.5% | $4.413.719 |
Socio 20.xxx.xxx-0 | 20.xxx.xxx-0 | 10% | $1.800.797 |
Administradores (1)
EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER
Texto oficial del extracto
ALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: por escritura pública hoy ante mí, a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, cédula de identidad N° 8.514.215-1; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, cédula de identidad N° 10.855.077-5; c) Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 18.935.733-8; d) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 18.635.605-5; y, e) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 20.444.456-0; todos domiciliados en calle Carlos Peña Otaegui N° 11.498, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INVERSIONES EL PILAR LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, la sigla comercial o nombre fantasía “EL PILAR LTDA”. Administración: Corresponderá a don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, individualizado presentemente, quien actuando y anteponiendo su firma a la razón social, dispondrá de las más amplias facultades, descritas en los estatutos. Capital: El capital de la Sociedad será la suma total y única de $18.015.178, que los socios aportarán en la siguiente forma y proporción: a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, aportará la suma de $180.152, equivalentes al 1% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, aportará la suma de $180.152, equivalentes al 1% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; c) Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, aportará la suma de $11.440.358, equivalentes al 63,5% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; d) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, aportará la suma de $4.413.719, equivalentes al 24,5% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; e) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, aportará la suma de $1.800.797, equivalentes al 10% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran. Objeto: a) La realización de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes inmuebles y muebles, en valores mobiliarios, en bonos, pagarés y otros títulos de créditos, emitidos por cuenta o garantía del Estado o sus instituciones, empresas y organismos autónomos del Estado, en bonos, debentures, pagarés o cualquier otro título de crédito emitido por cualquier institución pública o privada, ya sea nacional o extranjera; en general invertir en toda clase de efectos de comercio; b) La inversión, tanto en Chile como en el extranjero, en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas; en derechos de sociedades de personas, civiles comerciales, colectivas, en comanditas y de responsabilidad limitada, en general en todo tipo de sociedades; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y, c) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por iguales períodos de 3 años cada uno en la forma establecida en los Estatutos. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2021. ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES EL PILAR LIMITADA
CVE 2620739
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA PAPUDO SpA
CVE 2310613
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES EL PILAR LIMITADA
CVE 2288835
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES EL PILAR LIMITADA
CVE 2069732
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES EL PILAR LIMITADA
CVE 2066821
