Inversiones Rocko Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administradores (4)
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER
PAULINA CATALINA MORALES FINDEL
MACARENA ANDREA MORALES FINDEL
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de diciembre del año 2023, ante mí, doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER y don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, ambos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins N°443, Local N°1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso en esta, celebraron “Modificación de Estatutos INVERSIONES ROCKO LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 101.449 número 46.922 del Reg. de Com. del CBR Stgo año 2021, y acordaron modificar los siguientes artículos de los estatutos sociales: el artículo cuarto, relativo a la duración; y el artículo séptimo, relativo a la administración y al uso de la razón social; reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: “CUARTO: La sociedad tendrá una duración de 80 años contados desde el día 18 de diciembre del año 2023, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 20 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 1 año de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga, debiendo además notificar por carta certificada a los demás socios.” “SÉPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER no podrá ser removida de su cargo de administrador estatutario de la sociedad. ADMINISTRADORES DE REEMPLAZO: A) En caso de incapacidad o fallecimiento de doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social se ejercerá por doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las mismas facultades indicadas precedentemente. B) En caso de incapacidad o fallecimiento de doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social se ejercerá conjuntamente por don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL y doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, hasta la fecha en que alguno de los hijos de don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL cumpla la mayoría de edad, momento en el que pasará a administrar la sociedad en conjunto con su padre, en reemplazo de doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL. Posteriormente, los demás hijos, en caso de que existan, se incorporarán a la administración a medida que cumplan la mayoría de edad. Los administradores de reemplazo señalados en la letra B) de esta cláusula, ejercerán la administración de la sociedad y el uso de la razón social, actuando todos conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, y representarán a la sociedad con las mismas facultades indicadas precedentemente. LIMITACIÓN: Los administradores de reemplazo indicados en las letras A) y B) precedentes, no podrán delegar a terceros, ni ejercer las facultades que expresamente se señalan en la escritura extractada”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 17 de enero de 2024. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
Información societaria
Objeto social
La explotación, compra, venta y arriendo, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces no amoblados; efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; realizar actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios; celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$1.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER Socio | - | 1% | $10.000 |
Socio | - | 99% | $990.000 |
Administradores (2)
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento y oficio en San Ramón, Av. Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 17 de diciembre de 2021, ante mí, doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER y don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, ambos domiciliados para estos efectos calle O’Higgins N°443, Local 1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso por ésta, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: INVERSIONES ROCKO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de INVERSIONES ROCKO LTDA. o ROCKO LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación, compra, venta y arriendo, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces no amoblados; y b) Efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 40 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: $1.000.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, con la suma de $10.000, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura de constitución de la sociedad, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios al consumidor, entre dicha fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; y b) don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, con la suma de $990.000, equivalentes al 99% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura de constitución de la sociedad, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios al consumidor, entre dicha fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto. Administración y Uso de Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER no podrá ser removida de su cargo de administradora estatutaria de la sociedad. En caso de incapacidad médica permanente o fallecimiento de la administradora estatutaria, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan escritura extractada. San Ramón, 22 de diciembre de 2021. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES ROCKO LIMITADA
CVE 2441279
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES ROCKO LIMITADA
CVE 2062822
