Laboratorio Clínico Ancud SpA
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MELISA FABIOLA SAN MARTÍN VERA
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NICOLAS IGNACIO CONSTENLA NOVOA, Notario Publico Titular y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las Comunas de Ancud y Quemchi, con oficio en calle Chacabuco N° 750, Ancud, certifica: por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2024, Repertorio N° 330-2024, ante mí, se modificó el artículo décimo segundo de los estatutos sociales de la sociedad LABORATORIO CLÍNICO ANCUD SpA, RUT N°77.490.572-3, inscrita en el Registro de Comercio de Ancud a fojas 45 Nº 27 año 2021, relativo a la administración social. Al respecto, la administración y representación de la sociedad le corresponderá exclusivamente a doña MELISA FABIOLA SAN MARTÍN VERA, quien podrá ejercerla por sí sola, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. La administradora tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, incluso con facultad de autocontratar. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Ancud, 04 de marzo de 2024.
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公司目的
La prestación de servicios en el área de exámenes clínicos de laboratorio de todo orden propios de los profesionales de la salud, la compra y comercialización de insumos, compra y/o arriendo de equipos destinados a estudios y exámenes de laboratorio, compra y/o arriendo de bienes muebles e inmuebles, dentro de ellos, el arrendamiento de oficinas y/o consultas a otros médicos o profesionales vinculados al área de la salud, como asimismo, todos aquellos actos vinculados directa o indirectamente con la prestación de servicios en la referida área; y, en general, toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines sociales, según acuerdo de sus socios. Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que la o los accionistas acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Christian José Calderón Téllez Accionista | - | 40% | $400.000 |
Accionista | - | 30% | $300.000 |
Gonzalo Artemio Oñate Castillo Accionista | - | 30% | $300.000 |
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MARTITA WÖRNER TAPIA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las Comunas de Ancud y Quemchi, con oficio en calle Chacabuco Nº 750, Ancud, certifica: por escritura pública de fecha 26 de octubre de 2021, ante el Notario Suplente don Patricio Nicolás Obando Cárdenas, CHRISTIAN JOSÉ CALDERON TÉLLEZ, domiciliado en Aníbal Pinto 308, Ancud, Región de Los Lagos, OLGA MARCELA OÑATE CASTILLO, domiciliada en Las Américas 951, Ancud, Región de Los Lagos; y GONZALO ARTEMIO OÑATE CASTILLO, domiciliado en Las Américas 951, Ancud, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: ‘‘LABORATORIO CLÍNICO ANCUD SpA’’. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: La prestación de servicios en el área de exámenes clínicos de laboratorio de todo orden propios de los profesionales de la salud, la compra y comercialización de insumos, compra y/o arriendo de equipos destinados a estudios y exámenes de laboratorio, compra y/o arriendo de bienes muebles e inmuebles, dentro de ellos, el arrendamiento de oficinas y/o consultas a otros médicos o profesionales vinculados al área de la salud, como asimismo, todos aquellos actos vinculados directa o indirectamente con la prestación de servicios en la referida área; y, en general, toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines sociales, según acuerdo de sus socios.Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que la o los accionistas acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Christian José Calderón Téllez, suscribe y paga al contado y en dinero efectivo en acto de constitución 400 acciones, equivalentes a $400.000; Olga Marcela Oñate Castillo suscribe y paga al contado y en dinero efectivo en acto de constitución 300 acciones, equivalentes a $300.000 y Gonzalo Artemio Oñate Castillo suscribe y paga al contado y en dinero efectivo en acto de constitución 300 acciones, equivalentes a $300.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Ancud, 28 de octubre de 2021.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
LABORATORIO CLÍNICO ANCUD SpA
CVE 2464587
- CONSTITUCIÓN
LABORATORIO CLÍNICO ANCUD SpA
CVE 2035378
