Asesorías E Inversiones La Reserva SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto social será: a) la prestación de servicios profesionales, en asesorías de cualquier especie, sean éstas comerciales, económicas, financieras, tributarias, jurídicas o administrativas; b) realización de inversiones en toda clases de bienes sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; así como cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 50% | - |
Socio 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 2 de noviembre de 2021
Constitución original de ASESORÍAS E INVERSIONES LA RESERVA SpA.
- Transformación· 10 de octubre de 2023
Los únicos socios modifican la sociedad y la transforman de SpA a sociedad de responsabilidad limitada denominada ASESORÍAS E INVERSIONES LA RESERVA LIMITADA.
RAMON LUIS VALDIVIESO VERGARA · MARÍA TRINIDAD ÁLVAREZ CONCHA
Texto oficial del extracto
MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, abogada, Notario Público, Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, piso cinco, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2023, Repertorio Nº15.120/2023, ante mí, RAMON LUIS VALDIVIESO VERGARA, cédula de identidad N°10.579.502-5 y MARÍA TRINIDAD ÁLVAREZ CONCHA, cédula de identidad N°15.959.171-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Palerio N°8.185, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, como únicos socios de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LA RESERVA SpA, constituida por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2021, otorgada en la Notaría de Lo Barnechea de don Claudio Andrés Salvador Cabezas, cuyo extracto se inscribió a fojas 87.984 número 40.478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021, modificaron la Sociedad y la transformaron en una sociedad de responsabilidad limitada denominada ASESORÍAS E INVERSIONES LA RESERVA LIMITADA, en conformidad la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes aplicables, de cuyo estatuto social se extracta lo siguiente: i. Razón social: ASESORÍAS E INVERSIONES LA RESERVA LIMITADA; ii. Objeto social: El objeto social será: a) la prestación de servicios profesionales, en asesorías de cualquier especie, sean éstas comerciales, económicas, financieras, tributarias, jurídicas o administrativas; b) realización de inversiones en toda clases de bienes sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; así como cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho. iii. Capital social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- pesos. El capital se encuentra suscrito y pagado totalmente, en partes iguales, por los dos socios de la sociedad de responsabilidad limitada. iv. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don RAMON LUIS VALDIVIESO VERGARA, quien anteponiendo su firma a la razón social podrá obligar y representar a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades, y, en especial, sin que sea limitativo, tendrá las siguientes facultades, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellas corresponden o no al giro social: a) Comprar, vender, permutar y en general enajenar de cualquier forma toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos y derechos; b) Constituir, aceptar, posponer, dividir, y alzar hipotecas, cualquier tipo de prendas u otras garantías; c) Dar y tomar en arrendamiento todo tipo de bienes muebles e inmuebles; d) Celebrar contratos de cuenta corriente bancaria, de depósito o de crédito con instituciones bancarias comerciales privadas o estatales, u otras instituciones de crédito o desarrollo públicas o privadas, contratar todo tipo de créditos o líneas de crédito con tales bancos, entidades o instituciones, incluyendo el Banco Central de Chile; e) Girar y sobregirar en las cuentas corrientes de la sociedad; f) Girar, cobrar, revalidar, cancelar, endosar y protestar cheques, retirar talonarios de cheques, requerir, aprobar u objetar saldos de las cuentas corrientes, dar órdenes de no pago, y autorizar cargos en ellas; g) Girar, aceptar, receptar, suscribir, endosar, descontar, cancelar, cobrar, extender y protestar letras de cambio, pagarés y toda clase de documentos bancarios y efectos de comercio; h) Otorgar fianzas y constituir a la sociedad en aval y/o codeudora solidaria; i) Renunciar acciones y derechos de cualquier tipo, cobrar y percibir todo lo que se le deba a la compañía por cualquier razón o título, dar recibos, cancelaciones y finiquitos; j) Celebrar cualquier tipo de contrato, sea nominado o innominado, estando facultado para acordar todas las cláusulas de los contratos, sean estas esenciales de la naturaleza o accidentales, y para efectuar todo tipo de modificaciones en dichos contratos y ponerles término; k) Solicitar el registro para la sociedad de propiedad industrial e intelectual, tales como, nombres, marcas comerciales, modelos industriales, patentes e invenciones, presentar oposiciones, solicitar la declaración de nulidad de solicitudes de terceras partes, y, en general, realizar todos los actos necesarios relacionados con esta materia; l) Constituir agencias u oficinas de la sociedad en cualquier lugar del país o en el extranjero, m) Concurrir a licitaciones públicas o privadas, requerir concesiones; n) Constituir nuevas sociedades o participar en sociedades ya existentes y enajenar dicha participación, representar a la sociedad con voz y voto en otras sociedades, asociaciones o cualquier otra entidad en las que pueda tener interés, modificar sus estatutos, fijar su forma de administración, requerir su disolución anticipada y liquidación, designar liquidadores, árbitros de derecho, arbitradores o mixtos; o) Ceder derechos y créditos y aceptar cesiones; p) Solicitar todo tipo de inscripciones y actuaciones en los registros públicos correspondientes y autorizar a terceros a hacerlo; q) Retirar correspondencia y telegramas, incluyendo cartas certificadas, órdenes de pago o encomiendas; r) Abrir cajas de seguridad, depositar o girar valores en custodia; s) Novar, remitir, convenir con acreedores acuerdos judiciales o extrajudiciales; t) Retirar mercaderías de aduanas, endosar documentos de embarque y llevar acabo todo tipo de actos de comercio exterior o de cambios internacionales, solicitar y firmar registros de importación y exportación, solicitudes anexas, cartas explicativas; u) Obtener certificados de depósito y boletas de garantía, endosarlos y solicitar la devolución de tales documentos, y retirar certificados de valores divisibles; v) Solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación y solicitar autorización para operar sistemas de cobertura diferida; w) Contratar y despedir trabajadores, definir funciones, fijar sus condiciones y remuneraciones; x) Representar a la sociedad ante toda clase de autoridades políticas, administrativas y municipales, organismos o instituciones de derecho público o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, incluyendo el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Servicio Nacional de Aduanas, Banco Central, Dirección General del Trabajo, organizaciones e instituciones de seguridad social y de salud, pudiendo firmar, presentar y enmendar toda clase de solicitudes, memoranda y demás documentos que sea menester acompañar, inscribir o suscribir, encontrándose especialmente facultados para efectuar timbraje de documentos y realizar todo tipo de operaciones ante el Servicio de Impuestos Internos en relación con el formulario veintinueve, incluyendo, sin limitación, facultades para rectificar las declaraciones del formulario veintinueve, de firmar dicho formulario, para ser notificados personalmente en nombre de las sociedad y corregir datos de identificación, los apoderados se entenderán autorizados para ser notificados a nombre de la sociedad mientras no haya constancia de la extinción del título de su representación mediante aviso por escrito dado por ésta a la oficina correspondiente del referido Servicio de Impuestos Internos, y en general ejecutar todos los actos y realizar todas las acciones que conduzcan al adecuado cumplimiento del objeto social; y) Representar a la sociedad en el orden judicial, con las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, y especialmente las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos o los término legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir; z) El representante está especialmente facultado para delegar todo o parte de las facultades que le han sido otorgadas, incluyendo la facultad misma de delegar. Limitaciones a la Administración: en todos los actos o contratos celebrados por la Sociedad que involucren un desembolso de dinero superior a los veinte millones de pesos, los representantes antes señalados deberán actuar de forma conjunta. v. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de octubre de 2023.-
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | - | - |
Accionista 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | - | - |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
CLAUDIO ANDRES SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1450, local 1, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, Repertorio N° 7531-2022, ante mí, don CRISTÓBAL KOCH CHACON C.I. 15.960.571-K, con domicilio en calle Roger de Flor 2736, comuna Las Condes, quien reduce a escritura pública “ACTA UNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS LA RESERVA SpA” en representación de doña MARÍA TRINIDAD ÁLVAREZ CONCHA, C.I. 15.959.171-9 y don RAMÓN LUIS VALDIVIESO VERGARA, C.I. 10.579.502-5 ambos con domicilio para estos efectos en Avenida del Valle, 714, piso -1, Huechuraba, Santiago, únicos accionistas de ASESORIA E INVERSIONES LA RESERVA SpA, inscrita a fs.87.984 Nº 40.478 año 2021 en el Registro Comercio Conservador de Bienes, en la cual modifican sociedad como sigue: Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don RAMÓN LUIS VALDIVIESO VERGARA, amplias facultades. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2022.
Información societaria
Objeto social
a) la prestación de servicios profesionales, en asesorías de cualquier especie, sean éstas comerciales, económicas, financieras, tributarias, jurídicas o administrativas; b) realización de inversiones en toda clase de bienes sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; así como cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000
Capital pendiente
$999.000
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Cristóbal Demetrio Hernán Koch Chacón Accionista 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 0.1% | $1.000 |
Administradores (1)
Cristóbal Demetrio Hernán Koch Chacón
Texto oficial del extracto
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1450, Local 1, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2021, repertorio 4874-2021, otorgada ante Ignacio Esteban Díaz Retamal, notario reemplazante de esta Notaria, comparece: CRISTÓBAL DEMETRIO HERNÁN KOCH CHACON, C.I. N° 15.960.571-k, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, domiciliado en Avenida del Valle N° 714, piso zócalo, comuna de Huechuraba, Santiago; viene en este acto en constituir la Sociedad por Acciones denominada “ASESORÍAS E INVERSIONES LA RESERVA SpA”. Domicilio: Comuna y ciudad de Santiago. Objeto: será a) la prestación de servicios profesionales, en asesorías de cualquier especie, sean éstas comerciales, económicas, financieras, tributarias, jurídicas o administrativas; b) realización de inversiones en toda clase de bienes sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; así como cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho. Administración: La sociedad será administrada por don Cristóbal Demetrio Hernán Koch Chacón, quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura y, sin perjuicio del resto de las estipulaciones que constan en escritura extractada. Capital: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de 1.000.000 (un millón) de pesos chilenos, dividido en 1.000 (mil) acciones sin valor nominal; de conformidad al artículo primero transitorio, don Cristóbal Demetrio Hernán Koch Chacón, suscribe 1 (una) acción, por un valor de 1.000 (mil) pesos chilenos que paga en este mismo acto. En consecuencia, queda por suscribir y pagar 999 (novecientos noventa y nueve) acciones. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 8 de Noviembre 2021.-
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- MODIFICACIÓN
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