El Eucalipto SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Administradores (2)
Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione
María Eliana Efira de Las Mercedes Leyton Francione
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2021, Repertorio N°28.272-2022, ante mí, la sociedad Inversiones HLF Limitada debidamente representada y en calidad de única y actual accionista de la sociedad “EL EUCALIPTO SpA”, conforme al Registro de Accionistas que he tenido a la vista, acordó modificar los estatutos de la sociedad inscrita a fojas 86.695, número 39.960 del Registro de Comercio Santiago año 2021, (en adelante la “Sociedad”). Conforme al siguiente detalle: Uno. Modificar el nombre o razón social de la Sociedad por el de “EL MONTE SpA” modificándose, en consecuencia, el Artículo Segundo Permanente de los Estatutos Sociales; y, Dos. Modificación del Administrador. Se modifica el artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales de la Sociedad, designándose como nuevos Administradores de la Sociedad a don Francisco Víctor Teodoro Leyton Francione y a doña María Eliana Efira de Las Mercedes Leyton Francione, para que, actuando individual e indistintamente, anteponiendo su nombre a la razón social, representen a la sociedad “El Monte SpA” de conformidad a las facultades otorgadas en el Artículo Décimo de los estatutos sociales.” Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Santiago, 26 de agosto del año 2022.-
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas en dólares de los Estados Unidos de América, en especial de aquellas rentas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses o de cualquier producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La Sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como en el exterior, siempre y cuando se realicen en dólares de los Estados Unidos de América, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones, y percibir todos los frutos provenientes de éstas; invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; y en general, todo otro acto, contrato o inversión que los accionistas acuerden realizar en el extranjero o en Chile, siempre y cuando se realice en dólares de los Estados Unidos de América y se obtengan rentas en la misma moneda. La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia inversiones locales en pesos chilenos ni otro tipo de actividades distintas de las señaladas en este artículo.
Capital
Capital total
$30.000.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$29.999.000.000
Acciones
300.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Eduardo Andrés Domínguez Bruzzone Accionista | - | - | - |
Antonia Sofía Dubournais Cotoras Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de octubre del año 2021, repertorio N° 29.500-2021, ante mí, Eduardo Andrés Domínguez Bruzzone y Antonia Sofía Dubournais Cotoras, quienes constituyeron sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “EL EUCALIPTO SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas en dólares de los Estados Unidos de América, en especial de aquellas rentas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses o de cualquier producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La Sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como en el exterior, siempre y cuando se realicen en dólares de los Estados Unidos de América, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones, y percibir todos los frutos provenientes de éstas; invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; y en general, todo otro acto, contrato o inversión que los accionistas acuerden realizar en el extranjero o en Chile, siempre y cuando se realice en dólares de los Estados Unidos de América y se obtengan rentas en la misma moneda. La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia inversiones locales en pesos chilenos ni otro tipo de actividades distintas de las señaladas en este artículo. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $30.000.000.000., dividido en 300.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios. El capital se encuentra íntegramente suscrito, y se paga la cantidad de $1.000.000.-. La diferencia se pagará de conformidad a los plazos establecidos en el artículo primero transitorio de los Estatutos Sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 3 de noviembre de 2021.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
EL EUCALIPTO SpA
CVE 2181021
- CONSTITUCIÓN
EL EUCALIPTO SpA
CVE 2037177
