Société par actions77.474.799-0

Asesorías Jurídicas M&c SpA

MODIFICACIÓN — 15 juin 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-06-15Voir le PDF (CVE 2330540)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años
Administration: Corresponderá a don MAURICIO ENRIQUE ZAPATA FLORES, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades.

Objet social

La prestación de servicios y asesorías profesionales jurídicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

MAURICIO ENRIQUE ZAPATA FLORES

Socio

55%

CAROLINA BETSABÉ ROJAS FLORES

Socio

45%

Administrateurs (1)

Représentants auprès du SII (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Transformation· 30 mai 2023

    ASESORÍAS JURÍDICAS M&C SpA se transforma en sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS JURÍDICAS M&C LIMITADA.

    MAURICIO ENRIQUE ZAPATA FLORES · CAROLINA BETSABÉ ROJAS FLORES

Texte officiel de l’extrait

SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 8006, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 30 de mayo de 2023, Repertorio N°17.927-2023, ante mí, don MAURICIO ENRIQUE ZAPATA FLORES, domiciliado para estos efectos en calle Missouri 3814, comuna de Macul, de paso en ésta, Región Metropolitana y doña CAROLINA BETSABÉ ROJAS FLORES, domiciliada para estos efectos en calle Moisés Junis 3178 casa C, comuna de Macul, de paso en ésta, Región Metropolitana, acordaron transformar ASESORÍAS JURÍDICAS M&C SpA, inscrita a fojas 82.473 número 38.013 Reg. Com. CBR Stgo. año 2021, en sociedad de responsabilidad limitada “ASESORÍAS JURÍDICAS M&C LIMITADA”, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: El nombre o razón social será ASESORÍAS JURÍDICAS M&C LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “M&C LTDA.”. Domicilio: el domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales jurídicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $1.000.000, que los socios enteran y aportan de la siguiente forma: a) don MAURICIO ENRIQUE ZAPATA FLORES aporta la suma de $550.000.-, equivalentes al 55% del capital social, suma que se pagó y enteró íntegramente a las arcas sociales con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, b) doña CAROLINA BETSABÉ ROJAS FLORES aporta la suma de $450.000.-, equivalentes al 45% del capital social, suma que se pagó y enteró íntegramente a las arcas sociales con anterioridad a la fecha de la escritura extractada. Administración y Uso de Razón Social: corresponderá a don MAURICIO ENRIQUE ZAPATA FLORES, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en escritura extractada. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Cisterna, 12 de junio de 2023. S. Arenas B. Notario Público.

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    CVE 2330540

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