Sociedad de Responsabilidad Limitada77.468.520-0

Compucentro Comunicaciones Limitada

MODIFICACIÓN — 22 jun 2018

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-06-22Ver PDF (CVE 1418317)

Información societaria

Ltda
avenida San Martín número 240 A
Duración: tres años, prorrogada tácita y sucesivamente por periodos de tres años, salvo si los socios manifiestan voluntad en contrario

Objeto social

La compra, venta, reparación, arriendo, exportación, importación y distribución de artículos, repuestos e insumos de computación, telecomunicación, telefonía y electrónica; la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas; tomar la representación de productos, marcas registradas, derechos, privilegios, patentes de invención, el uso de licencias permitidas, procedimientos o métodos industriales, de otros negocios comerciales u otras compañías o industrias, modelos de utilidad, software, programas de computación y marcas de fábrica; estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería e informática, como contratista o subcontratista; arriendo de máquinas y de equipos industriales u otros, todo tipo de vehículos; transporte de carga terrestre de todo tipo de cosas lícitas; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean nacionales o extranjeros; realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales complementarias o anexas al giro principal, y cualquier otra actividad que acuerden los socios

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2000

    La sociedad fue constituida e inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua.

  2. Otro acto· 1 de enero de 2000

    Se inscribió una posterior modificación de la sociedad en el Registro de Comercio de Rancagua.

Texto oficial del extracto

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular Tercera Notaria Rancagua, Campos 377, certifico; Por escritura pública fecha 15 de Junio de 2018, otorgada ante mí suplente Eugenia Gomez Hermosilla, , don PATRICIO ENRIQUE FUENZALIDA ODE, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número 6.906.817-0 y don OSCAR SERGIO ROJAS PEREIRA, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número 6.330.926-5, ambos domiciliado en avenida San Martín número 240 A, comuna de Rancagua, modificaron la sociedad COMPUCENTRO COMUNICACIONES LIMITADA, empresa rol único tributario número 77.468.520-0.- Cuyo extracto de constitución y su posterior modificación, encuentran inscritos a fojas 282, número 311 y fojas 340 , número 378, respectivamente, ambas del registro de comercio del conservador de bienes raíces de Rancagua del año 2000.- Los comparecientes declaran que modifican la sociedad COMPUCENTRO COMUNICACIONES LIMITADA en el siguiente sentido: CAMBIO DE OBJETO: Los socios acuerdan modificar el objeto social por el siguiente: a) La compra, venta, reparación, arriendo, exportación, importación y distribución de artículos, repuestos e insumos de computación, telecomunicación, telefonía y electrónica.- b) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas; c) Tomar la representación de productos, marcas registradas, derechos, privilegios, patentes de invención, el uso de licencias que le sean permitidas, procedimientos o métodos industriales, de otros negocios comerciales u otras compañías o industrias, modelos de utilidad, software, programas de computación y marcas de fábrica; d) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería e informática, como contratista o subcontratista; e) El arriendo de máquinas y de equipos industriales u otros, todo tipo de vehículos. f) El transporte de carga terrestre de todo tipo de cosas lícitas y conforme las disposiciones legales vigentes; g) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; h) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; i) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y j) cualquier otra actividad que acuerden los socios, sin que la enumeración anterior taxativa.- MODIFICACIÓN: Los socios acuerdan modificar la cláusula SEXTA del estatuto de constitución actual que indica “SEXTO: La sociedad empezará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de tres años, a la que se entenderá prorrogada tácita y sucesivamente por periodos de tres años, si los socios manifiestan voluntad en contrario.”, por la siguiente “SEXTO: La sociedad empezará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de tres años, a la que se entenderá prorrogada tácita y sucesivamente por periodos de tres años, salvo si los socios manifiestan voluntad en contrario. La muerte de uno de los socios no terminará la sociedad, continuando con los socios sobrevivientes. Dentro de los noventa días siguientes de ocurrido el fallecimiento de alguno de los socios, los sucesores de éste a cualquier título, deberán designar un apoderado común que los represente en la Sociedad. La designación sólo le será oponible a la Sociedad, cuando sea hecha por escritura pública y le sea notificada mediante Notario Público. En los casos indicados, todas las facultades de administración y representación social del socio fallecido, se radicarán en forma automática en sus sucesores. Demás estipulaciones en la escritura extractada Rancagua,, 15 de junio de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    COMPUCENTRO COMUNICACIONES LIMITADA

    CVE 1418317

Relaciones societarias

COMPUCENTRO COMUNICACIONES LIMITADA

Sin relaciones societarias vinculadas por ahora