Iurisparque SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y cualquier otro negocio que acordaren los socios
Capital
Capital total
$4.500.000
Capital pagado
$4.500.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | 34% | $1.500.000 |
Accionista 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | 33% | $1.500.000 |
Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos Accionista 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 33% | $1.500.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2021
La sociedad queda inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua en 2021.
Miguel Hugo Chacón Zeballos · Pablo César Piña Pérez · Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos
Texto oficial del extracto
JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Titular 2º Notaría Rancagua, Bueras 359 Of. 102, Certifico: que por escritura pública de fecha 19-12-2023, repertorio N°4724-2023, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de IURISPARQUE SpA, rut 77.447.457-9, celebrada con fecha 13-12-2023, a la que comparecen los únicos y actuales accionistas de la sociedad señores Miguel Hugo Chacón Zeballos, C.I. Nº 9.873.842-8 Pablo César Piña Pérez C.I. Nº 13.781.829-9 y Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos C.I. Nº 10.646.597-5 todos domiciliados en calle Astorga número 409 D, comuna y ciudad de Rancagua quienes acordaron transformar la sociedad por acciones "IURISPARQUE SpA" en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón Social: "IURISPARQUE LIMITADA". Objeto: la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración y uso Razón Social: Miguel Hugo Chacón Zeballos con las más amplias facultades y sin limitación. Duración: cinco años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de cinco cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, tres meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. Domicilio: Rancagua, sin perjucio de las sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar. El capital social es la cantidad de $4.500.000-, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) Miguel Chacón Zeballos, la cantidad de $1.500.000, equivalentes a un 34% del interés social; b) Pablo Piña Pérez la cantidad de $1.500.000 equivalentes a un 33% del interés social; y Pedro Bobadilla Lobos la cantidad de $1.500.000 equivalentes a un 33% del interés social. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Sociedad inscrita a fojas 606, número 374, Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 19 de diciembre de 2023.
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
30
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 33.34% | $1.000.000 |
Accionista | - | 33.33% | $1.000.000 |
PEDRO DAGOBERTO BOBADILLA LOBOS Accionista | - | 33.33% | $1.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular Cuarta Notaría de Rancagua, Avenida La Compañía N°066 Graneros, certifica: Por escritura pública hoy ante mi, don MIGUEL HUGO CHACÓN ZEBALLOS, don PABLO CÉSAR PIÑA PÉREZ, y don PEDRO DAGOBERTO BOBADILLA LOBOS, todos abogados y domiciliados en la comuna de Rancagua, vienen en constituir una Sociedad por Acciones. Nombre. - El nombre de la sociedad será “IURISPARQUE SpA.”; El domicilio de la sociedad es la ciudad y comuna de Rancagua sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero; Objeto Social. – El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.; Duración. - La sociedad tendrá una duración indefinida; Capital: El capital de la será la cantidad de tres millones de pesos dividido y representado en treinta acciones nominativas, todas de una misma y única serie sin valor nominal; De la administración: Gerente General: La sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser accionista o no y esencialmente revocable, por la junta de accionistas; Poderes de Administración y Representación: Conforme al articulado el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición; De las Juntas de Accionistas: La sociedad a través de sus accionistas se reunirá en juntas ordinarias y extraordinarias. Las juntas ordinarias se celebrarán una vez al año, dentro del cuatrimestre siguiente a la fecha del balance general de la sociedad; Balance y Utilidades: Al treinta y uno de diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la Sociedad; Disolución y Liquidación: La Sociedad se disolverá por acuerdo de Junta de Accionistas, y por las demás causales establecidas por la ley; Artículos transitorios.- Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a tres millones de pesos, dividido y representado en treinta acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas de la forma siguiente, El capital social asciende a la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos) y se encuentra dividido en 30 (treinta) acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El accionista don Miguel Hugo Chacón Zeballos, suscribe y paga en este acto 10 (diez) acciones lo que equivale al 33,34% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista don Pablo César Piña Pérez, suscribe y paga en este acto 10 (diez) acciones, lo que equivale al 33,33% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista don Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos, suscribe y paga en este acto 10 (diez) acciones, lo que equivale al 33,33% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. Artículo Cuarto Transitorio: don Miguel Hugo Chacón Zeballos, asume como Gerente General de la Sociedad, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo Undécimo de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición. Demás estipulaciones escritura extractada. Graneros, 13 de Julio de 2021.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
IURISPARQUE SpA
CVE 2430163
- CONSTITUCIÓN
IURISPARQUE SpA
CVE 1987778
