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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.442.030-4

Forestal Andes Limitada

MODIFICACIÓN — 28 jul 2025

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-07-28Ver PDF (CVE 2678007)

Información societaria

Ltda
Patricio Lynch N° 942

Capital

Capital total

$848.423.864

Capital pagado

$848.423.864

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

Bernardo Víctor Acuña Aroca

Socio

98.5%

Soraya Jacqueline Muñoz Rubilar

Socio

0.82%

Alejandra Soraya Acuña Muñoz

Socio

0.34%

Soledad Andrea Acuña Muñoz

Socio

0.34%

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2025, ante mí, repertorio N° 15758-2025, don Bernardo Víctor Acuña Aroca, doña Soraya Jacqueline Muñoz Rubilar, doña Alejandra Soraya Acuña Muñoz, y doña Soledad Andrea Acuña Muñoz, todos domiciliados para estos efectos en Patricio Lynch N° 942, comuna de Pitrufquén, en su calidad de únicos y actuales socios de Forestal Andes Limitada, en adelante también la “Sociedad”, inscrita a fojas 191 F número 173 del Registro de Comercio de Temuco del año 2000, unánimemente acordaron: 1) Dividir la Sociedad, subsistiendo, por una parte, Forestal Andes Limitada, como continuadora legal, y constituyéndose una nueva sociedad, bajo la razón social de “Agrícola y Forestal Freire Limitada”, cuyos estatutos se extractan de forma separada. La división se efectuó en base al balance de la Sociedad preparado al 30 de mayo de 2025, distribuyéndose el actual patrimonio entre la continuadora y la nueva sociedad según los activos y pasivos asignados a cada una de ellas; 2) A consecuencia de la división, disminuir el capital de la Sociedad en el valor asignado por dicho concepto a la nueva sociedad, esto es, en la cantidad de $93.075.894, por lo que el nuevo capital de la Sociedad se disminuye desde la cantidad de $941.499.758 a la cantidad de $848.423.864. Por lo tanto, se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales de la Sociedad, el que se reemplazó por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad es la cantidad de 848.423.864 que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: (a) Bernardo Víctor Acuña Aroca, aportó la cantidad de $835.694.125, equivalente a un 98,50% del capital social, pagada íntegramente con anterioridad a este acto; (b) Soraya Jacqueline Muñoz Rubilar, aportó la cantidad de $6.962.437, equivalente a un 0,82% del capital social, pagada íntegramente con anterioridad a este acto; (c) Alejandra Soraya Acuña Muñoz, aportó la cantidad de $2.883.651, equivalente a un 0,34% del capital social, pagada íntegramente con anterioridad a este acto; y (d) Soledad Andrea Acuña Muñoz, aportó la cantidad de $2.883.651, equivalente a un 0,34% del capital social, pagada íntegramente con anterioridad a este acto”. En todo lo no modificado por la escritura extractada se mantuvieron vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 24 de julio de 2025.

ModificaciónDiario Oficial · 2016-10-15Ver PDF (CVE 1124194)

Información societaria

Ltda
calle Patricio Lynch número novecientos cuarenta y dos
Administración: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá al socio Bernardo Víctor Acuña Aroca, quien actuando solo obligará y representará a la sociedad con amplias facultades.

Capital

Capital total

$941.499.758

Capital pagado

$941.499.758

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR

Socio

0.82%

BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA

Socio

98.5%

ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ

Socio

0.34%

SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ

Socio

0.34%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 18 de febrero de 2000

    Constitución de Forestal Andes Limitada.

  2. Otro acto· 28 de septiembre de 2000

    Complementación de la escritura de constitución.

  3. Otro acto· 13 de diciembre de 2010

    Modificación societaria previa.

  4. Cesión de derechos· 22 de septiembre de 2016

    Bernardo Víctor Acuña Aroca retira utilidades de Inmobiliaria Frankfurt Limitada para reinvertirlas en la sociedad.

    BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 05 de Octubre de 2016, otorgada ante mí, doña SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR; don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA; doña ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ; y doña SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ; todos con domicilio en calle Patricio Lynch número novecientos cuarenta y dos, de la comuna de Pitrufquén, modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “FORESTAL ANDES LIMITADA”, constituida con fecha dieciocho de febrero del año dos mil, complementada mediante escritura pública de fecha veintiocho de septiembre de dos mil, ambas ante el Notario de Temuco don Claudio González Rosas, cuyo extracto social se inscribió a fojas ciento noventa y uno número ciento setenta y tres del Registro de Comercio del año dos mil que lleva el Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco y se publicó en la edición número treinta y seis mil seiscientos treinta y cinco, del Diario Oficial de fecha ocho de abril de dos mil.- Modificada por escritura pública de fecha trece de diciembre del año dos mil diez, otorgada por el notario público de Temuco Jorge Tadres Hales, cuyo extracto se inscribió a fojas mil seiscientos veintisiete número mil quinientos sesenta del Registro de Comercio del año dos mil diez, del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco y se publicó en el Diario Oficial edición número treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos, de fecha seis de enero de dos mil once.- PRESENTES MODIFICACIONES: En acto escritura, los socios BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA; SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR; ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ; y SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, acuerdan modificar el pacto social, aumentando el capital social a la suma de NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS, aumento que se introduce mediante el aporte que realiza el socio BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, de la cantidad de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES DE PESOS, que aporta en acto escritura y que entera en dinero efectivo, suma que es recibida a entera satisfacción por la sociedad. Esta suma proviene de un retiro de utilidades, de la sociedad Inmobiliaria Frankfurt Limitada, efectuada por él con fecha veintidós de septiembre de dos mil dieciséis, y constituye una reinversión para los efectos del penúltimo inciso del artículo catorce párrafo A, número primero, letra c), de la Ley de la Renta, según da cuenta el Certificado número uno emitido en Temuco, por la empresa Inmobiliaria Frankfurt Limitada, de fecha cinco de octubre de dos mil dieciséis.- De esta forma, SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ y SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, quedan como únicos y exclusivos socios, cuyas participaciones sociales quedan distribuidas siguiente forma: A) SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, con el cero coma ochenta y dos por ciento de los derechos en el haber social; B) BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, con el noventa y ocho coma cinco por ciento de los derechos en el haber social; C) ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ, con el cero coma treinta y cuatro por ciento de los derechos en el haber social; y D) SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, con el cero coma treinta y cuatro por ciento de los derechos en el haber social.- En acto escritura y por el presente instrumento, los socios SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, doña ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ y SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, modifican de la sociedad referida en la cláusula primera, letra “a)”, modificada según da cuenta la letra “b)” del presente instrumento, en las condiciones siguientes: i) Se modifica la cláusula cuarta, la que en definitiva será la siguiente: “CUARTA: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá al socio don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, quien, actuando solo y anteponiendo la razón social a su firma personal, obligará y representará a la sociedad con las más amplias facultades; facultades en escritura extractada; y ii) Se modifica la cláusula quinta, la que en definitiva será la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, la cantidad de novecientos veintisiete millones trescientos setenta y tres mil quinientos once pesos, equivalentes a un noventa y ocho coma cinco por ciento del interés social; b) SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, la cantidad de siete millones setecientos veintiséis mil doscientos cuarenta y siete pesos, equivalentes a un cero coma ochenta y dos por ciento del interés social; c) ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ, la cantidad de tres millones doscientos mil pesos, equivalentes a cero coma treinta y cuatro por ciento del interés social; y d) SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, la cantidad de tres millones doscientos mil pesos, equivalentes a cero coma treinta y cuatro por ciento del interés social. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado”.- Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo.- Temuco, 12 de Octubre de 2016.

ModificaciónDiario Oficial · 2016-09-28Ver PDF (CVE 1117214)

Información societaria

Ltda
Administración: El socio BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA administra, representa y usa la razón social y el nombre de fantasía, actuando solo con amplias facultades.

Capital

Capital total

$941.499.758

Capital pagado

$941.499.758

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR

Socio

0.82%

BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA

Socio

98.5%

ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ

Socio

0.34%

SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ

Socio

0.34%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 18 de febrero de 2000

    Constitución original de FORESTAL ANDES LIMITADA.

  2. Otro acto· 28 de septiembre de 2000

    Complementación de la constitución mediante escritura pública.

  3. Otro acto· 13 de diciembre de 2010

    Modificación previa del pacto social.

  4. Otro acto· 5 de septiembre de 2016

    Retiro de utilidades de Inmobiliaria Frankfurt Limitada utilizado como reinversión por BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA.

    BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de Septiembre de 2016, otorgada ante mí, doña SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR; don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA; doña ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ; y doña SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ; todos con domicilio en calle Patricio Lynch número novecientos cuarenta y dos, de la comuna de Pitrufquén, modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “FORESTAL ANDES LIMITADA”, constituida con fecha dieciocho de febrero del año dos mil, complementada mediante escritura pública de fecha veintiocho de septiembre de dos mil, ambas ante el Notario de Temuco don Claudio González Rosas, cuyo extracto social se inscribió a fojas ciento noventa y uno número ciento setenta y tres del Registro de Comercio del año dos mil que lleva el Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco y se publicó en la edición número treinta y seis mil seiscientos treinta y cinco, del Diario Oficial de fecha ocho de abril de dos mil.- Modificada por escritura pública de fecha trece de diciembre del año dos mil diez, otorgada por el notario público de Temuco Jorge Tadres Hales, cuyo extracto se inscribió a fojas mil seiscientos veintisiete número mil quinientos sesenta del Registro de Comercio del año dos mil diez, del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco y se publicó en el Diario Oficial edición número treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos, de fecha seis de enero de dos mil once.- PRESENTES MODIFICACIONES: En acto escritura los socios BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA; SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR; ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ; y SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, acuerdan modificar el pacto social, aumentando el capital social a la suma de NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS, aumento que se introduce mediante el aporte que realiza el socio don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, de la cantidad de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES DE PESOS, que aporta en acto escritura y que entera en dinero efectivo, suma que es recibida a entera satisfacción por la sociedad. Esta suma proviene de un retiro de utilidades, de la sociedad Inmobiliaria Frankfurt Limitada, efectuada por él con fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis, y constituye una reinversión para los efectos del penúltimo inciso del artículo catorce párrafo A, número primero, letra c), de la Ley de la Renta, según da cuenta el Certificado número uno emitido en Temuco, por la empresa Inmobiliaria Frankfurt Limitada, de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciséis.- De esta forma, doña SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, doña ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ y doña SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, quedan como únicos y exclusivos socios, cuyas participaciones sociales quedan distribuidas de la siguiente forma: A) SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, con el cero coma ochenta y dos por ciento de los derechos en el haber social; B) BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, con el noventa y ocho coma cinco por ciento de los derechos en el haber social; C) ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ, con el cero coma treinta y cuatro por ciento de los derechos en el haber social; y D) SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, con el cero coma treinta y cuatro por ciento de los derechos en el haber social.- En acto escritura los socios, doña SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, doña ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ y doña SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, modifican: i) Se modifica la cláusula cuarta, la que en definitiva será la siguiente: “CUARTA: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá al socio don BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, quien, actuando solo y anteponiendo la razón social a su firma personal, obligará y representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos relativos al objeto o giro ordinario de la sociedad, facultades en escritura extractada”; y ii) Se modifica la cláusula quinta, la que en definitiva será la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) BERNARDO VÍCTOR ACUÑA AROCA, la cantidad de novecientos veintisiete millones trescientos setenta y tres mil quinientos once pesos, equivalentes a un noventa y ocho coma cinco por ciento del interés social; b) SORAYA JACQUELINE MUÑOZ RUBILAR, la cantidad de siete millones setecientos veintiséis mil doscientos cuarenta y siete pesos, equivalentes a un cero coma ochenta y dos por ciento del interés social; c) ALEJANDRA SORAYA ACUÑA MUÑOZ, la cantidad de tres millones doscientos mil pesos, equivalentes a cero coma treinta y cuatro por ciento del interés social; y d) SOLEDAD ANDREA ACUÑA MUÑOZ, la cantidad de tres millones doscientos mil pesos, equivalentes a cero coma treinta y cuatro por ciento del interés social. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado”. Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo.- Temuco, 26 de Septiembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Forestal Andes Limitada

    CVE 2678007

  2. MODIFICACIÓN

    FORESTAL ANDES LIMITADA

    CVE 1124194

  3. MODIFICACIÓN

    FORESTAL ANDES LIMITADA

    CVE 1117214

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)