Aseos Industriales Recart Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
compañía del giro de su denominación
Capital
Capital total
$25.000.000
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
LIDIA CRISTINA ANDRADES LAVANCHY Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
JUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de 12 diciembre 2016, ante mí, doña MICHELLE MONIQUE RECART DAMES, domiciliada en Lomas de Hualpén sin número, de la comuna de Hualpén,; Don MANUEL ALBERTO RECART MATUS, mismo domicilio; Don JORGE AUGUSTO RECART MATUS, domiciliado en Pasaje Las Quintas número quinientos setenta y cuatro, comuna de Chiguayante; Don JEAN PAUL RECART MATUS, con domicilio en calle Nahuelbuta trescientos treinta, edificio Altolemu, departamento quinientos tres, Lonco Parque, comuna de Chiguayante y doña LIDIA CRISTINA ANDRADES LAVANCHY, de su mismo domicilio, quienes manifestaron su voluntad de modificar la sociedad ASEOS INDUSTRIALES RECART LIMITADA ó ASIR LTDA, compañía del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones cuatrocientos treinta y tres mil quinientos setenta guión seis, capital social de $25.000.000; La modificación consiste en el cambio de la clausula Cuarta, ampliando las facultades de los administradores quienes, además actuar con todas y cada una de las facultades y prerrogativas indicadas en dicha clausula, podrán ejercer la opción para acogerse al “Régimen de renta atribuida” ó régimen de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, régimen de renta efectiva según contabilidad completa, con imputación total del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales, o al “Régimen de imputación parcial del crédito” ó régimen de la letra B) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, régimen de renta efectiva según contabilidad completa, con imputación parcial del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales; Como asimismo, cambiar de régimen cumpliendo los requisitos legales. Para lo anterior, podrá tramitar, gestionar, suscribir las declaraciones y documentos que sean necesarios para el ejercicio de la opción ante el Servicio de Impuestos Internos, como también delegar en todo o parte la facultad, manteniendo vigor en lo demás todas las clausulas del pacto social y sus modificaciones. Concepción, 15 de diciembre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ASEOS INDUSTRIALES RECART LIMITADA
CVE 1151708
