Sociedad Agrícola Orellana Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MANUEL FERNANDO ORELLANA POBLETE Socio 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | 55% | $58.500.000 |
JESSICA DEL CARMEN ORELLANA TRONCOSO Socio 12.xxx.xxx-6 | 12.xxx.xxx-6 | 15% | $58.500.000 |
ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 15% | $58.500.000 |
KATHERINE ANDREA ORELLANA TRONCOSO Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | 15% | $58.500.000 |
Administrateurs (2)
MANUEL FERNANDO ORELLANA POBLETE
ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO
Texte officiel de l’extrait
Maria Patricia Donoso Gomien, Notario Titular 27° Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico que por escritura de fecha 08 de Junio del 2022, ante mí, don MANUEL FERNANDO ORELLANA POBLETE, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número cinco millones noventa y dos mil setecientos sesenta y tres guion seis, con domicilio en calle Centenario número trescientos cincuenta y dos, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, doña JESSICA DEL CARMEN ORELLANA TRONCOSO, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos setenta y un mil quinientos noventa y uno guion seis, domiciliada en calle Lincomavida quinientos setenta y tres, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, doña ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO, chilena, casada, contador auditor, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos once mil trescientos sesenta y seis guion siete, domiciliada en Avenida Alto Jahuel número ciento noventa y seis, comuna de Maipú, ciudad de Santiago Región Metropolitana, y doña KATHERINE ANDREA ORELLANA TRONCOSO, chilena, soltera, Educadora de Párvulo, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos seis mil ciento veintitrés guion nueve, domiciliada en calle Centenario número trescientos cincuenta y dos, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana modifican sociedad de responsabilidad denominada SOCIEDAD AGRÍCOLA ORELLANA LIMITADA, Rol Único Tributario setenta y siete millones cuatrocientos veintiún mil doscientos setenta guion uno. La sociedad está inscrita en el registro de comercio del año dos mil del conservador de bienes raíces de Santiago a fojas ocho mil setecientos ochenta, número seis mil novecientos noventa y ocho. Modifican la sociedad siguiente sentido: 1.) don MANUEL FERNANDO ORELLANA POBLETE, cede y transfiere a doña JESSICA DEL CARMEN ORELLANA TRONCOSO, a doña ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO y a doña KATHERINE ANDREA ORELLANA TRONCOSO, el veintiuno coma cuatro tres por cientos de sus derechos sociales, que equivale al quince por ciento del total de los derechos sociales. Cede y transfiere por partes iguales a las cesionarias quienes aceptan y adquieren para si. Don MANUEL ORELLANA FERNANDO POBLETE queda con un cincuenta y cinco por cientos de los derechos sociales y doña JESSICA DEL CARMEN ORELLANA TRONCOSO, doña ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO y doña KATHERINE ANDREA ORELLANA TRONCOSO con un quince por ciento cada una. El precio de esta cesión es la suma de cincuenta y ocho millones quinientos mil pesos obligándose doña JESSICA DEL CARMEN ORELLANA TRONCOSO, doña ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO y doña KATHERINE ANDREA ORELLANA TRONCOSO pagar el precio por partes iguales en cuotas mensuales iguales y sucesivas de quinientos mil pesos. En consecuencia, quedarán como únicos socios de la sociedad don MANUEL FERNANDO ORELLANA POBLETE, doña JESSICA DEL CARMEN ORELLANA TRONCOSO, doña ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO y doña KATHERINE ANDREA ORELLANA TRONCOSO. 2.) La sociedad será administrada individual e indistintamente por uno cualesquiera de los siguientes comparecientes: don MANUEL FERNANDO ORELLANA POBLETE y doña ELIZABETH ALEJANDRA ORELLANA TRONCOSO, de manera tal que la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a uno cualesquiera de las dos personas señaladas quienes obligarán a la sociedad anteponiendo su firma a la razón social. 3.) En todo lo que no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago. 19 de Julio del 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola Orellana Limitada
CVE 2162835
