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JUAN PABLO VALDIVIA DE LA SOTTA
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Ministerio del Interior MONICA FIGUEROA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura N° 6.844, nivel -1, Vitacura, certifica: que por escritura del 29 de abril del 2026, repertorio 1066/2026, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “ALIMENTOS SANT AMBROGIO SpA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos catorce mil doscientos ochenta y uno guion nueve, cuya inscripción rola a fojas cincuenta mil trescientos setenta y tres número veintitrés mil doscientos setenta y cuatro del Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del Conservador de Comercio de Santiago. Dicha Junta Extraordinaria de Accionistas se celebró con fecha 29 de abril de 2026 en las oficinas ubicadas en avenida Vitacura número seis mil ochocientos cuarenta y cuatro, comuna de Vitacura, y se acordó modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: SEXTO: La administración y representación legal de la sociedad será ejercida conjuntamente por dos cualesquiera de las siguientes personas: JUAN PABLO VALDIVIA DE LA SOTTA, cédula de identidad N°13.883.272-4 y NICOLÁS PALACIOS PORTALES, cédula de identidad N° 17.961.696-3 y don EUGENIO PALACIOS PORTALES, cédula de identidad N° 10.032.553-5, quienes representarán a la Sociedad en la forma señalada con las más amplias facultades, salvo en casos determinados que deberán actuar conjuntamente los tres representantes. Demás estipulaciones en escritura extractada.". CERTIFICO: PRIMERO: Que asistí a la Junta Extraordinaria de Accionistas “ALIMENTOS SANT AMBROGIO SpA”, de que da cuenta el acta que antecede, la cual se celebró en las dependencias de la Notaría a mi cargo, desde las trece horas hasta las trece treinta horas de hoy, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. SEGUNDO: Que a ella asistieron los accionistas que en el acta se individualizan y que representan el cien por ciento de las acciones suscritas y emitidas en que se divide el capital social.- TERCERO: Que los acuerdos adoptados en la misma corresponden a aquellos indicados en el Acta que antecede. CUARTO: Que el Acta precedente es expresión fiel de lo ocurrido y acordado en la Junta. Santiago veintinueve de abril del año dos mil veintiséis.” Hay firma y timbre de doña Mónica Lorena Figueroa Carvajal, Notaria Pública de la Primera Notaria de Vitacura. Santiago, 06 de mayo 2026.
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ALIMENTOS SANT AMBROGIO SpA
CVE 2808147
