Restblu SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$89.181.200
Acciones
445.906
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $44.590.600 |
Accionista | - | 50% | $44.590.600 |
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 8 de junio de 2024
La junta extraordinaria de accionistas acuerda disminuir el capital social de la sociedad.
Texto oficial del extracto
BENJAMIN ANDRES CASTILLO MONTALVO, Notario Público, Suplente del Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en Calle Alcántara Nº107, Comuna de Las Condes, certifica: Que con fecha 12 de junio del año 2024, ante mí, se redujo a escritura pública, acta de junta general extraordinaria de accionista de la sociedad "RESTBLU SpA", celebrada con fecha 08 de junio del año 2024, en la que se acordó lo siguiente: “DISMINUCIÓN DE CAPITAL: Los accionistas acuerdan por unanimidad una disminución del capital social desde $195.076.304.- dividido en 445.906 acciones a la suma de $89.181.200.-, dividido en 445.906 acciones. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIEDAD. A fin de adecuar los estatutos sociales a los acuerdos adoptados por la Junta, por unanimidad, acuerda aprobar la modificación de los artículos pertinentes en el sentido que se expresa y da lectura: UNO.- Se modifica el Artículo QUINTO de los Estatutos Sociales en el sentido que se disminuye el capital social desde la suma de $195.076.304.- dividido en 445.906 acciones a la suma de $89.181.200.-, dividido en 445.906 acciones, quedando el texto modificado al siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de $89.181.200.-, dividido en 445.906 acciones pagadas e ingresadas al arca social, que los socios aportaron conforme al artículo Segundo Transitorio de los Estatutos, de la forma señalada más abajo en el punto TRES de esta misma letra D). Se reemplaza el Artículo Segundo Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital, esto es 445.906 acciones, son de dominio de los accionistas de la siguiente manera: A) UBIX TECNOLOGÍA LIMITADA es dueña de 222.953 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de CL cuarenta y cuatro millones quinientos noventa mil seiscientos pesos del capital social, que pagó en dinero efectivo y al contado, los que ya han sido ingresado a la caja social. B) INVERSIONES AMALFI SpA es dueña de 222.953 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de CL cuarenta y cuatro millones quinientos noventa mil seiscientos pesos del capital social, que pagó en dinero efectivo y al contado, los que ya han sido ingresados a la caja social”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. En lo no modificado por este acuerdo rigen plenamente los estatutos primitivos. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 26 de junio de 2024.
Información societaria
Texto oficial del extracto
BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectifica extracto de saneamiento de Modificación de Sociedad, “RESTBLU SpA”, anotado al margen de la inscripción a fojas 57.155 N° 24.830, año 2023, del Registro de Comercio de Santiago, en el sentido de indicar que el RUT correcto de “RESTBLU SpA” es el N° 77.409.360-5 y no el que se señaló erróneamente en el extracto que se rectifica por este acto. Santiago, 11 de julio del 2023.
Información societaria
Texto oficial del extracto
BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectifica extracto de saneamiento de Modificación de Sociedad, “RESTBLU SpA”, anotado al margen de la inscripción a fojas 57.155 N° 24.830, del Registro de Comercio de Santiago, en el sentido de indicar que el RUT correcto de “RESTBLU SpA” es el N° 77.409.360-5 y no el que se señaló erróneamente en el extracto que se rectifica por este acto. Santiago, 10 de julio del 2023.
Información societaria
Texto oficial del extracto
BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectifica extracto de saneamiento de Modificación de Sociedad, “RESTBLU SpA”, anotado al margen de la inscripción a fojas 57.155 N° 24.830, del Registro de Comercio de Santiago, en el sentido de indicar que el RUT correcto de “RESTBLU SpA” es el N° 77.409.360-5 y no el que se señaló erróneamente en el extracto que se rectifica por este acto. Santiago, 05 de julio del 2023.
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Representación legal (2)
Raimundo Alfonso Rojas Castillo
Raimundo Alfonso Rojas Castillo
Historia societaria relatada
- Otro acto· 4 de junio de 2021
Se otorga escritura de modificación de sociedad por acciones bajo la razón social Restblu SpA.
Raimundo Alfonso Rojas Castillo
Texto oficial del extracto
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 04 de Octubre de 2021, Repertorio N° 15.813,-2021, ante mí, don Raimundo Alfonso Rojas Castillo, Rut 12.166.973-0; Inversiones Amalfi Limitada, Rut 76.189.318-1; y Ubix Tecnología SpA, Rut 76.358.638-3; sanean escritura de modificación de sociedad por acciones bajo razón social “Restblu SpA”, la que se otorgó por escritura pública firmada en esta Notaria con fecha 04 de Junio de 2021, inscrita fojas 53.416 número 24.711 del Registro de Comercio de Santiago año 2021, en el siguiente sentido: "Por la presente los comparecientes representantes de la totalidad de los accionistas, viene en sanear la escritura de modificación de sociedad de fecha 04 de Junio de 2021, otorgada en la Notaria de doña Maria Patricia Donoso Gomien, conforme lo establece la ley 19.499 y el inciso segundo del artículo 428 del Código de Comercio, en el sentido de corregir la publicación tardía de dicha modificación.- Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 04 DE OCTUBRE DE 2021.-
Información societaria
Texto oficial del extracto
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 31 de Agosto de 2021, Repertorio N° 14.248-2021, ante mí, don don Raimundo Alfonso Rojas Castillo, Rut 12.166.973-0; de Inversiones Amalfi Limitada, Rut 76.189.318-1; y Ubix Tecnología SpA, Rut 76.358.638-3; sanean modificación de sociedad por acciones bajo razón social “Restblu SpA”, inscrita fojas 53.416 número 24.711 del Registro de Comercio de Santiago año 2021, en el siguiente sentido: "Por la presente el compareciente debidamente mandatado por la totalidad de los accionistas, viene en sanear la escritura de modificación de sociedad conforme lo establece la ley 19.499 y el inciso segundo del artículo 428 del Código de Comercio, en el sentido de corregir la publicación tardía de dicha modificación..- Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 31 DE AGOSTO DE 2021.
Información societaria
Objeto social
consultoría
Texto oficial del extracto
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de la 27ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de Junio de 2021, Repertorio N° 9355-2021, ante mí: Don RAIMUNDO ALFONSO ROJAS CASTILLO, empresario, domiciliado en Avenida Irarrázaval cinco mil doscientos veinticinco, oficina dos, comuna de Ñuñoa; INVERSIONES AMALFI LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en Avenida Diagonal Paraguay número cuatrocientos ochenta y uno, oficina treinta y tres, comuna de Santiago; y UBIX TECNOLOGIA SpA sociedad de giro consultoría, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos cincuenta y ocho mil seiscientos treinta y ocho guión tres, domiciliada en calle La Concepción número ciento cuarenta y uno, oficina setecientos siete, comuna de Providencia modificaron sociedad por acciones “ADMINISTRADORA DE RESORT SpA" en el siguiente sentido: Uno) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Los Socios comparecientes acuerdan por unanimidad reemplazar el nombre de la sociedad “ADMINISTRADORA DE RESORT SpA”, por el nombre de “RESTBLU SpA”, conservando en todo, la personalidad jurídica de la primera sociedad, a la que se le modifica por este acto el nombre. Dos) ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por el gerente general, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, incluyendo las facultades que señala el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por expresamente reproducidas, por lo que gozará de todas las facultades de representación, administración y disposición que la ley y estos estatutos no eestablezcan como privativas de los accionistas o de las Juntas Generales de Accionistas, sin limitación de ninguna especie. El gerente general podrá ser o no accionista y su designación y remoción corresponderá hacerla a la Junta de Accionistas para lo cual se requerirá del cincuenta y uno por ciento de las acciones con derecho a voto. El acuerdo del nombramiento del gerente general será reducido a escritura pública y en él se expresarán las facultades de administración y representación que especialmente se le otorgarán para el ejercicio de su cargo. Sin embargo, no será necesaria la celebración de la junta antedicha si la totalidad de los accionistas suscriben una escritura pública o un instrumento privado protocolizado o dentro de las normas transitorias de estos estatutos en que conste tal designación y las facultades que al efecto se le otorgan al gerente general, entre las cuales podrán contemplarse aquellas para las cuales se requiere acuerdo de la junta de accionistas, como por ejemplo, la enajenación de bienes que componen el activo fijo, constitución de gravámenes y garantías reales o personales para caucionar obligaciones de terceros, etcétera. El gerente general podrá conferir mandatos y delegar parte de sus facultades en gerentes de área, subgerentes o abogados de la sociedad, y para objetos especialmente determinados, en otras personas. El gerente general deberá rendir cuenta de su gestión y del estado de los negocios sociales cuando así sea requerido por accionistas que representen a lo menos un tercio de las acciones con derecho a voto, evento en el cual habrá de celebrarse la respectiva junta de accionistas dentro de los quince días siguientes contados desde que el gerente hubiere sido requerido, correspondiéndole a éste efectuar la citación, que se hará enviando a los accionista la comunicación respectiva, vía correo electrónico con a lo menos tres días de anticipación, todo lo cual es sin perjuicio de la comparecencia de todas las acciones, evento en el cual no será necesario realizar trámite alguno. Tres) TRANSFERENCIA DE LAS ACCIONES. El o los socios, según sea el caso, tendrán la obligación de ofertar preferentemente las acciones que deseen transferir, entre el o los otros socios de la presente sociedad, los que gozarán de un derecho de primera opción de compra sobre dichas acciones. El precio de venta de cada acción entre los socios, será como mínimo, el valor que corresponde a dicha acción, según los presentes estatutos sociales, resultante al dividir el capital social por el número total de acciones, todo corregido por el Índice de Precios al Consumidor. En todo caso, el socio vendedor, rechazada la oferta de primera opción de compra por el o los otros socios, deberá mantener o aumentar el precio ofertado ante terceros al momento de transferir. La oferta, a el o los socios, de las acciones que se desee transferir se hará al igual que toda comunicación, es decir mediante el envío de dicha oferta, al correo electrónico que cada socio tiene registrado precedente, agregando una copia para el gerente general para que este guarde registro de la operación aquí descrita y vigile el cumplimiento de los estatutos sociales. El o los socios interesados en adquirir dichas acciones para sí, deberán contestar mediante el mismo medio de comunicación, con copia al gerente general, en un plazo máximo de cinco días hábiles de recibida la oferta, su decisión de hacer uso o no de su derecho preferente de primera opción de compra. Vencido este plazo sin que haya pronunciamiento alguno de quien recibe la oferta, se entenderá que éste la rechaza, quedando facultado el accionista vendedor para transferir las acciones de su dominio a cualquier persona que desee. El presente artículo tiene el carácter de esencial en este contrato, por lo que su contravención acarreará la nulidad de la transferencia, pudiendo cualquiera de los socios afectados por esta contravención, solicitar por sí solo a la sociedad emisora, la cancelación del registro de dicho traspaso en el registro de accionistas y a exigir además, que se respete su derecho preferente a primera opción de compra.- En lo que no ha sido modificada permanece incólume la totalidad de escritura de constitución de sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- SANTIAGO 04 DE JUNIO DE 2021.-
Información societaria
Capital
Capital total
$195.076.304
Capital pagado
$195.076.304
Capital pendiente
0
Acciones
445.906
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Myriam Pamela Fischmann Torres Accionista | - | - | - |
Inmobiliaria El Plomo Dos Limitada Accionista | - | - | - |
Inmobiliaria San Alfonso del Mar S.A. Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huerfanos 941, local 302, Santiago, certifico que con fecha 30 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de Administradora de Resorts SpA, celebrada con esa misma fecha, en la que se acordó: A) Aumentar el capital social de la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $445.906.235, dividido en 445.906 acciones de las mismas características, mediante la emisión de 444.906 nuevas acciones de pago de iguales características que las existentes, representativas de $444.906.235, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en la misma junta de accionistas. B) Dividir la sociedad en dos sociedades por acciones, siendo “Administradora de Resorts SpA” la continuadora legal, y disminuyendo su capital social de $445.906.235, dividido en 445.906 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal a $195.076.304, dividido en el mismo número de acciones de iguales características. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Se sustituyeron artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales. C) Aprobar estatutos de la sociedad que nace producto de división de “Resort Inversiones SpA”: 1) Nombre: “Resort Inversiones SpA”. 2) Accionistas: Myriam Pamela Fischmann Torres, Inmobiliaria El Plomo Dos Limitada e Inmobiliaria San Alfonso del Mar S.A. 3) Objeto: “El objeto de la Sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y c) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos.” 4) Capital: $250.829.931, dividido en 445.906 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 26 de enero de 2021.- Juan Cristian Berrios Castro. Notario Suplente.-
Información societaria
Objeto social
a) la prestación de servicios de asesoría profesional a personas, empresas y comunidades en el país y el extranjero en materias inmobiliarias, deportivas, de administración de comunidades y de consultoría en general; b) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales; c) la participación como inversionista en toda clase de negocios o empresas o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; d) el corretaje de propiedades y servicios; e) la prestación de servicios gastronómicos y hoteleros, como también la administración de restaurantes y locales afines; f) la producción de eventos recreacionales, culturales y deportivos; g) la administración de centros de eventos, resorts, cabarets y discoteques, como asimismo de centros deportivos; h) la captura, exhibición, tenencia y mantención de peces vivos y otras especies marinas; e i) cualquier otra que los socios acuerden para el desarrollo de los fines sociales.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Myriam Pamela Fischmann Torres Accionista | - | - | - |
Inmobiliaria El Plomo Dos Limitada Accionista | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Transformación· 1 de enero de 2000
Administradora de Resorts Limitada se transforma en Administradora de Resorts SpA
Myriam Pamela Fischmann Torres · Inmobiliaria El Plomo Dos Limitada
Texto oficial del extracto
Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular Octava Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2020, otorgada ante mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, de mi mismo domicilio, doña Myriam Pamela Fischmann Torres e Inmobiliaria El Plomo Dos Limitada, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy número 9.070, oficina 1.002, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, acordaron transformar “Administradora de Resorts Limitada”, inscrita a fojas 5.169, número 4.090 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000, en una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Administradora de Resorts SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de servicios de asesoría profesional a personas, empresas y comunidades en el país y el extranjero en materias inmobiliarias, deportivas, de administración de comunidades y de consultoría en general; b) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales; c) la participación como inversionista en toda clase de negocios o empresas o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; d) el corretaje de propiedades y servicios; e) la prestación de servicios gastronómicos y hoteleros, como también la administración de restaurantes y locales afines; f) la producción de eventos recreacionales, culturales y deportivos; g) la administración de centros de eventos, resorts, cabarets y discoteques, como asimismo de centros deportivos; h) la captura, exhibición, tenencia y mantención de peces vivos y otras especies marinas; e i) cualquier otra que los socios acuerden para el desarrollo de los fines sociales. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 6 de enero de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular.
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