Société à responsabilité limitée77.407.890-8

Comercial Bunster y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 10 janv. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-01-10Voir le PDF (CVE 2595431)

Informations sociétaires

Ltda
Camino el Huinganal número 3.738
Administration: Representación individual, separada e indistinta por María del Carmen Bunster Garcés y Sebastián Bunster Garcés

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

María del Carmen Bunster Garcés

Socio

33%

Alejandra Bunster Garcés

Socio

33%

Sebastián Bunster Garcés

Socio

33%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Décès

    Fallecimiento de Juan Sebastián Bunster Correa.

    Juan Sebastián Bunster Correa

  2. Succession

    Partición parcial de los bienes del causante; María del Carmen Bunster Garcés, Alejandra Bunster Garcés y Sebastián Bunster Garcés se adjudican un tercio cada uno de los derechos sociales.

    María del Carmen Bunster Garcés · Alejandra Bunster Garcés · Sebastián Bunster Garcés · Juan Sebastián Bunster Correa

  3. Entrée d’un associé

    Ingresan como socios María del Carmen Bunster Garcés, Alejandra Bunster Garcés y Sebastián Bunster Garcés.

    María del Carmen Bunster Garcés · Alejandra Bunster Garcés · Sebastián Bunster Garcés · Adolfo Nicolás Bunster Correa

  4. Cession de droits

    Adolfo Nicolás Bunster Correa cede sus derechos sociales a María del Carmen Bunster Garcés, Sebastián Bunster Garcés y Alejandra Bunster Garcés.

    Adolfo Nicolás Bunster Correa · María del Carmen Bunster Garcés · Sebastián Bunster Garcés · Alejandra Bunster Garcés

  5. Retrait d’un associé

    Adolfo Nicolás Bunster Correa se retira de la sociedad.

    Adolfo Nicolás Bunster Correa

  6. Changement d’administrateur

    Se modifica la administración y se designa a María del Carmen Bunster Garcés y Sebastián Bunster Garcés para actuar individual, separada e indistintamente.

    María del Carmen Bunster Garcés · Sebastián Bunster Garcés

  7. Changement de capital

    Se fija el capital social en $2.000.000, distribuido en tres tercios iguales entre los socios actuales.

    María del Carmen Bunster Garcés · Alejandra Bunster Garcés · Sebastián Bunster Garcés

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 9 de diciembre de 2024, Repertorio número 37.206, ante mí: doña María del Carmen Bunster Garcés, por sí y en representación de doña Alejandra Bunster Garcés, don Sebastián Bunster Garcés, y don Adolfo Nicolás Bunster Correa, todos domiciliados para estos efectos en Camino el Huinganal número 3.738, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad Comercial Bunster y Compañía Limitada, inscrita a fojas 80 vuelta número 85 del Registro de Comercio de Temuco correspondiente al año 2000, en adelante también la “Sociedad”, acordaron modificarla en el siguiente sentido: / i/ Dejar constancia de que, en virtud de la partición parcial de los bienes quedados al fallecimiento del socio Juan Sebastián Bunster Correa, doña María del Carmen Bunster Garcés se adjudicó un tercio de los derechos sociales del causante, ascendientes al 33% de los derechos en la Sociedad, doña Alejandra Bunster Garcés se adjudicó un tercio de los derechos sociales del causante, ascendientes al 33% de los derechos en la Sociedad y don Sebastián Bunster Garcés se adjudicó un tercio de los derechos sociales del causante, ascendientes al 33% de los derechos en la Sociedad, según se indica en la escritura extractada. En virtud de lo expuesto, ingresaron como socios doña María del Carmen Bunster Garcés, doña Alejandra Bunster Garcés y don Sebastián Bunster Garcés, con el expreso consentimiento del otro socio, don Adolfo Nicolás Bunster Correa; /ii/ don Adolfo Nicolás Bunster Correa, con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña María del Carmen Bunster Garcés, a don Sebastián Bunster Garcés y a doña Alejandra Bunster Garcés, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, cada uno de ellos, un tercio de los derechos sociales de los que es titular el cedente. En razón de la referida venta y cesión de derechos sociales, don Adolfo Nicolás Bunster Correa, con el consentimiento expreso de los demá s socios, se retira de la Sociedad; /iii/ Modificar la administración de la Sociedad, designando a doña María del Carmen Bunster Garcés y a don Sebastián Bunster Garcés, para que, actuando individual, separada e indistintamente, uno cualquiera de ellos, representen a la Sociedad con las más amplias facultades pudiendo realizar todo tipo de actos, sin limitación alguna. Como consecuencia de lo anterior, acordaron reemplazar íntegramente el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo a la administración de la Sociedad; y, /iv/ Como consecuencia de lo indicado en los números i y ii precedentes, los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron reemplazar íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital Social. El capital social asciende a la suma de dos millones de pesos, y ha sido aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporción: /i/ María del Carmen Bunster Garcés, ha aportado y pagado seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, equivalentes a un tercio del capital e interés social; /ii/ Alejandra Bunster Garcés, ha aportado y pagado seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, equivalentes a un tercio del capital e interés social; y, /iii/ Sebastián Bunster Garcés, ha aportado y pagado seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, equivalentes a un tercio del capital e interés social.”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 7 de enero de 2025.

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