AIM Digital SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El saneamiento de un vicio formal y la rectificación de la escritura y extracto de constitución, en especial del capital y del artículo primero transitorio.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Victoria Alejandra Acevedo Guiñazú Accionista 19.xxx.xxx-3 | 19.xxx.xxx-3 | 50% | $500.000 |
Franco Andrés Lombardi Larraín Accionista | - | 50% | $500.000 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 14 de junio de 2021
Se constituyó AIM Digital SpA con capital de $1.000.000 dividido en 100 acciones.
Victoria Alejandra Acevedo Guiñazú · Franco Andrés Lombardi Larraín
Texto oficial del extracto
María Soledad Lascar Merino, notaria publica Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Miraflores ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago Centro, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de noviembre de 2021, repertorio 84.296-2021, ante mi reemplazante verónica Isabel González Dávila, se redujo escritura pública junta extraordinaria de accionistas de fecha 2 de octubre de 2021, de la sociedad AIM Digital SpA, doña VICTORIA ALEJANDRA ACEVEDO GUIÑAZÚ, chilena, soltera, Periodista, cédula nacional de identidad número diecinueve millones treinta y nueve mil quinientos cincuenta y cinco guion tres, domiciliada en Sendero de los Piuquenes doce mil doscientos dieciocho, Las Condes, mayor de edad, cuya reducción escritura pública es de fecha tres de noviembre de 2021, la cual tuvo como Objeto, el Saneamiento de un vicio formal, el cual es una solemnidad en la constitución de la sociedad constituida ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con fecha 14 de junio de 2021, y que por error en el extracto publicado, en relación al artículo primero y tercero de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, en relación al artículo cuatrocientos veintiséis número cuatro del código de comercio. Es por esto, A) El presidente informa que en virtud de lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los accionistas comparecientes, deben sanear y rectificar el extracto por el cual se publicó la constitución de AIM Digital SpA, de fecha 14 de junio de 2021, ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, en los términos que a continuación se indica: Que con fecha catorce de junio de dos mil veintiuno se constituyó la sociedad AIM Digital SpA con fecha 14 de junio de 2021, ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, que su extracto se inscribió en el Conservador de Comercio de Santiago con fecha dieciocho de junio de dos mil veintiuno a fojas cuarenta y siete mil novecientos ochenta y un, número veintidós mil doscientos trece, y se publicó en el diario oficial con fecha veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. El señor presidente expone que por un error involuntario, la escritura y el extracto contienen en relación al capital la palabra suma, debiendo ser esta la palabra monto. Por lo que debe rectificarse en primer lugar en el Título Segundo, en particular el artículo Quinto, para quedar con la siguiente redacción: TÍTULO SEGUNDO: DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es el monto de un millón de pesos - dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, y con valor de diez mil pesos cada una, emitidas, suscritas y pagadas en la forma establecida en los artículos transitorios de estos estatutos sociales. Los títulos de las mismas no se imprimen. Cada acción da derecho a un voto. En segundo lugar se debe rectificar el artículo primero transitorio de la escritura de constitución en los siguientes términos: DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende al monto de un millón de pesos - dividido en cien acciones nominativas, de una misma y única serie, con valor de diez mil pesos cada una, la accionista Victoria Alejandra Acevedo Guiñazú, en este acto suscribe el total de cincuenta acciones, pagando e ingresando a arcas sociales el monto de quinientos mil pesos y el accionista Franco Andrés Lombardi Larraín, en este acto suscribe el total de cincuenta acciones, pagando e ingresando a arcas sociales el monto de quinientos mil pesos. Por lo que el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Es por esto que debe proceder a la rectificación y saneamiento por parte de la Junta Extraordinaria de Accionistas. Por lo que una vez aprobada esta rectificación y saneamiento, debe reducirse a escritura pública, y un extracto de este debe ser publicado e inscrito. Se somete a votación la propuesta presentada, esta es aprobada por la unanimidad de las acciones emitidas y presentes en la junta de accionistas. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de noviembre de 2021.-
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá como objeto, los servicios Comunicacionales, digitales, informáticos, productora audiovisual y otros, podrán también la sociedad participar como accionista o socia en otras sociedades, y realizar inversiones de todo tipo, en bienes muebles e inmuebles, como asimismo toda actividad conducente y relacionada con la realización del giro.
Capital
Capital total
$1.000.000
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Victoria Alejandra Acevedo Guiñazú Accionista 19.xxx.xxx-3 | 19.xxx.xxx-3 | 50% | $500.000 |
Franco Andrés Lombardi Larraín Accionista 19.xxx.xxx-2 | 19.xxx.xxx-2 | 50% | $500.000 |
Texto oficial del extracto
María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Miraflores ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago Centro, certifico: que por escritura de fecha catorce de junio de dos mil veinte y uno, comparecieron ante mí, Victoria Alejandra Acevedo Guiñazú, chilena, soltera, Periodista, cédula nacional de identidad número diecinueve millones treinta y nueve mil quinientos cincuenta y cinco guion tres, domiciliada en Sendero de los Piuquenes doce mil doscientos dieciocho, Las Condes, Santiago y don Franco Andrés Lombardi Larraín, Periodista, cédula nacional de identidad diecinueve millones seiscientos sesenta y nueve mil veinte y uno guion dos, domiciliado en calle Suecia tres mil ciento sesenta y cinco, casa A, comuna de Ñuñoa, Santiago, constituyeron una sociedad por acciones, en conformidad a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, modificados por la Ley veinte mil ciento noventa, la que se regirá por los Estatutos que se indican a continuación, y en subsidio por las disposiciones sobre sociedades anónimas cerradas, Código de Comercio, Código Civil y demás normas legales aplicables. Nombre: “AIM DIGITAL SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá como objeto, los servicios Comunicacionales, digitales, informáticos, productora audiovisual y otros, podrán también la sociedad participar como accionista o socia en otras sociedades, y realizar inversiones de todo tipo, en bienes muebles e inmuebles, como asimismo toda actividad conducente y relacionada con la realización del giro. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos - dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, y con valor de diez mil pesos cada una, emitidas, suscritas y pagadas en la forma establecida en los artículos transitorios de estos estatutos sociales. Administración: La sociedad será administrada por dos administradores, cada uno de ellos podrá actuar por separado e indistintamente, obligando a la sociedad con amplias facultades y ejecutara toda clase de actos y celebrara todos los contratos conducentes a la realización del objeto social. Con su sola firma, obligará a la sociedad. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2021.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
AIM Digital SpA
CVE 2046576
- CONSTITUCIÓN
AIM DIGITAL SpA
CVE 1965732
