有限責任公司77.378.310-1

Inmobiliaria Cerro El Plomo Limitada

MODIFICACIÓN — 2020年7月4日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2020-07-04查看 PDF(CVE 1781344)

公司資料

Ltda
Santa María, Valparaíso

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(7)

姓名持股比例

INMOBILIARIA EBRO S.A.

Socio

78.078.000-2

45%

70W DESARROLLOS INMOBILIARIOS SpA

Socio

76.326.733-4

21.375%

TRAYECTA INMOBILIARIA SpA

Socio

77.070.585-1

21.375%

TGSIX INVERSIONES SpA

Socio

77.070.588-6

2.25%

PALMILLA ASESORIAS E INVERSIONES SpA

Socio

78.911.440-4

8.03%

INMOBILIARIA E INVERSIONES FINANCIERAS S.A.

Socio

76.398.860-0

1.331%

R.GLEISNER Y COMPAÑÍA, ASESORIAS FINANCIERAS LIMITADA

Socio

77.064.030-K

0.639%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1999年10月13日

    Se constituyó Inmobiliaria Cerro El Plomo Limitada.

  2. 股東加入

    Se reconoce e ingresa como socias a Trayecta Inmobiliaria SpA y TGSIX Inversiones SpA.

    TRAYECTA INMOBILIARIA SpA · TGSIX INVERSIONES SpA

摘要官方正文

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Notario Público, suplente de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, titular de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico : por escritura fecha 24 junio 2020, ante mí, INMOBILIARIA EBRO S.A., rol único tributario N° 78.078.000-2; 70W DESARROLLOS INMOBILIARIOS SpA, Rut. N° 76.326.733-4; TRAYECTA INMOBILIARIA SpA, rol único tributario número N° 77 .070.585-1; TGSIX INVERSIONES SpA, Rut. N° 77.070.588-6; PALMILLA ASESORIAS E INVERSIONES SpA, Rut. N° 78.911.440-4; INMOBILIARIA E INVERSIONES FINANCIERAS S.A., Rut. N° 76.398.860-0; y R.GLEISNER Y COMPAÑÍA, ASESORIAS FINANCIERAS LIMITADA, Rut. N° 7 7.064.030-K; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Santa María N° 2.450, piso 4, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de INMOBILIARIA CERRO EL PLOMO LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 13 de octubre de 1999, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, cuyo se inscribió a fojas 25.391 N° 20.136 del Registro de Comercio del Conse rvador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1999, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de octubre de ese mismo año, acordaron: A) con motivo de reconocer y aceptar el ingreso de TRAYECTA INMOBILIARIA SpA y de TGSIX INVERSIONES SpA como socias de INMOBILIARIA CERRO EL PLOMO LIMITADA, modificar y reemplazar el artículo Quinto del estatuto social, el cual pasa a ser del siguiente tenor: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que las socias aportaron y pagaron en la oportunidad y en la proporción que se indica a continuación: a) Inmobiliaria Ebro S.A., aportó la suma de $450.000, equivalente a un 45% del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha; b) 70W Desarrollos Inmobiliarios SpA, aportó la suma de $213.750, equivalente a un 21,375% por ciento del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha; c) Trayecta Inmobiliaria SpA, aportó la suma de $213.750, equivalente a un 21,375% por ciento del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha; d) TGSIX Inmobiliarios SpA, aportó la suma de $22.500, equivalente a un 2,25% del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha; e) Palmilla Asesorías e Inversiones SpA, aportó la suma de $80.300, equivalente a un 8,03% del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha; f) Inmobiliaria e Inversiones Financieras S.A., aportó la suma de $13.310, equivalente a un 1,331% del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha; y g) R. Gleisner y Compañía, Asesorías Financieras Limitada, aportó la suma de $6.390, equivalente a un 0,639% del capital social, enterado e ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha”; B) La disolución anticipada de la sociedad, en conformidad a los artículos 2.107 y 2.115 del Código de Civil y en razón de haberse puesto término a su giro; y C) La liquidación de la sociedad, señalando que en atención a que la sociedad no registra pasivos ni utilidades acumuladas, ni existiendo tampoco activo alguno con el cual restituir a los socios, en la proporción de sus derechos sociales, el todo o parte de los aportes de capital, no corresponde efectuar ninguna restitución. Santiago, 25 junio 2020.

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