Ceresuela Solar SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOCIEDAD POR ACCIONES
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (3)
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores Nº 222, piso 11, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada el 22 de junio de dos mil veintiséis, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de CERESUELA SOLAR SpA, celebrada con fecha nueve de junio de dos mil veintiséis, que acordó por unanimidad y con la asistencia del cien por ciento de las acciones emitidas, suscritas, pagadas y con derecho a voto, modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: (i) Sustituir íntegramente el Artículo Noveno de los estatutos sociales, reemplazando el sistema de administradores individuales por un Directorio colegiado compuesto de tres miembros, designados por la Junta de Accionistas con una duración de tres años en sus cargos, renovable totalmente al término de cada período, pudiendo los directores ser reelegidos indefinidamente. El Directorio tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley y los estatutos no reserven a la Junta de Accionistas. (ii) Designar como primeros directores de la Sociedad a: don Carlos Vallejos Artigas, don Gastón Cruzat Larraín y don Joaquín García de Solminihac, quienes durarán en sus cargos hasta la primera Junta Ordinaria de Accionistas que se celebre conforme a los estatutos sociales. (iii) Establecer que la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad será ejercida por dos cualesquiera de los directores actuando conjuntamente, con firma mancomunada de dos de ellos, quienes tendrán todas las facultades de administración y disposición establecidas en el Artículo Noveno de los estatutos sociales. Santiago, 24 de junio de dos mil veintiséis.
Información societaria
Capital
Capital total
$767.109.304
Capital pagado
$500.000
Capital pendiente
$766.609.304
Acciones
767.108
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 500 acc. | $500.000 |
Accionista | - | 8867 acc. | $8.867.019 |
Accionista | - | 1080 acc. | $1.080.000 |
Accionista | - | 599.451 acc. | $599.451.723 |
Accionista | - | 157.210 acc. | $157.210.562 |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: que, por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2026, bajo el repertorio N°10781-2026, otorgada ante mí, se redujo el acta de la junta extraordinaria de accionistas de CERESUELA SOLAR SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 13 de mayo de 2026, en la cual, Inversiones Los Sauces SpA, debidamente representada, en su calidad de único y actual accionista según registro respectivo que he tenido a vista de la Sociedad, acordó: i) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma actual de $500.000 pesos, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, a la cantidad de $767.109.304 pesos, dividido en 767.108 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, mediante la emisión de 766.608 acciones ordinarias, equivalentes a $766.609.304 pesos; y ii) Reemplazar íntegramente los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad, quedando con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de setecientos sesenta y siete millones ciento nueve mil trescientos cuatro pesos, dividido en setecientas sesenta y siete mil ciento ocho acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, todas las cuales se suscriben y pagan y suscribirán y pagarán en la forma señalada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes según sea acordado. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a la suma de setecientos sesenta y siete millones ciento nueve mil trescientos cuatro pesos, dividido en setecientas sesenta y siete mil ciento ocho acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, se encuentra parcialmente suscrito y pagado de la siguiente forma: /a/ la cantidad de quinientas acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, representativas de la cantidad de quinientos mil pesos, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha por Inversiones Los Sauces SpA; y /b/ la cantidad de setecientas sesenta y seis mil seiscientas ocho acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, representativas de la cantidad de setecientos sesenta y seis millones seiscientos nueve mil trescientos cuatro pesos, deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de sesenta días contados desde el trece de mayo de dos mil veintiséis, de la siguiente forma: (i) ocho mil ochocientas sesenta y siete acciones, representativas de ocho millones ochocientos sesenta y siete mil diecinueve pesos, por Andino Solar SpA; (ii) mil ochenta acciones, representativas de un millón ochenta mil pesos, por El Peral SpA; (iii) quinientas noventa y nueve mil cuatrocientas cincuenta y una acciones, representativas de quinientos noventa y nueve millones cuatrocientos cincuenta y un mil setecientos veintitrés pesos, por Inversiones Los Sauces SpA; y (iv) ciento cincuenta y siete mil doscientas diez acciones, representativas de ciento cincuenta y siete millones doscientos diez mil quinientos sesenta y dos pesos, por Constructora Covadonga SpA.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 11 de junio de 2026.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto: a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender, y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; b/ Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar, y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa, y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otros tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente relacionadas con las anteriores; j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales.
Capital
Capital total
$500.000
Capital pagado
$500.000
Capital pendiente
$0
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada el 30 de marzo de 2021, ante mí, Inversiones Los Sauces SpA acordó, como único accionista, constituir sociedad por acciones: Nombre: “Ceresuela Solar SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender, y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; b/ Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar, y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa, y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otros tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente relacionadas con las anteriores; j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales.- Capital: El capital de la Sociedad es de quinientos mil pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Emilio Pellegrini Munita y a don Emilio Pellegrini Ripamonti, quienes actuarán individual e indistintamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de abril de 2021.- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA.
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