Ana María V.r. Importaciones Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Importación, exportación, fabricación, distribución, venta y comercialización de insumos computacionales y tecnológicos; prestar servicios de estampado; comercialización, compra, venta, adquisición, enajenación, importación, exportación, producción, distribución, comisión, consignación y representación de toda clase de mercaderías o productos manufacturados; y en general realizar cualquier otro giro o negocio que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME Socio | - | 60% | $1.200.000 |
Socio | - | 40% | $800.000 |
Administradores (1)
EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME
Representación legal (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de diciembre de 1999
Constitución original de la sociedad ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA.
- Otro acto· 9 de octubre de 2007
Modificación previa de la sociedad.
- Otro acto· 7 de agosto de 2008
Nueva modificación previa de la sociedad.
- Cesión de derechos· 4 de agosto de 2017
Ana María de Lourdes Varas Riquelme cede la totalidad de sus derechos sociales a Eduardo Alfredo Varas Riquelme y Paul Gerrard Duxbury cede un 10% de sus derechos a Eduardo Alfredo Varas Riquelme.
ANA MARÍA DE LOURDES VARAS RIQUELME · EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME · PAUL GERRARD DUXBURY
- Retiro de socio· 4 de agosto de 2017
Se retira Ana María de Lourdes Varas Riquelme y quedan como únicos socios Eduardo Alfredo Varas Riquelme y Paul Gerrard Duxbury.
ANA MARÍA DE LOURDES VARAS RIQUELME · EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME · PAUL GERRARD DUXBURY
- Cambio de capital· 4 de agosto de 2017
El capital social se aumenta de $200.000 a $2.000.000.
- Cambio de nombre· 4 de agosto de 2017
La sociedad pasa a funcionar con el nombre de fantasía TINTA EXPRESS LIMITADA o TINTA EXPRESS LTDA.
ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA
- Cambio de administrador· 4 de agosto de 2017
La administración y representación queda a cargo exclusivo de Eduardo Alfredo Varas Riquelme.
Texto oficial del extracto
MARIA VICTORIA LUCARES ROBLEDO, Notario Viña del Mar, Villanelo 261, oficina 101, certifica: Por escritura ante mí, 04 Agosto 2017, ANA MARÍA DE LOURDES VARAS RIQUELME y PAUL GERRARD DUXBURY, debidamente representados por JUAN CARLOS VARAS RIQUELME, todos domiciliados para estos efectos en Viana 409, Viña del Mar; y EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME, domiciliado en Viña del Mar, Arlegui 494, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA”, constituida por escritura ante el Notario Público de Valparaíso don Diego Alliende Pinto, Suplente del Titular don Manuel Jordán López, con fecha 01 de Diciembre de 1999. Extracto publicado en el Diario Oficial N°36.540 de 16 de Diciembre de 1999 y se inscribió a fojas 932 vuelta número 1108 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mar correspondiente al año 1999. Modificada por escritura de fecha 09 de Octubre de 2007, ante el Notario Público de Viña del Mar don Luis Enrique Tavolari Oliveros, extracto publicado en el Diario Oficial N°38.910 de 13 de Noviembre de 2007 e inscrito a fojas 1197 vuelta número 1369 en el mismo Registro y Conservador ya citados correspondiente al año 2007. Finalmente, modificada por escritura de fecha 07 de Agosto de 2008, otorgada ante mismo Notario anterior, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N°39.146 de fecha 25 de Agosto de 2008 y se inscribió a fojas 996 vuelta número 1079 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mar correspondiente al año 2008. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Uno: ANA MARÍA DE LOURDES VARAS RIQUELME, titular de un 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión de derechos sociales asciende a la suma única y total de $1.000.000, que cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo y que la cedente declara haber recibido a su entera satisfacción, por lo que da por total e íntegramente pagado el precio. Dos: PAUL GERRARD DUXBURY, titular de un 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere un 10% del total de sus derechos sociales a don EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la sociedad mencionada. El precio de la cesión de derechos sociales asciende a la suma única y total de $200.000, que cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo y que el cedente declara haber recibido a su entera satisfacción, por lo que da por total e íntegramente pagado el precio. Tres: En las cesiones se incluyen todos los bienes, derechos, utilidades y participaciones presentes o futuras que correspondan o pudieren corresponder a los cedentes en la proporción de los derechos cedidos, sin reservas ni exclusiones de ninguna especie. En consecuencia, producto de las cesiones de derechos, se retira de la sociedad doña ANA MARÍA DE LOURDES VARAS RIQUELME y quedan como únicos socios de la sociedad “ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA”, EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME, con el 60% de los derechos sociales y PAUL GERRARD DUXBURY con el 40% de los derechos sociales, quienes se hacen responsables de todo compromiso que la sociedad tenga o tuviere con cualquier institución a partir de esta fecha. MODIFICACIONES: EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME y PAUL GERRARD DUXBURY, en calidad de únicos socios de la sociedad “ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA”, acuerdan aumentar el capital social de $200.000 a la cantidad de $2.000.000. Asimismo, socios acuerdan repactar la sociedad, acordándose nuevos estatutos, cuyas cláusulas a extractar son: "RAZÓN SOCIAL: "ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA". Con todo, la sociedad podrá funcionar y actuar, incluso ante los bancos, con el nombre de fantasía "TINTA EXPRESS LIMITADA" o "TINTA EXPRESS LTDA.". OBJETO: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: a) Importación, exportación, fabricación, distribución, venta y comercialización de todo tipo de insumos computacionales y tecnológicos; b) Prestar servicios de estampado, de creación propia o ajena; c) Comercialización, compra, venta, adquisición, enajenación, importación, exportación, producción, distribución, comisión, consignación y representación, en cualquiera forma y por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, de toda clase de mercaderías o productos manufacturados, y, en general, realizar o emprender cualquier otro giro o negocio que los socios acuerden. DURACIÓN: El plazo de la sociedad será de tres años contados desde esta fecha, prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo o de alguna de sus prórrogas. CAPITAL: El capital será la cantidad de $2.000.000.-, que socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Socio EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME aporta la suma de $1.200.000.-, equivalentes al 60% del capital social, los que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, valor recibido conforme por la caja social; y b) Socio PAUL GERRARD DUXBURY, aporta la suma de $800.000.-, equivalentes al 40% del capital social, los que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, valor recibido conforme por la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá exclusivamente al socio EDUARDO ALFREDO VARAS RIQUELME, con las más amplias facultades de administración y disposición, quien anteponiendo la razón social a su firma, podrá representar a la sociedad en Chile o en el extranjero, judicial o extrajudicialmente, y la podrá obligar válidamente. DOMICILIO: Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias y/o sucursales que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero." Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social primitivo y sus modificaciones.- VIÑA DEL MAR, CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ANA MARÍA V.R. IMPORTACIONES LIMITADA
CVE 1255387
