Guiñez Y Asociados Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$7.800.000
Capital pagado
$7.800.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 35% | $3.000.000 |
Socio | - | 35% | $3.000.000 |
Socio | - | 10% | $600.000 |
Socio | - | 10% | $600.000 |
Socio | - | 10% | $600.000 |
Texto oficial del extracto
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, Notario Público, suplente del titular Patricio Raby Benavente, domicilio Gertrudis Echenique 30 Of 32 comuna Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura de fecha 25 de Marzo de 2022, ante el titular don Patricio Raby Benavente, Cristián Andrés Guíñez Toledo, Alicia Andrea Moya Valenzuela, María Ignacia Guíñez Moya, Maria-José Guíñez Moya y María Trinidad Guíñez Moya, todos Lauca 1295, Vitacura, modificaron sociedad GUIÑEZ Y ASOCIADOS LIMITADA, inscrita fojas 22198, numero 17615 del año 1999 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en siguientes sentidos: Se incorporan como nuevas socias de la sociedad María Ignacia Guíñez Moya, María-José Guíñez Moya y María Trinidad Guíñez Moya, mediante aumento del capital social de $6.000.000 a $7.800.000, el que es pagado siguiente forma: A) Doña MARÍA IGNACIA GUÍÑEZ MOYA, realiza un aporte de seiscientos mil pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales, suma que representa el 10% del capital social y propiedad en la presente compañía; B) Doña MARÍA-JOSÉ GUÍÑEZ MOYA, realiza un aporte de seiscientos mil pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales, suma que representa el 10% del capital social y propiedad en la presente compañía; y C) Doña MARÍA TRINIDAD GUÍÑEZ MOYA, realiza un aporte de seiscientos mil pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales, suma que representa el 10% del capital social y propiedad en la presente compañía. Se modifican las cláusulas TERCERO, QUINTO y SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolas por las siguientes: “TERCERO: La razón social es “Guíñez y Asociados Limitada”, pudiendo además actuar como WeXange Limitada o WeXange Ltda. o WeXange, como nombre de fantasía.” “QUINTA: El capital de la sociedad asciende a la suma de siete millones ochocientos mil pesos, el cual es aportado por los socios de la siguiente manera: A) Don CRISTIÁN ANDRÉS GUÍÑEZ TOLEDO realiza un aporte de tres millones de pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales y que representa el 35% del capital social y propiedad en la presente compañía; B) Doña ALICIA ANDREA MOYA VALENZUELA, realiza un aporte de tres millones de pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales y que representa el 35% del capital social y propiedad en la presente compañía; C) Doña MARÍA IGNACIA GUÍÑEZ MOYA, realiza un aporte de seiscientos mil pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales y que representa el 10% del capital social y propiedad en la presente compañía; D) Doña MARÍA-JOSÉ GUÍÑEZ MOYA, realiza un aporte de seiscientos mil pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales y que representa el 10% del capital social y propiedad en la presente compañía; E) Doña MARÍA TRINIDAD GUÍÑEZ MOYA, realiza un aporte de seiscientos mil pesos, el cual suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales, suma que representa el 10% del capital social y propiedad en la presente compañía.” “SEXTO: Las utilidades y perdidas se repartirán entre los socios a prorrata de su participación social. Por la unanimidad de los socios podrán acordarse retiros de utilidades a cuenta de las utilidades del ejercicio, en el monto, proporciones y oportunidades que se fije por los socios.” En todo lo no modificado rige pacto social vigente. Santiago, 31 de Marzo de 2022. Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
GUIÑEZ Y ASOCIADOS LIMITADA
CVE 2114198
