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Sociedad por Acciones77.359.687-5

Opa SpA

MODIFICACIÓN — 9 nov 2023

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-11-09Ver PDF (CVE 2403352)

Información societaria

SpA
Frutillar, Los Lagos

Capital

Capital total

$1.000.000.000

Capital pagado

$1.000.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (3)

NombreParticipación

MÓNICA BLANCA THIECK ENGDAHL

Accionista

6.xxx.xxx-4

75%

HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK

Accionista

15.xxx.xxx-7

12.5%

JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

Accionista

16.xxx.xxx-3

12.5%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 15 de febrero de 2021

    Se constituye OPA SpA por HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL.

    HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL

  2. Fallecimiento· 15 de octubre de 2022

    Fallece el accionista HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL y sus herederos realizan junta extraordinaria para distribuir acciones y modificar la administración.

    HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL · MÓNICA BLANCA THIECK ENGDAHL · HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

  3. Otro acto· 27 de julio de 2023

    Se sanea el vicio de nulidad por falta de oportuna inscripción y publicación de la modificación anterior de la sociedad.

    MÓNICA BLANCA THIECK ENGDAHL · HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

Texto oficial del extracto

ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, Notario Público Tercera Notaría de Osorno, Oficio Nueva Mackenna 871 oficina 102, comuna Osorno, certifica: Por Escritura Pública de fecha 20 de octubre del año 2.023, Repertorio N°5.371-2023, ante mí, compareció Doña MÓNICA BLANCA THIECK ENGDAHL, chilena, viuda, ingeniero químico, cédula nacional de identidad número 6.889.773-4 domiciliada en calle Vicente Pérez Rosales número 686, de la comuna de Frutillar; don HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK, chileno, casado, ingeniero civil mecánico, cédula nacional de identidad número 15.273.617-7, domiciliado en Lote C Siete Sector el Rancho, de la comuna de Angol; y don JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK, chileno, soltero, ingeniero en sonido, cédula nacional de identidad número 16.099.341-3, domiciliado en Vicente Pérez Rosales número 686, de la comuna de Frutillar, todos de paso por esta ciudad; mayores de edad y exponen; que vienen en otorgar la siguiente escritura de saneamiento de sociedad conforme a las disposiciones que siguen: 1° Declaran los comparecientes: UNO) ser actualmente dueños y titulares de acciones de la sociedad OPA SpA, rol único tributario número 77.359.687-5, con domicilio en la comuna de Frutillar, la que se constituyó primeramente por don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, según da cuenta escritura pública de fecha 15 de febrero del año 2021, en la Notaría de Llanquihue, de don Ricardo Fontecilla Gallardo, la que se publicó un extracto en el Diario Oficial número de edición 42.899, de fecha 08 de marzo del año 2021, y se inscribió a fojas 88 número 75 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2021. El domicilio de la sociedad corresponde a la comuna y ciudad de Frutillar. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.000, dividido en 1.000 acciones sin valor nominal, que se suscribieron, enteraron y pagaron íntegramente según consta la escritura de constitución referida en el acto de constitución, siendo único dueño el constituyente, según escritura pública referida. DOS) Que al fallecimiento del accionista don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL los herederos del causante, dando cumplimiento a los requisitos legales en cuanto a la transmisión de estos derechos, llevaron a efecto la PRIMERA JUNTA DE ACCIONISTAS en carácter de extraordinaria, en la que determinaron la cantidad de acciones correspondiente a cada compareciente y tomaron una serie de acuerdos destinados a modificar la forma de administración y la determinación porcentual de acciones según sus derechos hereditarios y los que correspondían a títulos de gananciales. La presente Junta de Accionistas se realizó el día 15 de octubre del año 2022, y se redujo por Escritura Pública con fecha 18 de noviembre del mismo año, en la Notaria de la comuna de Llanquihue de don Ricardo Fontecilla Gallardo, autorizado por la Notaria Suplente, doña Viviana Nicole Segura Donoso. Consta un extracto autorizado por el Señor Notario don Ricardo Fontecilla Gallardo, con fecha 02 de diciembre de 2022, el que se publicó en el Diario Oficial según edición 43.420, con fecha 7 de diciembre del mismo año, y se inscribió con fecha 12 de diciembre de 2022, este mismo extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas a fojas 494 número 357 del año 2022; TRES) Que por escritura de fecha 27 de julio del año 2023 en la Notaría de Osorno ante el Notario don Nicolás Valenzuela González, Suplente del Titular don Abdallah Fernández Atuez, repertorio número 3844, las partes comparecientes procedieron a sanear el vicio de nulidad amparado por la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece Normas Sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, de manera que los comparecientes y accionistas de sociedad acordaron el saneamiento por la falta de oportuna inscripción y publicación del extracto de la respectiva escritura de REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA de la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD, celebrada en la Notaría de la comuna de Llanquihue en la Notaría de don Ricardo Fontecilla Gallardo, ante la Notaria Suplente doña Viviana Nicole Segura Donoso, con fecha 18 de noviembre del año 2022, repertorio número 1786, y cuyo extracto autorizado por en la misma notaría corresponde de fecha 2 de diciembre de 2022, publicado en Diario Oficial en su edición número 43.420, con fecha 07 de diciembre del mismo año, e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas el 12 de diciembre del año 2022. Un extracto del referido saneamiento fue autorizado por el Notario con fecha 1° de agosto de dos mil veintitrés y fue publicado en el Diario Oficial 5 de agosto del año 2023 en edición número 43.620, e inscrito a su vez el referido extracto fojas 341 número 262 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2023. 2° Conforme a lo expuesto compareció a este acto doña MÓNICA BLANCA THIECK ENGDAHL con 750 acciones equivalentes a 75%; don HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK con 125 acciones, equivalentes a 12,5%; y don JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK con 125 acciones, equivalentes a 12,5%. 3° Por lo anterior, declaran los comparecientes que conforme a la escritura pública de constitución de sociedad de fecha 15 de febrero del año 2021, en la Notaria de Llanquihue, de don Ricardo Fontecilla Gallardo, la que se publicó un extracto en el Diario Oficial número de edición 42.899, de fecha 8 de marzo del año dos 2021 y se inscribió el referido extracto con fecha 24 de marzo del año dos mil 2021, a fojas 88 número 75 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2021, se incurrió en un vicio de nulidad de forma, respecto a la falta oportuna del plazo que estipula la ley para los efectos de inscribir el presente extracto autorizado por el Notario don Ricardo Fontecilla Gallardo, pues la publicación se llevó a efecto el día 08 de marzo del año dos mil veintiuno, y su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas el 24 de marzo de 2021, siendo esta inscripción extemporánea. 4° Las partes, en conformidad del artículo 427 del Código de Comercio, que faculta a efectuar dicho acto por medio de instrumento público y lo dispuesto en el artículo 428 del citado código, proceden conforme al artículo 67 número 14 de la Ley de Sociedad Anónimas, en adoptar el siguiente acuerdo, y por este acto proceden en sanear el vicio de nulidad amparado por la Ley 19.499 que establece Normas Sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, de manera que los comparecientes y accionistas de sociedad OPA SpA, acuerdan el saneamiento por la falta de oportuna inscripción del extracto de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES OPA SpA, celebrada el 15 de febrero del año 2021, en la Notaria de Llanquihue, de don Ricardo Fontecilla Gallardo repertorio número 254 y cuyo extracto autorizado por en la misma notaria fue publicado en Diario Oficial en su edición número 42.899, con fecha 8 de marzo del mismo año, e inscrito extemporáneamente en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, 24 de marzo del año 2021 a fojas 88 número 75 del Registro de Comercio del año 2021. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno, 07 de Noviembre de 2023.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-08-05Ver PDF (CVE 2357164)

Información societaria

SpA
Frutillar, Los Lagos

Capital

Capital total

$1.000.000.000

Acciones

1000

Socios (3)

NombreParticipación

MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL

Accionista

6.xxx.xxx-4

75%

HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK

Accionista

15.xxx.xxx-7

12.5%

JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

Accionista

16.xxx.xxx-3

12.5%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 15 de febrero de 2021

    Se constituye OPAS SpA por HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL.

    HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL

  2. Fallecimiento· 15 de octubre de 2022

    Fallece el accionista HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL y sus herederos determinan la distribución de acciones.

    HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL · MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL · HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

  3. Otro acto· 18 de noviembre de 2022

    Se reduce a escritura pública la primera junta extraordinaria de accionistas que modifica la administración y la distribución porcentual de acciones.

    MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL · HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

Texto oficial del extracto

NICOLÁS VALENZUELA GONZÁLEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno, don ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, con oficio en Avenida Nueva Mackenna número ochocientos setenta y uno, certifica: Que por escritura pública de fecha 27 de Julio de 2023, Repertorio N° 3844-2023, ante mí, compareció Doña MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL, chilena, viuda, ingeniero químico, cédula nacional de identidad número 6.889.773-4 domiciliada en calle Vicente Pérez Rosales número 686, de la comuna de Frutillar; don HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK, chileno, casado, ingeniero civil mecánico, cédula nacional de identidad número 15.273.617-7, domiciliado en Lote C Siete, Sector el Rancho, de la comuna de Angol, y de paso por esta ciudad; y don JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK, chileno, soltero, ingeniero en sonido, cédula nacional de identidad número 16.099.341-3, domiciliado en Vicente Pérez Rosales número 686, de la comuna de Frutillar, todos mayores de edad y exponen que vienen en otorgar la siguiente escritura de saneamiento de sociedad conforme a las disposiciones que siguen: 1° Declaran los comparecientes: UNO) ser actualmente dueños y titulares de acciones de la sociedad OPAS SpA, rol único tributario número 77.359.687-5, con domicilio en la comuna de Frutillar, la que se constituyó primeramente por don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, según da cuenta escritura pública de fecha 15 de febrero del año 2021, en la Notaría de Llanquihue, de don Ricardo Fontecilla Gallardo, la que se publicó un extracto en el Diario Oficial número de edición 42.899, de fecha 08 de marzo del año 2021 y se inscribió a fojas 88 número 75 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2021. El domicilio de la sociedad corresponde a la comuna y ciudad de Frutillar. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.000, dividido en 1000 acciones sin valor nominal, que se suscribieron, enteraron y pagaron íntegramente según consta la escritura de constitución referida en el acto de constitución, siendo único dueño el constituyente, según escritura pública referida. DOS) Que al fallecimiento del accionista don HERNAN HECHENLEITNER SUNKEL los herederos del causante, dando cumplimiento a los requisitos legales en cuanto a la transmisión de estos derechos, llevaron a efecto la PRIMERA JUNTA DE ACCIONISTAS en carácter de extraordinaria, en la que determinaron la cantidad de acciones correspondiente a cada compareciente y tomaron una serie de acuerdos destinados a modificar la forma de administración y la determinación porcentual de acciones según sus derechos hereditarios y los que correspondían a títulos de gananciales. La presente Junta de Accionistas se realizó el día 15 de octubre del año 2022 y se redujo por Escritura Pública con fecha 18 de noviembre del mismo año, en la Notaría de la comuna de Llanquihue de don Ricardo Fontecilla Gallardo, autorizado por la Notaria Suplente, doña Viviana Nicole Segura Donoso. Consta un extracto autorizado por el Señor Notario don Ricardo Fontecilla Gallardo, con fecha 02 de diciembre de 2022, el que se publicó en el Diario Oficial según edición 43.420, con fecha 7 de diciembre del mismo año, y se inscribió con fecha 12 de diciembre de 2022, este mismo extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas a fojas 494 número 357 del año 2022; TRES) Conforme a lo expuesto es que comparece doña MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL con 750 acciones equivalentes a 75%; don HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK con 125 acciones, equivalentes a 12,5%; y don JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK con 125 acciones, equivalentes a 12,5%. 2° Por lo anterior, declaran los comparecientes que conforme a la celebración de la primera junta de accionistas en carácter de extraordinaria, celebrada con fecha 15 de octubre de 2022 y reducida a escritura pública con fecha 18 de noviembre del mismo año, se incurrió en un vicio de nulidad de forma, respecto a la falta oportuna del plazo que estipula la ley para los efectos de publicar e inscribir el presente extracto autorizado por el Notario don Ricardo Fontecilla Gallardo, pues la publicación se llevó a efecto el día 7 de diciembre del año 2022, y su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas el 12 de diciembre de 2022, siendo ambas actuaciones extemporáneas. 3° Las partes, en conformidad del artículo 427 del Código de Comercio, que faculta a efectuar dicho acto por medio de instrumento público y lo dispuesto en el artículo 428 del citado código, proceden conforme al artículo 67 número 14) de la Ley de Sociedad Anónimas, en adoptar el siguiente acuerdo, y por este acto proceden en sanear el vicio de nulidad amparado por la Ley 19.499 que establece Normas Sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, de manera que los comparecientes y accionistas de sociedad OPAS SpA, acuerdan el saneamiento por la falta de oportuna inscripción y publicación del extracto de la respectiva escritura de REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA de la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD, celebrada en la Notaría de la comuna de Llanquihue en la Notaría de don Ricardo Fontecilla Gallardo, ante la Notaria Suplente doña Viviana Nicole Segura Donoso, con fecha 18 de noviembre del año 2022, repertorio número 1786 y cuyo extracto autorizado por en la misma notaría corresponde de fecha 02 de diciembre de 2022, publicado en Diario Oficial en su edición número 43.420, con fecha 7 de diciembre del mismo año, e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas el 12 de diciembre del año 2022. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno, 01 de Agosto de 2023.-

ModificaciónDiario Oficial · 2022-12-07Ver PDF (CVE 2229818)

Información societaria

SpA
Vicente Pérez Rosales número 686
Administración: Administración conjunta y alternativamente por dos accionistas designados como administradores

Capital

Capital total

$1.000.000.000

Acciones

1000

Socios (3)

NombreParticipación

MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL

Accionista

6.xxx.xxx-4

75%

HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK

Accionista

12.5%

JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

Accionista

12.5%

Administradores (3)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 15 de febrero de 2021

    Se constituye OPA SpA por Hernán Hechenleitner Sunkel.

    HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL

  2. Fallecimiento

    Fallece Hernán Hechenleitner Sunkel y se forma una comunidad de bienes sucesoria.

    HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL · MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL · HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

  3. Sucesión· 15 de octubre de 2022

    Se pone fin a la comunidad y se adjudican las acciones a la cónyuge e hijos.

    MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL · HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK

  4. Cambio de administrador· 18 de noviembre de 2022

    Se acuerda que la sociedad será administrada conjunta y alternativamente por dos accionistas como administradores y se agrega una nueva facultad de firma electrónica.

    HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK · JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK · MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL

Texto oficial del extracto

Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico que ante mi suplente Viviana Nicole Segura Donoso, por escritura de fecha 18 de noviembre de 2022, doña MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL, chilena, viuda, ingeniero químico, cédula nacional de identidad número 6.889.773-4 domiciliada en calle Vicente Pérez Rosales número 686, de la comuna de Frutillar redujo a escritura pública una Junta Extraordinaria de Accionistas y modificación de Sociedad Opas S.p.A. conforme al artículo 60 de la ley 18.046 y 426 del Código de Comercio: PRIMERO: Se han reunido en esta junta extraordinaria de accionistas, con el objeto de satisfacer las necesidades de la empresa y en conformidad al artículo 60 de la Ley de Sociedades Anónimas, los titulares de las acciones de la sociedad OPA SPA, rol único tributario número 77.359.687-5, se han convocado a la primera Junta de Accionistas en carácter de extraordinaria, pues los intereses de la sociedad lo justifican, toda vez que se deben calificar las acciones de cada socio y conforme a los estatutos de la sociedad se debe nombrar a los ADMINISTRADORES de la sociedad en los términos generales de manera permanente, para así alcanzar su giro u objeto. SEGUNDO: Que la sociedad OPA SpA, se constituyó por don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, por escritura pública de fecha 15 de febrero del año 2021, en la Notaria de Llanquihue, de don Ricardo Fontecilla Gallardo, la que se publicó un extracto en el Diario Oficial número de edición 42.899, de fecha 08 de marzo del año 2021 y se inscribió a fojas 88 número 75 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2021. TERCERO: Que al fallecimiento de don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, se formó una comunidad de bienes, según consta certificado de posesión efectiva. Esta sucesión y comunidad, se conforma por su cónyuge doña MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL, sus hijos HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK y JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK, ambos mayores de edad, a quienes según el inventario los bienes del causante de “OTROS BIENES MUEBLES” les corresponde acciones de: “LA SOCIEDAD OPAS SPA, REPERTORIO 81, INSCRITA A FS 88 N° 75 AÑO 2021 REGISTRO DE COMERCIO CBR PTO VARAS RUT 77.359.687-5”, valorizadas en la suma de $500.000.000. Por otra parte, disuelta la sociedad conyugal, por el hecho del fallecimiento, se formó una comunidad de bienes, respecto de las acciones antes singularizadas, derechos que a su vez se constituyen los gananciales y que a partir de este acto se confunden con las acciones que deja el causante a su fallecimiento. CUARTO: Que el “El TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES” de los estatutos de la sociedad, en su Artículo décimo de la escritura de constitución, ya singularizada, señala que: “En caso de fallecimiento o disolución de un accionista, se procederá a inscribir las acciones a nombre de sus herederos. Para tal efecto deberá acreditar la calidad de tales con los documentos que correspondan”. Por lo anterior, por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2022, en la Notaria de Llanquihue, de don Ricardo Fontecilla Gajardo, los comparecientes, pusieron fin a esta comunidad que se formó al fallecimiento de don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, y acto seguido procedieron en adjudicarse las acciones que le corresponde a cada uno conforme a derecho. Para tales efectos, concurren los accionistas: 1.- MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL con 750 acciones equivalentes a 75%. 2.- HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK con 125 acciones, equivalentes a 12,5%. 3.- JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK con 125 acciones, equivalentes a 12,5%. QUINTO: A efectos de lo anterior, fijan los accionistas el objeto de esta Junta que el “TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN”, de los estatutos sociales, en su “Artículo Décimo Primero”, prescribe que la sociedad, será administrada por un Administrador, pudiendo recaer en más de una persona, quien representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social lo que no será necesario acreditar ante terceros, estará investidos de todas las facultades de administración que señalan los estatutos en el mismo Artículo Decimo Primero. El o Los Administradores deberán ser designado por los accionistas, que representen al menos un 50%. SEXTO: Los accionistas proponen llevar a votación la forma de administrar la referida sociedad, y estos acuerdan por unanimidad, que, en cuanto a su administración, esta se hará actuando de manera conjunta y alternativamente, dos accionistas, a quienes se nombran en calidad de ADMINISTRADORES, pudiendo actuar cualquiera de ellos, en este caso: don HERNÁN ANDRÉS HECHENLEITNER THIECK, don JAVIER IGNACIO HECHENTLEITNER THIECK y/o MONICA BLANCA THIECK ENGDAHL. Que, respecto a lo anterior, en cuanto a las facultades indicadas en el estatuto social en el artículo decimo primero letra /a/, /b/, /d/, /g/, /l/ /aa/, /bb/, deberán obrar conjuntamente todos administradores, sin perjuicio de aquellas materias que la ley expresamente obliga que deban conocerse por la Junta de Accionistas. SEPTIMO: Conforme lo anterior y para la buena marcha de la administración de la sociedad, los accionistas vienen en modificar y adicionar un nueva facultad presente en el “TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN”, de los estatutos sociales, que en su “Artículo Décimo Primero”, que constan en la constitución singularizada en este instrumento, y proceden en agregar una nueva facultad de administración singularizada como /cc/ que corre al siguiente tenor "Que para las futuras juntas de accionistas o de directorio de administración, serán valido para la firma de las actas que se levanten y para el otorgamiento de las cartas poder para la comparecencia a Juntas de Accionistas se autorizan los siguientes forma-tos de firma: 1) La inserción de firma electrónica avanzada (FEA) otorgada a través de un Prestador de Servicios de Certificación acreditado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo; 2) La inserción de una firma electrónica simple (FES) otorgada a través de un Prestador de Servicios de Certificación acreditado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo; y 3) La inserción de una firma electrónica a través de los servicios de DocuSign, AdobeSign, HelloSign o cualquier otro proveedor internacional de firma electrónica que garantice que sus políticas y prácticas cumplen con los estándares mundiales vigentes a esa fecha en seguridad de la información, tales como la certificación ISO 27000." Demás estipulaciones en escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000.000.- (MIL MILLONES DE PESOS). Llanquihue, 02 de Diciembre de 2022.-

ConstituciónDiario Oficial · 2021-03-08Ver PDF (CVE 1906901)

Información societaria

SpA
Frutillar, Los Lagos
Duración: indefinida
Administración: Corresponderá la Administración de la Sociedad a don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, o quien sus derechos represente, quien detentará dicha calidad en tanto no sea reemplazado por acuerdo adoptado por los accionistas de acuerdo a lo dispuesto en los presentes Estatutos, y quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y podrá actuar directamente o por intermedio de uno o más Apoderados designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad, conforme a las facultades que se señalan en la escritura extractada.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a)la crianza de ganado para producción de carne o como ganado reproductor, así podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; b)La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y c)La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que el constituyente o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social.

Capital

Capital total

$1.000.000.000.-

Capital pagado

$1.000.000.000.-

Capital pendiente

$0.-

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL

Accionista

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico que, ante mí, mediante escritura pública de 15 de febrero de 2021, repertorio 254-2021, HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, chileno, casado, empresario individual agrícola en régimen de renta presunta, con domicilio en calle Vicente Pérez Rosales número 686, comuna y ciudad de Frutillar, constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la Sociedad será “Opa SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía “Opas SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Frutillar, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Objeto: La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a)la crianza de ganado para producción de carne o como ganado reproductor, así podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; b)La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y c)La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que el constituyente o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.000.- dividido en 1.000.- acciones, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan íntegramente por este acto de la siguiente manera: don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, suscribe en este acto la cantidad de 1.000.- acciones por un valor de $1.000.000.- por acción. Dicho capital se entera y paga íntegramente mediante conversión del empresario individual en régimen de renta presunta o constituyente con el aporte de todo el activo y pasivo en los términos del artículo 69 inciso segundo del Código Tributario y que para estos efectos corresponde al giro informado ante el Servicio de Impuestos Internos con el código 012112 de crianza de ganado para producción de carne, o como ganado reproductor, y que comprende lo siguiente; ACTIVOS: INMUEBLES POR NATURALEZA: UNO) Lote Número Uno de la subdivisión de un predio ubicado en la comuna de Frutillar, Provincia de Llanquihue. Décima Región, lote que se individualiza en un plano que se agregó en el Registro de Instrumentos Públicos de la Notaría de esta ciudad el cuarto Bimestre del año dos mil con el número sesenta y nueve y que según dicho plano tiene una superficie aproximada de ciento sesenta y dos coma treinta y una hectáreas y los siguientes deslindes especiales: Norte, río el Burro que lo separa de propiedad de César Ercilla y propiedad de don Luis Espinoza, separado por cerco; SUR, lote número dos, separado por cerco; ESTE, río el Burro, que lo separa de propiedad de Víctor Winkler y de Sergio Santelices; OESTE, propiedad de don Hernán Hechenleitner, separado por cerco. Adquirió este lote de terreno, por adjudicación según consta de la escritura pública de liquidación de sociedad conyugal y partición de herencia, otorgada en la Notaría de Puerto Varas el 16-08-2000. El dominio de dicho inmueble rola inscrito a fojas 1.353 vuelta, número 1.967, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2000. El ROL de avalúo es el 242-11, de la comuna de Frutillar. Avaluado por el compareciente en la suma de $471.160.000.-; DOS) Inmueble (predio) denominado “Lote B” del fundo “Paso de la Botella”, ubicado en la comuna subdelegación de Frutillar, cuyos deslindes especiales son: NORTE, hijuela Uno B de Luis Espinoza Popp; SUR, camino vecinal y propiedad de Clara Hechenleitner Winkler; ESTE, lote A de Reinaldo Hechenleitner Winkler; y OESTE, línea férrea de Puerto Montt a Osorno; y su cabida es de doscientas ochenta y tres hectáreas y cincuenta y tres centésimos, aproximadamente. Lo adquirió de don Reinaldo Hechenleitner Winkler por compra según escritura pública otorgada en la Notaría del departamento de Puerto Varas el 31-12-1975. El dominio rola inscrito a fojas 81, número 124, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 1978. El ROL de avalúo es el 242-76, de la comuna de Frutillar. Avaluado por el compareciente en la suma de $528.840.000.-; PASIVOS: Asimismo, el empresario individual y constituyente que se convierte por este acto aporta todo el pasivo que corresponde a la actividad ganadera identificada con el código 012112 ante el Servicio de Impuestos Internos y, que ha desarrollado hasta el día de la presente conversión bajo régimen de renta presunta, dejando expresa constancia y declarando bajo juramento que el pasivo actual es igual a cero. Por lo tanto, a través del presente instrumento se aporta el total del activo y del pasivo del empresario individual en régimen de renta presunta que se convierte, declarando expresamente que conforme a nuestra legislación tributaria vigente al tributar en régimen de renta presunta no está obligado a practicar balance general, en virtud de ello no se protocoliza balance alguno para efectos de esta conversión. En consecuencia, se da por suscrito y pagado el capital social. Administración: Corresponderá la Administración de la Sociedad a don HERNÁN HECHENLEITNER SUNKEL, o quien sus derechos represente, quien detentará dicha calidad en tanto no sea reemplazado por acuerdo adoptado por los accionistas de acuerdo a lo dispuesto en los presentes Estatutos, y quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y podrá actuar directamente o por intermedio de uno o más Apoderados designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad, conforme a las facultades que se señalan en la escritura extractada. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Llanquihue, 26 de febrero de 2021.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    OPA SpA

    CVE 2403352

  2. MODIFICACIÓN

    OPAS SpA

    CVE 2357164

  3. MODIFICACIÓN

    OPA SpA

    CVE 2229818

  4. CONSTITUCIÓN

    Opa SpA

    CVE 1906901

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)