Transportes Díaz Cabezas Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
sucesión quedada al fallecimiento de Sergio Olegario Cabezas Díaz Socio | - | - | - |
Representación legal (4)
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de septiembre de 1999
Se constituye Transportes Díaz Cabezas Limitada.
Sandra Lucía Cabezas Díaz · Roberto Jaime Cabezas Díaz · Gustavo Hernán Cabezas Díaz · Sergio Olegario Cabezas Díaz
- Fallecimiento
Fallece Sergio Olegario Cabezas Díaz.
- Sucesión
La sucesión de Sergio Olegario Cabezas Díaz queda integrada por Ximena de los Ángeles Chávez Bravo, Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez, Sergio Roberto Cabezas Chávez y Fernanda Ximena Cabezas Chávez.
Ximena de los Ángeles Chávez Bravo · Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez · Sergio Roberto Cabezas Chávez · Fernanda Ximena Cabezas Chávez
- Cesión de derechos· 14 de julio de 2017
Roberto Jaime Cabezas Díaz y la sucesión de Sergio Olegario Cabezas Díaz ceden la totalidad de sus derechos a Sandra Lucía Cabezas Díaz.
Roberto Jaime Cabezas Díaz · Sandra Lucía Cabezas Díaz · sucesión quedada al fallecimiento de Sergio Olegario Cabezas Díaz
Texto oficial del extracto
EUGENIA GOMEZ HERMOSILLA, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, don ALVIN HERNÁN SALDAÑA ABARCA, actuando en representación de doña Sandra Lucía Cabezas Díaz; don Roberto Jaime Cabezas Díaz; don Gustavo Hernán Cabezas Díaz; y la sucesión quedada al fallecimiento de don Sergio Olegario Cabezas Díaz, conformada por doña Ximena de los Ángeles Chávez Bravo, doña Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez, don Sergio Roberto Cabezas Chávez, y doña Fernanda Ximena Cabezas Chávez, viene en sanear modificación de sociedad, “TRANSPORTES DÍAZ CABEZAS LIMITADA” de fecha 14 de Julio de 2017, otorgada en esta Notaría, en virtud de lo establecido en la Ley número 19.499, por vicio relativo a la falta de oportuna publicación en Diario Oficial y de inscripción ante Conservador de Comercio de Rancagua del extracto respectivo, cuyo tenor es el siguiente: “EXTRACTOERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público titular de la Tercera Notaría de Rancagua, con oficio en Campos N° 377, CERTIFICA: Por escritura pública de hoy, ante mí Sandra Lucía Cabezas Díaz; don Roberto Jaime Cabezas Díaz; don Gustavo Hernán Cabezas Díaz; y la sucesión quedada al fallecimiento de don Sergio Olegario Cabezas Díaz, conformada por doña Ximena de los Ángeles Chávez Bravo, doña Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez, don Sergio Roberto Cabezas Chávez, y doña Fernanda Ximena Cabezas Chávez, modifican la sociedad “Transportes Díaz Cabezas Limitada”, Rut 77.358.100-2 constituida por escritura pública del 23 septiembre 1999, otorgada ante Notario de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fs.71 Nº 69 Registro de Comercio del año 1999 Conservador de Bienes Raíces de Rengo, en el sentido de: 1) Roberto Jaime Cabezas Díaz y la sucesión de don Sergio Olegario Cabezas Díaz venden, ceden y transfieren totalidad de sus derechos -10% de la totalidad de los derechos y haberes sociales cada uno- a doña Sandra Lucía Cabezas Díaz; 2) Valor total de la cesión es la suma de $28.000.000, de los cuales $14.000.000 corresponden a los derechos cedidos por cada cedente, pagaderos respecto de cada cedente en 14 cuotas mensuales y sucesivas de 37,4192857 Unidades de Fomento, a contar de 30 de Agosto de 2017; 3) Sociedad modificada es sucesora legal de la sociedad que se modifica de acuerdo Art. 69 del Código Tributario; y 4) En lo no modificado rige plenamente el estatuto social de la sociedad con las modificaciones que se han efectuado con anterioridad al otorgamiento de la presente escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 14 de Julio de 2017.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 22 de Febrero de 2018.
Información societaria
Representación legal (4)
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de septiembre de 1999
Constitución de Transportes Díaz Cabezas Limitada.
SANDRA LUCIA CABEZAS DIAZ · PABLO CONSTANTINO CHOLAKY CABEZAS · GUSTAVO HERNAN CABEZAS DIAZ
- Cesión de derechos· 14 de julio de 2017
Gustavo Hernán Cabezas Díaz cede y transfiere 8% a Sandra Lucía Cabezas Díaz y 2% a Pablo Constantino Cholaky Cabezas.
GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ · SANDRA LUCÍA CABEZAS DÍAZ · PABLO CONSTANTINO CHOLAKY CABEZAS
Texto oficial del extracto
JULIO CÉSAR MUÑOZ CANALES, Notario Público Suplente de Rengo, con oficio en calle Portales N° 102 B, CERTIFICA: Por escritura pública de hoy, ante mí, don ALVIN HERNÁN SALDAÑA ABARCA, actuando en representación de doña SANDRA LUCÍA CABEZAS DÍAZ, don PABLO CONSTANTINO CHOLAKY CABEZAS, y de don GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ, viene en sanear modificación de sociedad, “TRANSPORTES DÍAZ CABEZAS LIMITADA” de fecha 14 de Julio de 2017, otorgada en esta Notaria, cuyo extracto se publicó en Diario Oficial de fecha 07 de Septiembre de 2017; en virtud de lo establecido en la Ley número 19.499, por vicio relativo a la falta de oportuna inscripción del extracto ante Conservador de Comercio de Rancagua, extracto cuyo tenor es el siguiente: “EXTRACTOEDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ALVAREZ, Notario Público titular de Rengo, Portales N° 102-B, CERTIFICA: Por escritura pública de hoy, ante mí SANDRA LUCIA CABEZAS DIAZ, por si y en representación de la sociedad “TRANSPORTES DÍAZ CABEZAS LIMITADA”, don PABLO CONSTANTINO CHOLAKY CABEZAS y don GUSTAVO HERNAN CABEZAS DIAZ, modifican la sociedad “Transportes Díaz Cabezas Limitada”, Rut 77.358.100-2 constituida por escritura pública del 23 septiembre 1999, otorgada ante Notario de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fs.71Nº 69 Registro de Comercio del año 1999 Conservador de Bienes Raíces de Rengo, en el sentido de: 1) Gustavo Hernán Cabezas Díaz, cede y transfiere 8% a doña Sandra Lucía Cabezas Díaz y un 2% a don Pablo Constantino Cholaky Cabezas; 2) Valor cesión a doña Sandra Lucía Cabezas Díaz, la suma de $6.400.000 y el valor cesión a don Pablo Constantino Cholaky Cabezas, es de $1.600.000 que se paga en dinero efectivo y que los cedentes declaran recibir a su entera satisfacción; 3) Sociedad modificada es sucesora legal de la sociedad que se modifica de acuerdo Art. 69 del Código Tributario; y, 4) En lo no modificado rige plenamente el estatuto social de la sociedad con las modificaciones que se han efectuado con anterioridad al otorgamiento de la presente escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rengo, 14 de Julio de 2017.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rengo, 24 de enero de 2018.
Información societaria
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $28.000.000 |
Socio | - | - | - |
Ximena de los Ángeles Chávez Bravo Socio | - | - | - |
Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Fernanda Ximena Cabezas Chávez Socio | - | - | - |
Representación legal (3)
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de septiembre de 1999
Constitución de Transportes Díaz Cabezas Limitada
- Cesión de derechos· 30 de agosto de 2017
Roberto Jaime Cabezas Díaz y la sucesión de Sergio Olegario Cabezas Díaz ceden la totalidad de sus derechos a Sandra Lucía Cabezas Díaz
Roberto Jaime Cabezas Díaz · Sandra Lucía Cabezas Díaz · Sergio Olegario Cabezas Díaz
- Sucesión
Sucesión de Sergio Olegario Cabezas Díaz queda conformada por Ximena de los Ángeles Chávez Bravo, Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez, Sergio Roberto Cabezas Chávez y Fernanda Ximena Cabezas Chávez
Sergio Olegario Cabezas Díaz · Ximena de los Ángeles Chávez Bravo · Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez · Sergio Roberto Cabezas Chávez · Fernanda Ximena Cabezas Chávez
Texto oficial del extracto
XIMENA CARMONA TORRES, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Diciembre de 2017, ante mí; don ALVIN HERNÁN SALDAÑA ABARCA, actuando en representación de doña Sandra Lucía Cabezas Díaz; don Roberto Jaime Cabezas Díaz; y la sucesión quedada al fallecimiento de don Sergio Olegario Cabezas Díaz, conformada por doña Ximena de los Ángeles Chávez Bravo, doña Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez, don Sergio Roberto Cabezas Chávez, y doña Fernanda Ximena Cabezas Chávez, viene en sanear modificación de sociedad, “TRANSPORTES DÍAZ CABEZAS LIMITADA” de fecha 14 de Julio de 2017, otorgada en esta Notaría, en virtud de lo establecido en la Ley número 19.499, por vicio relativo a la falta de oportuna publicación en Diario Oficial y de inscripción ante Conservador de Comercio de Rancagua del extracto respectivo, cuyo tenor es el siguiente: “EXTRACTOERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público titular de la Tercera Notaría de Rancagua, con oficio en Campos N° 377, CERTIFICA: Por escritura pública de hoy, ante mí, Sandra Lucía Cabezas Díaz; don Roberto Jaime Cabezas Díaz; y la sucesión quedada al fallecimiento de don Sergio Olegario Cabezas Díaz, conformada por doña Ximena de los Ángeles Chávez Bravo, doña Daniela de los Ángeles Cabezas Chávez, don Sergio Roberto Cabezas Chávez, y doña Fernanda Ximena Cabezas Chávez, modifican la sociedad “Transportes Díaz Cabezas Limitada”, Rut 77.358.100-2 constituida por escritura pública del 23 septiembre 1999, otorgada ante Notario de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fs.71 Nº 69 Registro de Comercio del año 1999 Conservador de Bienes Raíces de Rengo, en el sentido de: 1) Roberto Jaime Cabezas Díaz y la sucesión de don Sergio Olegario Cabezas Díaz venden, ceden y transfieren totalidad de sus derechos -10% de la totalidad de los derechos y haberes sociales cada uno- a doña Sandra Lucía Cabezas Díaz; 2) Valor total de la cesión es la suma de $28.000.000, de los cuales $14.000.000 corresponden a los derechos cedidos por cada cedente, pagaderos respecto de cada cedente en 14 cuotas mensuales y sucesivas de 37,4192857 Unidades de Fomento, a contar de 30 de Agosto de 2017; 3) Sociedad modificada es sucesora legal de la sociedad que se modifica de acuerdo Art. 69 del Código Tributario; y 4) En lo no modificado rige plenamente el estatuto social de la sociedad con las modificaciones que se han efectuado con anterioridad al otorgamiento de la presente escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 14 de Julio de 2017.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 29 de Diciembre de 2017.
Información societaria
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 8% | $6.400.000 |
Pablo Constantino Cholaky Cabezas Socio | - | 2% | $1.600.000 |
Socio | - | - | - |
Representación legal (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de septiembre de 1999
Constitución de la sociedad Transportes Díaz Cabezas Limitada.
- Otro acto
Gustavo Hernán Cabezas Díaz cede y transfiere 8% a Sandra Lucía Cabezas Díaz y 2% a Pablo Constantino Cholaky Cabezas.
Gustavo Hernán Cabezas Díaz · Sandra Lucía Cabezas Díaz · Pablo Constantino Cholaky Cabezas
Texto oficial del extracto
EDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ALVAREZ, Notario Público titular de Rengo, con oficio en Portales N° 102-B, CERTIFICA: Por escritura pública de hoy, ante mí SANDRA LUCIA CABEZAS DIAZ, por si y en representación de la sociedad “TRANSPORTES DÍAZ CABEZAS LIMITADA”, don PABLO CONSTANTINO CHOLAKY CABEZAS y don GUSTAVO HERNAN CABEZAS DIAZ, modifican la sociedad “ Transportes Díaz Cabezas Limitada”, Rut 77.358.100-2 constituida por escritura pública del 23 septiembre 1999, otorgada ante Notario de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fs.71Nº 69 Registro de Comercio del año 1999 Conservador de Bienes Raíces de Rengo, en el sentido de: 1) Gustavo Hernán Cabezas Díaz, cede y transfiere 8% a doña Sandra Lucía Cabezas Díaz y un 2% a don Pablo Constantino Cholaky Cabezas; 2) Valor cesión a doña Sandra Lucía Cabezas Díaz, la suma de $6.400.000 y el valor cesión a don Pablo Constantino Cholaky Cabezas, es de $1.600.000 que se paga en dinero efectivo y que los cedentes declaran recibir a su entera satisfacción; 3) Sociedad modificada es sucesora legal de la sociedad que se modifica de acuerdo Art. 69 del Código Tributario; y, 4) En lo no modificado rige plenamente el estatuto social de la sociedad con las modificaciones que se han efectuado con anterioridad al otorgamiento de la presente escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rengo, 14 de julio de 2017.
Actuaciones recientes
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