Kunstmann Spiess Abogados Limtada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo prestar servicios de asesoría profesional en materias legales, tributarias, contables, financieras, económicas, así como cualquier otro servicio o asesoría profesional que acuerden los socios; para los efectos de resguardar el patrimonio social, la Sociedad podrá invertir los ingresos y excedentes generados en la prestación de los servicios del giro en depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, instrumentos de deuda de corto plazo, entre otros; y desarrollar otras actividades complementarias al giro que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 29 novembre 2022
INVERSIONES POLIEDRO SpA cede el 40% de sus derechos sociales a MAX SPIESS HENRÍQUEZ.
- Cession de droits· 29 novembre 2022
SPIESS ABOGADOS SpA cede el 40% de sus derechos sociales a MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO.
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2022, repertorio N° 61.378, ante mí MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES POLIEDRO SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida San Josemaría Escrivá de Balaguer N° 9.205, departamento N° 601, Torre Sur, comuna de Vitacura, Santiago; y MAX SPIESS HENRÍQUEZ, por sí y en representación de la sociedad SPIESS ABOGADOS SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N° 3.456, departamento N°52, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad KUNSTMANN SPIESS ABOGADOS LIMTADA, inscrita a fojas 31.303, N° 14.395 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (en adelante, la “Sociedad”) en los siguientes términos: (1) INVERSIONES POLIEDRO SpA, debidamente representada, con la autorización expresa de los demás socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere al señor MAX SPIESS HENRÍQUEZ, quien compa acepta y adquiere para sí el 40% de los derechos sociales en la Sociedad; y SPIESS ABOGADOS SpA, debidamente representada, con la autorización expresa de los demás socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere al señor MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO, quien compra acepta y adquiere para sí el 40% de los derechos sociales en la Sociedad. Con motivo de las compraventas y cesiones de derechos mencionadas, se retiraron de la Sociedad las sociedades INVERSIONES POLIEDRO SpA y SPIESS ABOGADOS SpA, quedando como únicos socios de la Sociedad los señores MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO y MAX SPIESS HENRÍQUEZ. (2) Se modifican los artículos tercero, quinto, octavo y noveno de los estatutos sociales. A continuación, se procede a extractar los artículos tercero y quinto: (a) “TERCERO: OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto exclusivo prestar servicios de asesoría profesional en materias legales, tributarias, contables, financieras, económicas, así como cualquier otro servicio o asesoría profesional que acuerden los socios; para los efectos de resguardar el patrimonio social, la Sociedad podrá invertir los ingresos y excedentes generados en la prestación de los servicios del giro en depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, instrumentos de deuda de corto plazo, entre otros; y desarrollar otras actividades complementarias al giro que los socios acuerden.”; y (b) “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, el cual se aporta de la siguiente forma: (a) MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, el cual se encuentra íntegramente pagado; y (b) MAX SPIESS HENRÍQUEZ aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, el cual se encuentra íntegramente pagado.”. (3) Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales, hasta el monto de sus respectivos aportes. (4) En todo aquello no modificado sigue vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
KUNSTMANN SPIESS ABOGADOS LIMTADA
CVE 2238951
