Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Eléctrico Interconectado del Norte Grande CDEC-SING Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$253.681.932
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 88.006.900-4 | 88.006.900-4 | - | $42.280.322 |
Socio 94.272.000-9 | 94.272.000-9 | - | $42.280.322 |
Socio 96.678.770-8 | 96.678.770-8 | - | $42.280.322 |
Socio 76.555.400-4 | 76.555.400-4 | - | $42.280.322 |
Socio 78.932.860-9 | 78.932.860-9 | - | $84.560.644 |
Representación legal (6)
Andrés Kulhmann Jahn
Humberto Espejo Pelaz
Vicente Javier Giorgio
Vicente Javier Giorgio
Axel Levêque
Enzo Quezada Zapata
Texto oficial del extracto
MARÍA LORETO ZALDIVAR GRASS, abogado, Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna Titular de la 18° Notaria de Santiago, domiciliado en Bandera 341, oficina 857, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de diciembre de 2016, repertorio número 19.244-2016, ante mí, don Andrés Kulhmann Jahn, Cédula Nacional de Identidad número 6.554.568-3; en representación de Transelec S.A., Rol Único Tributario Número 76.555.400-4; ambos domiciliados en Orinoco 90, comuna de Las Condes; don Humberto Espejo Pelaz, Cédula Nacional de Identidad número 11.629.179-7, en representación de GasAtacama Chile S.A. Rol Único Tributario Número 78.932.860-9,ambos domiciliados en Santa Rosa 76, piso 13, comuna de Santiago; don Vicente Javier Giorgio Cédula de Identidad para extranjeros número 23.202.332, en representación de Aes Gener S.A., Rol Único Tributario Número 94.272.000-9 y de Norgener SpA Rol Único Tributario Número 96.678.770-8, todos domiciliados en Rosario Norte número 532, piso 19, comuna de Las Condes; Axel Levêque, Cedula de Identidad para extranjeros número 14.710.940-10 y Enzo Quezada Zapata Cedula Nacional de Identidad número 9.409.711-8, ambos en representación de Engie Energía Chile S.A., Rol Único Tributario Número 88.006.900-4, todos domiciliados en Avenida Apoquindo número 3.721, comuna de Las Condes. Acordaron modificar la sociedad Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Eléctrico Interconectado del Norte Grande CDEC-SING Limitada, inscrita a fojas 20134, número 16006 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999, en adelante, la “Sociedad”, en los siguientes términos: 1) Disminución del capital social. Los Socios, debidamente representados y en su calidad de únicos socios de la Sociedad, por el presente acto acuerdan disminuir el capital de la Sociedad en la cantidad de $1.156.885.614, esto es, de la cantidad de $1.410.567.546 a la cantidad de $253.681.932. La disminución de capital acordada, se llevará a cabo mediante la restitución de dicha cantidad a los Socios de la Sociedad, en la proporción de un sexto de dicha suma para los Socios Engie Energía Chile S.A, AES Gener S.A., Norgener SpA y Transelec S,A y dos sextos para el socio Gasatacama Chile S.A. Consecuentemente, a los Socios Engie Energía Chile S.A, AES Gener S.A., Norgener SpA y Transelec S,A se le restituirán ciento noventa y dos millones ochocientos catorce mil doscientos sesenta y nueve pesos y al socio Gasatacama Chile S.A. se le restituirá trescientos ochenta y cinco millones seiscientos veintiocho mil quinientos treinta y ocho pesos. La o las restituciones de capital se efectuarán dentro del plazo de treinta días contado desde esta fecha, en la forma y oportunidad que los Socios lo acuerden. Además, la devolución de capital podrá cumplirse compensando la respectiva suma con cualquier obligación que el socio adeude a la Sociedad, en la medida que ambas obligaciones sean líquidas y exigibles al momento de la compensación. 2) Como consecuencia de lo anterior, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales, estableciéndose que: “CUARTO: El capital de la Sociedad será de $253.681.932, que los Socios aportan y enteran, en dinero efectivo y por partes iguales a la caja social, a razón de un sexto del capital cada uno, equivalente a la suma de cuarenta y dos millones doscientos ochenta mil trescientos veintidós pesos. en el caso de los Socios Engie Energía Chile S.A, AES Gener S.A., Norgener SpA y Transelec S,A y de dos sextos del capital social, equivalente a la suma de ochenta y cuatro millones quinientos sesenta mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos tratándose de Gasatacama Chile S.A”. 3) Modificación Facultades de Administración de la Sociedad. Los Socios, debidamente representados, en su calidad de únicos socios de la Sociedad, acordaron modificar la cláusula Sexta de los Estatutos Sociales relativa a la Administración de la Sociedad, en el sentido de agregar a las facultades actuales de administración y disposición del Director Ejecutivo enumeradas en los estatutos sociales, la facultad Número VEINTIDOS, consistente en: “VEINTIDOS: Para efectos de lo establecido en la Ley Número veinte mil novecientos treinta y seis que establece un Nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y crea un Organismo Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional y a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Número cuatro / veinte mil dieciocho de dos mil seis, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley Número Uno, de Minería, de mil novecientos ochenta y dos, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, el Director Ejecutivo podrá realizar todo tipo de actuaciones y celebrar todos los actos o contratos, ante todo tipo de personas, organismos, instituciones, con el objeto de transferir, a título gratuito u oneroso, el uso, goce o disposición del sistema SCADA y otros activos esenciales de la Sociedad, declarados así por la Comisión Nacional de Energía, al Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional. Así, para el cumplimiento de lo anterior, el Director Ejecutivo podrá celebrar todo tipo de actos o contratos con el Consejo Directivo, el Presidente, el Director Ejecutivo, los ejecutivos, gerentes, apoderados o representantes del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional. En lo no modificado, se mantiene vigente el estatuto social original y sus modificaciones, en especial la limitación de responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
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CVE 1161556
