Nano Quantum Group SpA
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PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que con fecha 14-01-2025, ante mi ante mi don FRANCISCO JAVIER NAVARRETE YÉVENES, chileno, abogado, cédula de identidad número quince millones novecientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y nueve guion K, domiciliado en calle la capitanía número seiscientos sesenta y dos, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de mandatario debidamente facultado para estos efectos, redujo con fecha de hoy Acta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad NANO QUANTUM GROUP SpA celebrada con fecha 7 de enero de 2025, bajo el repertorio N°324/2025, de conformidad a lo que se extracta: Los accionistas acordaron aumentar el capital de la sociedad , reemplazando de los estatutos sociales el artículo quinto y artículo primero transitorio, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil ochocientos ocho millones ciento cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y un pesos, dividido en trescientas setenta y un mil ciento setenta y seis acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, de las cuales trescientas cincuenta y seis mil trescientas veintinueve acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, y catorce mil ochocientas cuarenta y siete acciones serán suscritas y pagadas conforme a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social asciende a la suma de mil ochocientos ocho millones ciento cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y un pesos, dividido en trescientas setenta y un mil ciento setenta y seis acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, de las cuales catorce mil ochocientas cuarenta y siete acciones a emitir quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas en dinero efectivo o en bienes y servicios valorados, dentro de un plazo máximo de seis meses contados desde esta fecha. En virtud de lo anterior, una vez vencidos estos plazos, el capital social será reducido de pleno derecho y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. 15 de enero de 2025. Patricio Corominas Mellado, Notario Público Titular.
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PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que:, ante mi don FRANCISCO JAVIER NAVARRETE YÉVENES, chileno, abogado, cédula de identidad número quince millones novecientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y nueve guión K, domiciliado en calle la capitanía número seiscientos sesenta y dos, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de mandatario debidamente facultado para estos efectos, redujo con fecha de hoy Acta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad NANO QUANTUM GROUP SpA celebrada con fecha 12 de noviembre de 2024, bajo el repertorio N°114/2025, de conformidad a lo que se extracta:Los accionistas acordaron aumentar el capital de la sociedad , reemplazando de los estatutos sociales el artículo quinto y artículo primero transitorio, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil trescientos ocho millones novecientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y un pesos, dividido en trescientas cincuenta y seis mil trescientas veintinueve acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, de las cuales trescientas treinta y siete mil ochocientas acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, y dieciocho mil quinientas veintinueve acciones serán suscritas y pagadas conforme a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social asciende a la suma de mil trescientos ocho millones novecientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y un pesos, dividido en trescientas cincuenta y seis mil trescientas veintinueve acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, las cuales dieciocho mil quinientas veintinueve acciones a emitir quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas en dinero efectivo o en bienes y servicios valorados, dentro de un plazo máximo de seis meses contados desde esta fecha. En virtud de lo anterior, una vez vencidos estos plazos, el capital social será reducido de pleno derecho y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Lo Barnechea 07 de enero del 2024. Patricio Corominas Mellado, Notario Publico Titular.
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PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con Oficio en Avenida La Dehesa N° 1201, local 101, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de abril del año 2024 repertorio N° 2.302/2024, ante mí, se redujo el acta de junta extraordinaria de accionistas de la compañía “NANO QUANTUM GROUP SpA”, los accionistas de esta última reformaron sus estatutos sociales, modificando el órgano de administración, pasando a ser este nuevo órgano un Directorio formado por tres personas, modificándose el Título Tercero “DE LA ADMINISTRACIÓN”, en sus artículos, séptimo, octavo, noveno y décimo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de abril de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.
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PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que: por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2024, repertorio N°1.816/2024, ante mi Francisco Javier Navarrete Yévenes, abogado, C.I. N° quince millones novecientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y nueve guión k , domiciliado para estos efectos en calle La Capitanía N° seiscientos sesenta y dos, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de mandatario, viene en rectificar la modificación de la sociedad NANO QUANTUM GROUP SpA, RUT N° 77.324.911-3, inscrita a fj. 19794, número 8609, del Registro de Comercio del conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, habiéndose incurrido en un error involuntario en el número de acciones emitidas en el artículo tercero, artículo quinto, y en el artículo primero transitorio de la escritura de modificación social, debiendo reemplazarse los mentados artículos en base a lo que a continuación se extracta: TERCERO: Aumento de Capital. En conformidad con lo dispuesto en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, y en atención a que comparecen la totalidad de los Accionistas de la Sociedad, estos últimos vienen en efectuar un aumento de capital en la Sociedad con el objeto de permitir el ingreso de nuevos accionistas de la Sociedad, quienes podrán aportar a esta última los recursos necesarios para financiar las operaciones, el plan de medios y la estrategia de expansión comercial del año dos mil veinticuatro según lo acordado por los administradores sociales. El aumento de capital constará de los siguientes términos: /a/ El capital de la Sociedad asciende actualmente a la suma de tres millones de pesos dividido en trescientas mil acciones ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.- las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a esta fecha.- Asimismo, se hace presente que a la fecha no existen reservas sociales provenientes de utilidades o revalorizaciones legales adicionales, ni otros fondos susceptibles de ser capitalizados en forma previa al aumento propuesto, por lo cual el capital social actual de la Sociedad y señalado precedentemente es el que debe servir de base para las deliberaciones respecto del aumento de capital, todo de conformidad con el artículo diecinueve del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas, cuyas normas son supletoriamente atingentes a la Sociedad.- /b/ El aumento de capital se efectuará por la suma de ochocientos veinticinco millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos , el que se pagará con la emisión de treinta y siete mil ochocientas nuevas acciones, nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, las cuales podrán pagarse en virtud de créditos que se tengan contra la Sociedad, pagadas en dinero efectivo o en bienes y servicios valorados, el cual deberá efectuarse dentro de un plazo de cuatro meses siguientes a esta fecha.- /c/ Por consiguiente, el nuevo capital de la Sociedad asciende a la suma de ochocientos veintiocho millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos , dividido en un total de trescientas treinta siete mil ochocientas acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes.- /d/ Por el presente instrumento los Accionistas vienen en renunciar expresamente a su derecho de suscripción preferente, con el objeto de ofrecer las acciones recientemente emitidas en favor de los Inversionistas. El aumento de capital propuesto es por la cantidad de ochocientos veinticinco millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos.-, el que se pagará con la emisión de treinta siete mil ochocientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las cuales quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago. Las acciones a emitir quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas en dinero efectivo o en bienes y servicios valorados, dentro de un plazo máximo de cuatro meses contados desde esta fecha. En virtud de lo anterior, una vez vencidos estos plazos, el capital social será reducido de pleno derecho y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad.- “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de ochocientos veintiocho millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos, dividido en trescientas treinta siete mil ochocientas acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, de las cuales trescientas mil acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, y treinta y siete mil ochocientas acciones serán suscritas y pagadas conforme a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social asciende a la suma de ochocientos veintiocho millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos, dividido en trescientas treinta siete mil ochocientas acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, las cuales treinta y siete mil ochocientas acciones a emitir quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas en dinero efectivo o en bienes y servicios valorados, dentro de un plazo máximo de cuatro meses contados desde esta fecha. En virtud de lo anterior, una vez vencidos estos plazos, el capital social será reducido de pleno derecho y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.
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Total capital
$828.876.485
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$3.000.000
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$825.876.485
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337,326
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 13.xxx.xxx-0 | 13.xxx.xxx-0 | 50% | - |
Accionista 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 50% | - |
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PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que: por escritura pública de fecha 15 de febrero de 2024, repertorio N°1081/2024, ante mi suplente doña ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Fernando Andrés Aguilera Mora, también conocido como Fernando Aguilera Mora, Chileno, Casado, empresario, C.I. N° trece millones trescientos treinta y nueve mil setecientos cuarenta y cinco guión cero y don Fernando Raúl Blaitt Uribe, Chileno, Divorciado, Empresario, C.I. N° nueve millones trescientos ochenta y siete mil setecientos ochenta y nueve guión seis, ambos domiciliados para estos efectos en calle Santa Luz de Colina , parcela catorce, Chicureo, Comuna de Colina, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios acordaron modificar la sociedad NANO QUANTUM GROUP SpA, RUT N° 77.324.911-3, inscrita a fj. 9827, número 4444, del Registro de Comercio del conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, de conformidad a lo que se extracta: Uno. Los Accionistas han aprobado un canje de acciones pasando de la cantidad de 3000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal a la cantidad de 300.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, emitiéndose 100 nuevas acciones por cada acción ordinaria existente a la fecha.- Nueva participación accionaria (i) Fernando Andrés Aguilera Mora, titular de 150.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalente al 50% del capital accionario de la Sociedad, bajo un escenario de total dilución; (ii) Fernando Raúl Blaitt Uribe, titular de 150.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalente al 50% del capital accionario de la Sociedad, bajo un escenario de total dilución. Total.- 300.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes al 100% del capital accionario de la Sociedad. Dos. Fernando Andrés Aguilera Mora y Fernando Raúl Blaitt Uribe, en su calidad de actuales y únicos socios acuerdan aumentar el capital social con el objeto de permitir el ingreso de nuevos accionistas de la Sociedad, siendo el aumento de capital por la suma de $825.876.485, el que se pagará con la emisión de 37.326 nuevas acciones, nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, siendo el nuevo capital la suma de $828.876.485, dividido en un total de 337.326 acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes.- Tres. Se reforman los estatutos, quedan el artículo quinto y el artículo transitorio como sigue: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de ochocientos veintiocho millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos, dividido en trescientas treinta siete mil trescientas veintiséis acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, de las cuales trescientas mil acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, y treinta y siete mil trescientas veintiséis acciones serán suscritas y pagadas conforme a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social asciende a la suma de ochocientos veintiocho millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos, dividido en trescientas treinta siete mil trescientas veintiséis acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, las cuales treinta y siete mil trescientas veinte seis acciones a emitir quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas en dinero efectivo o en bienes y servicios valorados, dentro de un plazo máximo de cuatro meses contados desde esta fecha. En virtud de lo anterior, una vez vencidos estos plazos, el capital social será reducido de pleno derecho y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad.”. Cuatro. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de febrero de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.
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la realización por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del territorio nacional, las siguientes actividades: a) importación, exportación, producción, fabricación, distribución, comercialización, compra, venta, almacenamiento o depósito, de partículas de nanomateriales, y de toda clase de bienes o productos relacionados con la nanotecnología y la minería en general. b) Investigación, promoción de investigación, desarrollo, inscripción, comercialización, de patentes industriales y marcas que diga relación a toda clase de bienes o productos relacionados con la nanotecnología y la minería en general. c) Asesoramiento empresarial de todo tipo relacionado con Tecnologías y Nanotecnologías. d) inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas y/o por acciones, derechos sociales, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privados o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de éstas inversiones y sus frutos; e) celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad.
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shares
3,000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
ADRIANA MARCELA URIBE DARRIGRANDI Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
CLAUDIA DEL PILAR SOTO CAVIERES Accionista | - | - | - |
Administrators (3)
ADRIANA MARCELA URIBE DARRIGRANDI
CLAUDIA DEL PILAR SOTO CAVIERES
Official extract text
Maria Fernanda de los Santos Ferraz, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, Certifico: por escritura de fecha 12 de enero de 2021, ante mi, ADRIANA MARCELA URIBE DARRIGRANDI, contador, domiciliada en Camino Las Vertientes N° 1.356, comuna de Las Condes, Santiago; SHEN HSIEH, ingeniero civil, domiciliado en General del Canto N° 501, Oficina 701, comuna de Providencia, Santiago, CLAUDIA DEL PILAR SOTO CAVIERES, empresaria, domiciliada en Hermanos Carrera, Calle Uno, casa 19, comuna de El Monte, Santiago, de paso en ésta, constituyeron Sociedad por Acciones, que se regirá por estatuto que se extracta y por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y, en silencio de éstos, se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Nombre: El nombre de la sociedad es “NANO QUANTUM GROUP SpA”, nombre de fantasía ante instituciones bancarias y de cualquier otra índole, sean nacionales o extranjeras NANO-Q y/o N-QUANTUM. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que pueda establecer en otros puntos del país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: la realización por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del territorio nacional, las siguientes actividades: a) importación, exportación, producción, fabricación, distribución, comercialización, compra, venta, almacenamiento o depósito, de partículas de nanomateriales, y de toda clase de bienes o productos relacionados con la nanotecnología y la minería en general. b) Investigación, promoción de investigación, desarrollo, inscripción, comercialización, de patentes industriales y marcas que diga relación a toda clase de bienes o productos relacionados con la nanotecnología y la minería en general. c) Asesoramiento empresarial de todo tipo relacionado con Tecnologías y Nanotecnologías. d) inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas y/o por acciones, derechos sociales, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privados o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de éstas inversiones y sus frutos; e) celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Capital: $3.000.000.-, íntegramente suscrito y pagado, dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la Ley. Responsabilidad accionistas: Limitada hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración: Por uno o más administradores, designado por accionistas. En artículo tercero transitorio se designó como administrador de la sociedad a ADRIANA MARCELA URIBE DARRIGRANDI, SHEN HSIEH, y CLAUDIA DEL PILAR SOTO CAVIERES, con amplias facultades y actuando de la siguiente forma: los administradores, para el desempeño de su encargo deberán actuar dos en forma conjunta, doña ADRIANA MARCELA URIBE DARRIGRANDI, con cualquiera de los otros dos administradores indistintamente. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2021.
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NANO QUANTUM GROUP SpA
CVE 2598674
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CVE 2595690
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CVE 2464847
