Persep Seguridad Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$9.500.000
Capital integralizado
$9.500.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JORGE GUILLERMO GUERRA GONZÁLEZ Socio 19.xxx.xxx-6 | 19.xxx.xxx-6 | 46% | $4.370.000 |
GONZALO JOSÉ PÉREZ-COTAPOS SUBERCASEAUX Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | 34% | $3.230.000 |
Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 20% | $1.900.000 |
Administradores (4)
JORGE GUILLERMO GUERRA GONZÁLEZ
NELLY DEL CARMEN GONZÁLEZ AGÜERO
GONZALO JOSÉ PÉREZ-COTAPOS SUBERCASEAUX
Histórico societário relatado
- Constituição· 19 de fevereiro de 2019
Se constituye la sociedad Persep Seguridad Limitada por instrumento electrónico del Registro Electrónico de Empresas y Sociedades.
- Outro ato· 15 de junho de 2023
La sociedad migra al sistema tradicional e inscribe su traspaso en el Registro de Comercio.
- Cessão de direitos· 13 de julho de 2023
Jorge Guillermo Guerra González cede un 4% de sus derechos a José Octavio González Agüero.
JORGE GUILLERMO GUERRA GONZÁLEZ · JOSÉ OCTAVIO GONZALEZ AGÜERO
- Cessão de direitos· 13 de julho de 2023
Nelly del Carmen González Agüero cede un 34% de sus derechos a Gonzalo José Pérez-Cotapos Subercaseux.
NELLY DEL CARMEN GONZÁLEZ AGÜERO · GONZALO JOSÉ PÉREZ-COTAPOS SUBERCASEAUX
- Cessão de direitos· 13 de julho de 2023
Nelly del Carmen González Agüero cede un 16% de sus derechos a José Octavio González Agüero.
NELLY DEL CARMEN GONZÁLEZ AGÜERO · JOSÉ OCTAVIO GONZALEZ AGÜERO
Texto oficial do extrato
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Abogado, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia 1777, certifico que: Por escritura pública de fecha 13 de julio de 2023, repertorio Nº4040/2023, ante mí, don JORGE GUILLERMO GUERRA GONZÁLEZ, C.N.I. N° 19.031.669-6, doña NELLY DEL CARMEN GONZÁLEZ AGÜERO, C.N.I. N.º 11.014.600-0, ambos domiciliados en Avenida Consistorial N.º 1290, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, don GONZALO JOSÉ PÉREZ-COTAPOS SUBERCASEAUX, C.I. No. 10.854.651-4, domiciliado en Camino La Viña No. 12442, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y don JOSÉ OCTAVIO GONZALEZ AGÜERO, C.I. No. 7.540.617-7, domiciliado en Pasaje 9 No. 1529, El Estanque, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, modificaron la sociedad PERSEP SEGURIDAD LIMITADA, constituida por instrumento electrónico del Registro Electrónico de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, con fecha 19 de febrero de 2019, y que con fecha 15 de junio de 2023, migró la sociedad al sistema tradicional, inscrita a fojas 53.192 No. 23209 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Santiago del año 2023, Modificación: don JORGE GUILLERMO GUERRA GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere un 4% de sus derechos en la sociedad Persep Seguridad Limitada a don JOSÉ OCTAVIO GONZÁLEZ AGÜERO, quien compra, acepta y adquiere para si. El precio de la cesión es de $1.000.000, suma pagada al contado con anterioridad a este acto. También doña NELLY DEL CARMEN GONZÁLEZ AGÜERO vende, cede y transfiere un 34% de sus derechos en la sociedad Persep Seguridad Limitada, a don GONZALO JOSÉ PERÉZ-COTAPOS SUBERCASEUX, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es de $4.000.000, suma pagada al contado con anterioridad en este acto. También doña NELLY DEL CARMEN GONZÁLEZ AGÜERO vende, cede y transfiere un 16% de sus derechos en la sociedad Persep Seguridad Limitada a don JOSÉ OCTAVIO GONZÁLEZ AGÜERO, quien compra, acepta y adquiere para sí .El precio de la cesión es de $1.000.000 suma pagada al contado con anterioridad a este acto. Como consecuencia de la venta y cesión de acciones quedan como únicos y actuales socios de la sociedad don JORGE GUILLERMO GUERRA GONZÁLEZ, titular del 46% por ciento de los derechos sociales, don GONZALO JOSÉ PERÉZ-COTAPOS SUBERCASEAUX, titular del 34% de los derechos sociales, y don JOSÉ OCTAVIO GONZÁLEZ AGÜERO, titular del 20% de los derechos sociales. Asimismo, modifican el artículo séptimo del pacto social, relativo a la administración, en tal sentido que la administración, representación, uso de la razón social corresponderá a cada uno de los socios referidos, actuando de forma conjunta, separada o indistintamente, quienes tendrás todas y cada de las facultades, salvo limitaciones indicadas en la escritura. También de común acuerdo vienen en modificar la sociedad aumentando el capital social de $3.500.000 a la suma de $9.500.000, los que se pagan de la siguiente forma: a) don Jorge Guillermo Guerra González, aporta la suma de $4.370.000 equivalentes al 46% de los derechos sociales, en dinero en efectivo, aportado y pagado con anterioridad a este acto; b) don Gonzalo José Pérez-Cotapos Subercaseux aporta la suma de $3.230.000 equivalente a un 34% de los derechos sociales, en dinero en efectivo aportado y pagado con anterioridad a este acto y, c) don José Octavio González Agüero aporta la suma de $1.900.000, equivalentes a un 20% de los derechos sociales en dinero en efectivo, aportado y pagado con anterioridad a este acto. Las utilidades y eventualidades perdidas de la sociedad se distribuirán entre los socios en la forma que de común acuerdo ellos mismos determinen o a falta de acuerdo, en proporción a sus respectivas cuotas en el capital social. El capital de la sociedad es de $9.500.0000. Duración: Indefinida. Se deroga el Articulo 8, 9, 10, 11 y se crea un nuevo Artículo 8 correlativo “De La No Competencia”, un nuevo artículo 9 correlativo, “Del Balance”, un nuevo artículo 10 correlativo “De las Utilidades”, y un nuevo artículo 11 correlativo “De los Retiros”. Se crea un nuevo Artículo 12 correlativo, “Del Fallecimiento, incapacidad e Insolvencia”; se crea un nuevo artículo 13 correlativo, “De la Disolución”; se crea un nuevo Articulo 14 correlativo “De la Liquidación”; se crea un nuevo Artículo 15, “Del Arbitraje”; se crea un nuevo Artículo 16, “Del Domicilio”. Se dicta Estatuto Refundido. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de julio de 2023.cvo.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
PERSEP SEGURIDAD LIMITADA
CVE 2360722
