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Sociedad por Acciones77.290.538-6

La Hacienda SpA

MODIFICACIÓN — 22 may 2023

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-05-22Ver PDF (CVE 2317885)

Información societaria

SpA
Administración: Administrador

Socios (1)

NombreParticipación

Sebastián Andrés Gutiérrez Pardo

Accionista

15.xxx.xxx-0

-

Administradores (1)

SEBASTIAN ANDRES GUTIEREZ PARDO

15.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial del extracto

FELIX JARA CADOT, abogado, Notario Público Titular de la 41ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 1160, su bsuelo, comuna y ciudad de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública suscrita ante mí el 24 de abril de 2023, anotada en el Repertorio con el N° 10.025-2023, comp areció: SERGIO FERNANDO PONCE MUÑOZ, abogado, RUN. 10.268.675-6, Huérfanos 1555, oficina 316, Santiago, reduce a escritura pública CUARTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de fecha 18 de abril de 2023, de la sociedad “LA HACIENDA SpA.” RUT. 77.290.538-6, inscrita a Fs. 89708, N° 43153 e n el Registro de Comercio del Año 2020 del Conservador de Santiago. El Sr. Presidente y único accionista don Sebastián Andrés Gutiérrez Pardo, RUN. 15.351.021-0, da por instalada la junta y abierta la sesión con el objeto de someter a aprobación la modificación del texto del artículo Décimo Quinto por el siguiente: “DECIMO QUINTO: La administración de la sociedad, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá al administrador de la sociedad, don SEBASTIAN ANDRES GUTIEREZ PARDO, quien, anteponiendo el nombre de la sociedad a su firma, actuará por la sociedad, ostentando las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, podrán: a) Comprar, prometer comprar y adquirir a cualquier título y tomar en arrendamiento, bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluyendo todo tipo de títulos de crédito, efectos de comercio, acciones y valores mobiliarios; venderlos y enajenarlos a cualquier título oneroso, darlos en arrendamiento y gravarlos con usufructos, servidumbre, prohibiciones, hipotecas o prendas de cualquier clase; fijar precios, plazos, cabidas y deslindes, condiciones o cualesquiera otras modalidades de los contratos y actos mencionados; novar, pactar cláusulas penales, renunciar a la acción resolutoria; aceptar, posponer, cancelar y alzar hipotecas y otros gravámenes; invertir los recursos de la sociedad en la forma que estime conveniente; comprometer y designar árbitros, pudiendo otorgarles facultades de arbitradores; y, en general, extinguir obligaciones por cualquier medio legal; además con amplias facultades para auto contratar; b) Nombrar y remover al personal de la sociedad, fijarles sus atribuciones y remuneraciones, funciones y deberes; celebrar, modificar y poner término a contratos de trabajo, individuales o colectivos, y de arrendamiento de servicios; c) Celebrar contratos de confección de obras materiales muebles e inmuebles, de arrendamiento de cosas y de servicios, de construcción, de comodato, de transporte y de fletamento, de seguro, de comisión, de agencias, de representación, de cambio, de avíos y de igualas, o de cualesquiera otras clases, modificar dichos contratos, resolverlos, desahuciarlos y, en general, ponerles términos de cualquier forma. Celebrar contratos de leasing, factoring y con todas las modalidades propias de éstos; e) Concurrir a la constitución de sociedades civiles y comerciales de cualquier clase, de asociaciones o cuentas en participación, de corporaciones y de cooperativas; ingresar a sociedades, asociaciones, corporaciones o cooperativas ya constituidas; obligar a la sociedad como simple socio, socio gestor o socio comanditario de sociedades encomanditas, gestor de asociaciones, socio administrador, accionista o miembro; participar en los Directorios, Asambleas y Juntas de las personas jurídicas de que forme parte con voz y voto y con todos los derechos que se señalen en los estatutos de la respectiva persona jurídica y la Ley; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de esas personas jurídicas; f) Cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad, cualquiera sea su forma de pago, dinero en efectivo, cheques, transferencias bancarias, pagarés, letras de cambio y otros documentos mercantiles, otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; g) Afianzar, constituir a la sociedad en codeudor solidario y, en general, caucionar obligaciones ajenas, sea mediante garantías personales o reales, tales como hipotecas y prendas de cualquier especie, con o sin desplazamiento, incluidas las obligaciones de socios o de aquellas sociedades, asociaciones o entidades de que la sociedad sea socio, accionista o miembro; h) Dar o tomar préstamos o créditos, con o sin reajustes o intereses, en el país o en el extranjero, en moneda nacional o extranjera, en forma de mutuos, pagarés, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuenta corriente o en cualesquiera otras formas; hacer o retirar depósitos en dinero, especies o valores, a la vista o a plazos; abrir, cerrar, mantener y operar cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósitos, de créditos o de ahorro, en el país y en el extranjero, en moneda nacional o extranjera, imponerse de sus movimientos, aprobar o rechazar sus saldos, retirar talonarios de cheques, girar y sobregirar en ellas; girar, aceptar, reaceptar, prorrogar, revalidar, endosar, avalar, descontar, cancelar y protestar cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas y otros documentos mercantiles, documentos de embarque y toda clase de documentos nominativos, o a la orden y relativo a obligaciones en general; contratar, tomar y cancelar boletas de garantía; retirar valores en custodia; y contratar y abrir cajas de seguridad; i) Realizar operaciones de importación y exportación; presentar y firmar registros, solicitudes anexas, cartas explicativas y toda clase de documentos que le fueren exigidos por los organismos competentes; firmar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía y pedir su devolución, endosar documentos de embarque, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación y, en general, ejecutar todos los actos necesarios para llevar a cabo las operaciones; realizar operaciones de cambios internacionales, presentar solicitudes de giro, efectuar remesas de divisas y suscribir todos los documentos que se requieran; j) Solicitar patentes de invención, registrar marcas y formular oposiciones; k) Retirar correspondencia certificada, encomiendas y otros objetos postales de los correos y otras oficinas; l) Representar extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades, ante toda clase de personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, autoridades, servicios y, en general, antes de la administración pública, cualquiera sea su régimen o estatuto jurídico, pudiendo efectuar solicitudes, gestiones y toda clase de actos con el objeto de obtener autorizaciones, permisos, concesiones, rectificaciones o anulaciones de actos; presentar reclamos y recursos de cualquiera naturaleza; ll) Representar judicialmente a la sociedad con todas las facultades que se indican en el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, incluyéndose las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos y los términos legales, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir; lo anterior es sin perjuicio de las facultades judiciales que competen al Administrador; m) Delegar parcialmente sus facultades; otorgar poderes o mandatos, con o sin facultad de delegar, revocarlos o reasumirlos en cualquier momento y exigir y aceptar rendiciones de cuentas.” Acordado y aprobado por unanimidad. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de mayo del 2023. F. JARA. C. / Notario Público.

ModificaciónDiario Oficial · 2022-05-11Ver PDF (CVE 2126263)

Información societaria

SpA
Huérfanos 1555, oficina 316
Administración: Administrador

Socios (1)

NombreParticipación

Manuel Ignacio Gutiérrez Pardo

Accionista

-

Administradores (1)

SERGIO FERN ANDO PONCE MUÑOZ

10.xxx.xxx-6Representante

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 8 de abril de 2022

    Tercera junta extraordinaria de accionistas aprueba modificar el artículo décimo quinto sobre facultades del administrador.

    Manuel Ignacio Gutiérrez Pardo

Texto oficial del extracto

FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, Subsuelo, certifica; por escritura pública de fecha 11 de abril de 2022, repertorio N° 8.543-2022, ante mí, SERGIO FERN ANDO PONCE MUÑOZ, abogado, RUN. 10.268.675-6, Huérfanos 1555, oficina 316, Santiago, reduce a escritura pública TERCERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, de fecha 08 de abril de 2022, de la sociedad “LA HACIENDA SpA.” RUT. 77.290.538- 6, inscrita a Fs. 89708, N° 43153 en el Registro de Comercio del Año 2020 del Conservador de Santiago. El Sr. Presidente y único accionista don Manuel Ignacio Gutiérrez Pardo da por instalada la junta y abierta la sesión con el objeto de someter a aprobación, complementar y rectificar en parte el texto del artículo Décimo Quinto, señalando las facultades del administrador las que se encontraban en el estatuto original, asimismo, se propone eliminar de las facultades del administrador la exigencia establecida en los estatutos originales para vender, gravar o constituir cualquier gravamen, así como para arrendar por periodos superiores a tres años, todo bien raíz de la sociedad y en ese sentido, se somete a escrutinio para su aprobación lo que se tiene por aprobado la modificación del texto del artículo Décimo Quinto. Se modifican solo los estatutos en materias no extractables. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de mayo de 2022. F. JARA C. Notario Público.

ModificaciónDiario Oficial · 2022-03-28Ver PDF (CVE 2106385)

Información societaria

SpA

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 9 de marzo de 2021

    Se celebró la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad.

    LA HACIENDA SpA

  2. Otro acto· 24 de marzo de 2021

    Se otorgó la escritura pública del acta de la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas.

    LA HACIENDA SpA

  3. Otro acto· 21 de marzo de 2022

    Se celebró la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas para sanear un vicio formal de nulidad por falta de inscripción y publicación oportuna.

    LA HACIENDA SpA

Texto oficial del extracto

FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, Subsuelo, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 22/03/2022 repertorio 6.725-2022, ante mí, se redujo acta de Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas, de fecha 21 de marzo de 2022, de la sociedad LA HACIENDA SpA. Acuerdo: Los accionistas por unanimidad acordaron sanear, en conformidad a la dispuesto en los artículos 1° y 3° de la ley 19.499, el vicio formal de nulidad consiste en la falta de inscripción oportuna dentro del plazo legal y de publicación en el Diario Oficial del extracto de la escritura pública de fecha 24 de marzo de 2021 otorgada en esta misma Notaria, a la que fue reducida el Acta de la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad celebrada con fecha 9 de marzo de 2021. Demás estipulaciones escritura extractada.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    LA HACIENDA SpA

    CVE 2317885

  2. MODIFICACIÓN

    La Hacienda SpA

    CVE 2126263

  3. MODIFICACIÓN

    LA HACIENDA SpA

    CVE 2106385

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)