Inversiones Jlm SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La importación, comercialización, distribución, compra, venta y arrendamiento de toda clase de vehículos motorizados y bienes muebles de cualquier tipo y la instalación de locales comerciales de ventas para tales efectos; b) La consignación, adquisición por cuenta propia de vehículos motorizados nuevos y usados; c) La importación, compra, venta, agencia, distribución y comercialización en cualquier forma de repuestos, partes, piezas, accesorios y lubricantes u otros insumos del rubro automotriz y similares; d) La realización de actividades de inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, urbanos o rurales, de aptitud agrícola, forestal o ganadera, comercial o habitacional; e) La inversión de capital en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporables, tales como acciones, bonos o debentures, fondos mutuos, derechos o acciones en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, en comunidad o asociaciones de personas; f) La exportación, importación, compra, venta directa, o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o por menor; g) Efectuar toda clase de negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, establecimiento de comercio, su explotación, comercialización y/o administración; h) En general, toda otra actividad que los acciones acuerden.
Administrateurs (2)
Aníbal Antonio Menares Morales
Texte officiel de l’extrait
MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Abogada, Notario Público, Titular de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº669, piso 8, comuna de Santiago, certifico: Con fecha 16 de junio de 2022, Repertorio Nº 8781-2022, se redujo a escritura pública, ante mí, Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “INVERSIONES JLM SpA”, celebrada el día 31 de mayo de 2022, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas, en que se acordó modificar el Titulo Primero artículo tercero de los estatutos sociales ampliando el objeto social, sustituyéndose la cláusula por la siguiente: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: a) La importación, comercialización, distribución, compra, venta y arrendamiento de toda clase de vehículos motorizados y bienes muebles de cualquier tipo y la instalación de locales comerciales de ventas para tales efectos; b) La consignación, adquisición por cuenta propia de vehículos motorizados nuevos y usados; c) La importación, compra, venta, agencia, distribución y comercialización en cualquier forma de repuestos, partes, piezas, accesorios y lubricantes u otros insumos del rubro automotriz y similares; d) La realización de actividades de inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, urbanos o rurales, de aptitud agrícola, forestal o ganadera, comercial o habitacional; e) La inversión de capital en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporables, tales como acciones, bonos o debentures, fondos mutuos, derechos o acciones en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, en comunidad o asociaciones de personas; f) La exportación, importación, compra, venta directa, o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o por menor; g) Efectuar toda clase de negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, establecimiento de comercio, su explotación, comercialización y/o administración; h) En general, toda otra actividad que los acciones acuerden”. Asimismo, la junta de accionistas de la sociedad acordó modificar el Titulo Tercero artículo décimo de los estatutos sociales, en siguiente sentido: “TITULO TERCERO. De la Administración. ARTICULO DÉCIMO. Administración. La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública y/o instrumento privado protocolizado en un registro público por el o los accionistas titulares de a lo menos la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. El o los administradores que se designen, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. En dicho sentido, El o los administradores podrán designar a uno o más gerentes o subgerentes y delegar todas partes de sus facultades en ellos, en abogados de la sociedad, y para objetos especialmente determinados, en otras personas, permaneciendo en todo caso, como responsable de la administración de la sociedad. El o los administradores podrán ser remunerados por el desempeño de sus funciones y en tal caso, la remuneración será fijada por los accionistas, que representen a lo menos la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Será aplicable al o los administradores en el ejercicio de su cargo, el régimen jurídico establecido para los directores y gerentes de sociedades anónimas cerradas, en todo aquello que no contravenga a su naturaleza.” Se otorgan facultades a él o los administradores en escritura extractada, y se nombra administradores a don Aníbal Antonio Menares Morales y a doña Sue Valery Leal Sierra, quienes, actuando de forma separada e indistinta, podrán representar a la sociedad, con amplias facultades, que se señalan en escritura extractada. Santiago, 05 de julio de 2022.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES JLM SpA
CVE 2156666
