Abogados Canales SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios y asesorías jurídicas integrales tanto a particulares, como a empresas, entidades bancarias, cooperativas, factoring y otras, sea en materias societarias, medio ambientales, derecho regulatorio y mineras, litigación en diversas áreas del derecho, ya sea civiles, cobranza o acciones voluntarias, posesiones efectivas de herencias testadas e intestadas, divorcios, juicios laborales, defensas penales, como asimismo asesorías en estudio de títulos, redacción de escrituras, compra y venta de propiedades, cesiones y asesorías jurídicas en general, y otras anexas
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ISMAEL CARLOS HUMBERTO CANALES PINTO Socio 5.xxx.xxx-1 | 5.xxx.xxx-1 | - | $2.000.000 |
Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | - | $4.000.000 |
FRANCISCO FERNANDO CANALES DIAZ Socio 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | - | $4.000.000 |
Historia societaria relatada
- Transformación· 16 de diciembre de 2022
La sociedad ABOGADOS CANALES SpA se transforma en sociedad de responsabilidad limitada.
ISMAEL CARLOS HUMBERTO CANALES PINTO · ISMAEL PATRICIO CANALES DIAZ · FRANCISCO FERNANDO CANALES DIAZ
Texto oficial del extracto
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, Abogado, Notario Público Interino de la 4ta. Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº525, certifico: que por escritura pública del 22/Diciembre/2022, otorgada ante mí: se redujo a escritura pública junta extraordinaria de accionistas del 16 de diciembre de 2022, de la sociedad ABOGADOS CANALES SpA, socios don ISMAEL CARLOS HUMBERTO CANALES PINTO, Rut N°5.739.416-1; don ISMAEL PATRICIO CANALES DIAZ, Rut N°13.414.594-3 y don FRANCISCO FERNANDO CANALES DIAZ, Rut N°17.097.093-4, todos abogados, domiciliados en calle Baquedano 1081 comuna Iquique, acordaron transformar en una sociedad de responsabilidad limitada la sociedad por acciones “ABOGADOS CANALES SpA.", inscrita a fs. 1112 Vta. N°728 , Registro de Comercio, Sociedad de responsabilidad Limitada que se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan. Razón Social: "CANALES ABOGADOS SERVICIOS JURIDICOS LIMITADA" o CANALES SERVICIOS JURIDICOS LTDA, Objeto: El objeto de la sociedad será: la prestación de servicios y asesorías jurídicas integrales tanto a particulares, como a empresas, entidades bancarias, cooperativas, factoring y otras, sea en materias societarias, medio ambientales, derecho regulatorio y mineras, litigación en diversas áreas del derecho, ya sea civiles, cobranza o acciones voluntarias, posesiones efectivas de herencias testadas e intestadas, divorcios, juicios laborales, defensas penales, como asimismo asesorías en estudio de títulos, redacción de escrituras, compra y venta de propiedades, cesiones y asesorías jurídicas en general, y otras anexas. Administración y Uso Razón Social: uno cualquiera de sus socios, con las más amplias facultades y sin limitación. Domicilio: Iquique, sin perjuicio sucursales o agencias que puedan constituir. Duración: 5 años, prorrogables tácita y automáticamente por mismo período. Capital: $10.000.000- socios aportan siguiente forma: Ismael Canales Pinto, la cantidad de $2.000.000.- Ismael Canales Díaz, la cantidad de $4.000.000.- y Francisco Canales Diaz, la cantidad de $4.000.000.- pagado en dinero efectivo con anterioridad al acto. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. IQUIQUE, 28 de diciembre de 2022.-
Información societaria
Objeto social
Prestación de servicios profesionales en consultorías, capacitaciones y asesorías en materias juridicas integrales a particulares, empresas, entidades bancarias, cooperativas, factoring y otras, tanto en materias societarias, medio ambientales, derecho regulatorio y mineras, litigación en diversas áreas del derecho, ya sea civiles, cobranza o acciones voluntarias, posesiones efectivas de herencias testadas e intestadas, divorcios, juicios laborales, defensas penales, como asimismo asesorias en estudio de titulos, redacción de escrituras y otras; la inversion adquisición y enajenación de valores mobiliarios, arrendamiento y sub arrendamiento de inmuebles; La compra y venta de maquinarias y otros; inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en especial acciones, bonos, certificados y debentures emitidos por sociedades particulares o por el Estado, actividades comerciales e industriales, en el area inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos y rurales, urbanizarlos, lotearlos y construir en ellos, efectuar gestión inmobiliaria, arriendo y subarriendo de bienes raíces, y la realización de otras actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros mediante comisión, consignación, representación u otros sistemas contracctuales que decidan realizar, sin ninguna limitación.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ISMAEL CARLOS HUMBERTO CANALES PINTO Accionista 5.xxx.xxx-1 | 5.xxx.xxx-1 | 20% | $2.000.000 |
FRANCISCO FERNANDO CANALES DIAZ Accionista 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | 40% | $4.000.000 |
Accionista 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 40% | $4.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
IVAN RODRIGO RAMOS GODOY, Abogado, Notario Público de la Cuarta Notaría de Iquique, Suplente del Titular CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, con oficio en Patricio Lynch Nº525, certifico: que por escritura pública hoy ante mí, señores: ISMAEL CARLOS HUMBERTO CANALES PINTO, Rut 5.739.416-1; FRANCISCO FERNANDO CANALES DIAZ, Rut 17.097.093-4, y ISMAEL PATRICIO CANALES DIAZ, Rut 13.414.594-3 todos domiciliados en calle Baquedano N°1081 de esta ciudad, constituyeron sociedad por acciones, regida por el estatuto social contenido en la escritura pública y por los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, por las normas que la Ley 18.046 y su Reglamento, establecen para las sociedades anónimas cerradas, y en silencio de éstas últimas, por las disposiciones que el Código Civil establece en materia de sociedades. “NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN”, El nombre de la “sociedad” será " ABOGADOS CANALES SpA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “CANALES SpA”. domicilio Iquique. Objeto. El objeto de la sociedad será, a) Prestación de servicios profesionales en consultorías, capacitaciones y asesorías en materias juridicas integrales a particulares, empresas, entidades bancarias, cooperativas, factoring y otras, tanto en materias societarias, medio ambientales, derecho regulatorio y mineras, litigación en diversas áreas del derecho, ya sea civiles, cobranza o acciones voluntarias, posesiones efectivas de herencias testadas e intestadas, divorcios, juicios laborales, defensas penales, como asimismo asesorias en estudio de titulos, redacción de escrituras y otras; b) la inversion adquisición y enajenación de valores mobiliarios, arrendamiento y sub arrendamiento de inmuebles; La compra y venta de maquinarias y otros. c) inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en especial acciones, bonos, certificados y debentures emitidos por sociedades particulares o por el Estado, actividades comerciales e industriales, en el area inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos y rurales, urbanizarlos, lotearlos y construir en ellos, efectuar gestión inmobiliaria, arriendo y subarriendo de bienes raíces, y la realización de otras actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros mediante comisión, consignación, representación u otros sistemas contracctuales que decidan realizar, sin ninguna limitación. La duración será indefinida DEL CAPITAL Y ACCIONES, el capital, es diez millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal.Las acciones 1.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 433 del Código de Comercio, se entenderán emitidas desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento de capital. 2.-La “sociedad” llevará un registro de los accionistas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 431 del Código de Comercio; 3.- La adquisición de acciones implica la aceptación de sus estatutos y de los acuerdos adoptados en Junta de Accionistas.DE LA ADMINISTRACIÓN Y JUNTAS DE ACCIONISTAS. La administración de la sociedad será ejercida por uno o mas Gerentes Generales o mandatarios, que pueden o no ser accionistas y estarán premunidos de a lo menos las facultades enunciadas en el artículo tercero transitorio. Juntas de Accionistas. se celebrarán al menos una vez al año en el día y hora que fije el Directorio. se constituirán en primera citación con la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Y en segunda citación, se constituirá con las acciones emitidas con derecho a voto que se encuentren presentes o representadas. Los acuerdos se adoptarán con las dos terceras partes de las acciones presentes y con derecho a voto.ARTÍCULOS TRANSITORIOS.Articulo segundo transitotio.El capital de la sociedad de $10.000.000.- dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie sin valor nominal, suscritas y pagadas de la siguiente forma: Don ISMAEL CARLOS HUMBERTO CANALES PINTO, suscribe veinte acciones, representativa a la cantidad de dos millones depesos, pagado en este acto al contado y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. don FRANCISCO FERNANDO CANALES DIAZ, suscribe en este acto la cantidad de cuarenta acciones, representativa a la cantidad de cuatro millones depesos, pagado en este acto al contado y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social.y don ISMAEL PATRICIO CANALES DIAZ, suscribe en este acto la cantidad de cuarenta acciones, representativa a la cantidad de cuatro millones depesos, pagado en este acto al contado y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. De esta manera el capital social queda íntegramente suscrito y pagado.- Articulo tercero transitorio: Se designa como gerente general a don ISMAEL PATRICIO CANALES DIAZ, el que podrá actuar por la sociedad, en toda clase de actos y contratos, demás estipulaciones en escritura social. IQUIQUE,16 de diciembre de 2020.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ABOGADOS CANALES SpA
CVE 2245574
- CONSTITUCIÓN
ABOGADOS CANALES SpA
CVE 1867980
