Sociedad Instalaciones Electricas Orellana Y Poblete Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Manuel Rodrigo Orellana Donoso Socio 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | - | - |
Silvia Elena del Carmen Poblete Verdugo Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 22 de enero de 1999
Manuel Rodrigo Orellana Donoso y Silvia Elena del Carmen Poblete Verdugo constituyen la sociedad.
Manuel Rodrigo Orellana Donoso · Silvia Elena del Carmen Poblete Verdugo
Texto oficial del extracto
MARÍA LORETO ZALDÍVAR GRASS, Notario Interino de la 18° Notaría de Santiago, domiciliada Bandera 341, 8° piso, oficina 875, certifica: por escritura de fecha de hoy, ante mí, don Manuel Rodrigo Orellana Donoso, chileno, casado, electromecánico, C.I. N° 8.722.171-7 y doña Silvia Elena del Carmen Poblete Verdugo, chilena, casada, C.I. N° 9.309.485-9, ambos domiciliados en calle Baltazar López N° 3971, comuna Macul, acuerdan modificar la sociedad por escritura pública de 22 de Enero de 1999 otorgada por Aliro Veloso Muñoz, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Santiago, don Manuel Rodrigo Orellana Donoso y doña Silvia Elena del Carmen Poblete Verdugo constituyeron la SOCIEDAD INSTALACIONES ELECTRICAS ORELLANA Y POBLETE LIMITADA, que rola inscrita a fojas 4452 número 3547 del Registro de Comercio de Santiago del año 1999, y un extracto de la escritura fue publicado en el Diario Oficial con fecha de 22 de Febrero de 1999. Acuerdan a continuación la modificación de la presente sociedad en los siguientes términos: Se modifica en numeral SEPTIMO de los estatus de la sociedad en el sentido que las utilidades y eventuales pérdidas serán distribuidas o soportadas por los socios en partes iguales. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos contenidos en la escritura de Constitución de la Sociedad, de fecha veintidós de enero de mil novecientos noventa y nueve. MLZG. Santiago, 21 de Diciembre de 2018.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD INSTALACIONES ELECTRICAS ORELLANA Y POBLETE LIMITADA
CVE 1521678
