Solar La Blanquina SpA
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Historia societaria relatada
- Transformación· 1 de octubre de 2025
SCL I SpA, en su calidad de único accionista, aprueba la fusión por incorporación de SOLAR LA BLANQUINA SpA en CHUNGUNGO SOLAR SpA, quedando la sociedad legalmente disuelta sin necesidad de liquidación.
SCL I SpA · SOLAR LA BLANQUINA SpA · CHUNGUNGO SOLAR SpA
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2025, otorgada en esta misma Notaría, ante mí, bajo repertorio N°16.779-2025, SCL I SpA, (RUT N°77.244.775-2, inscrita a Fs. 66.212, N°31.613, Registro de Comercio de Santiago, 2020), en su calidad de único accionista de la sociedad SOLAR LA BLANQUINA SpA (la “Sociedad”, RUT N°77.261.956-1, inscrita a Fs. 70.402, N°33.789, Registro de Comercio de Santiago, 2020), acordó, entre otras materias: Aprobar la fusión por incorporación de la Sociedad en CHUNGUNGO SOLAR SpA (la “Sociedad Absorbente”, RUT N°76.866.361-0, inscrita a Fs. 30.835, N°16.313, Registro de Comercio de Santiago, 2018), la que surtió sus efectos desde la fecha de la escritura extractada (la “Fusión”). Esta fusión fue aprobada en base a los balances de ambas compañías al 31 de mayo de 2025, y al correspondiente informe emitido por un perito independiente. Como consecuencia de la Fusión, la Sociedad se incorpora en la Sociedad Absorbente, quedando la Sociedad legalmente disuelta, sin necesidad de liquidación, incorporándose a la Sociedad Absorbente la totalidad del activo, pasivo, patrimonio y accionistas de la Sociedad, así como todos los derechos y obligaciones que correspondan a la Sociedad, siendo la Sociedad Absorbente la continuadora legal para todos los efectos a que haya lugar. CERTIFICADO DE ÚNICO ACCIONISTA. El Notario que autoriza certifica que: SCL I SpA es el único y exclusivo dueño de la totalidad de las acciones emitidas por SOLAR LA BLANQUINA SpA con anterioridad a la Fusión, según el Registro de Accionistas que ha tenido a la vista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago. Santiago, 29 de octubre de 2025.-
Información societaria
Objeto social
Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma, obras de infraestructura civiles y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica; generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético; obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar concesiones eléctricas y mineras; adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar y comercializar bienes, equipos, productos, materias primas, maquinarias, software y hardware; invertir en bienes, acciones, derechos sociales, cuotas y valores mobiliarios; prestar asesorías y consultorías; y ejecutar actos y celebrar contratos afines.
Capital
Capital total
$1
Capital pagado
$1
Acciones
16.226
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
SCL I SpA Accionista | - | 16.226 acc. | $1.000 |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 1 de agosto de 2025, otorgada en esta misma Notaría, ante mí, bajo repertorio N°13.030-2025, FONTUS SCL VI SpA (la “Sociedad Absorbida”, RUT N°77.307.513-1, inscrita a Fs. 9.816, N°4.432, Registro de Comercio de Santiago, 2021), en su calidad de único accionista de la sociedad SOLAR LA BLANQUINA SpA (la “Sociedad Absorbente”, RUT N°77.261.956-1, inscrita a Fs. 70.402, N°33.789, Registro de Comercio de Santiago, 2020), todos con domicilio para estos efectos en Cerro el Plomo N° 5630, Piso 14, comuna de Las Condes, acordó, entre otras materias: /A/ La fusión por incorporación de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente, la que surtió sus efectos desde la fecha de la escritura extractada (la “Fusión”). Esta fusión fue aprobada en base a los balances de ambas compañías al 31 de mayo de 2025, y al correspondiente informe emitido por un perito independiente. Como consecuencia de la Fusión, la Sociedad Absorbida se incorporó en la Sociedad Absorbente, quedando la Sociedad Absorbida legalmente disuelta, sin necesidad de liquidación, incorporándose a la Sociedad Absorbente la totalidad del activo, pasivo, patrimonio y accionistas de la Sociedad Absorbida, así como todos los derechos y obligaciones que correspondan a la Sociedad Absorbida. De esta forma, para todos los efectos que haya lugar, deberá entenderse que la Sociedad Absorbente es la sucesora y continuadora legal de la Sociedad Absorbida. /B/ Con el objeto de materializar la Fusión, se acordó un aumento del capital de la Sociedad Absorbente en la cantidad de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América (“Dólares”), esto es desde la cantidad de 7.750.676,48 Dólares dividido en 125.760.738 acciones ordinarias, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de 7.751.676,48 Dólares dividido en 125.776.964 acciones, ordinarias, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, mediante la emisión de 16.226 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una serie, sin valor nominal, las que se dieron por íntegramente suscritas y pagadas, mediante el aporte de la totalidad del activo, pasivo y patrimonio de la Sociedad Absorbida, incorporado a la Sociedad Absorbente por efecto de la Fusión y entregadas en canje a SCL I SpA, único accionista de la Sociedad Absorbida. Asimismo, en virtud de la Fusión, la Sociedad Absorbente ha pasado a adquirir y ser titular de las 125.760.738 acciones de las que la Sociedad Absorbida era titular y dueña en la Sociedad Absorbente previo a la Fusión. /C/ De conformidad con el artículo 438 de Código de Comercio y el artículo 8° de los estatutos de la Sociedad Absorbente, se resolvió: /i/ no esperar el plazo de 2 años estipulado en el citado artículo 8° de los estatutos y renunciar a la enajenación de las 125.760.738 acciones de propia emisión que quedaron en posesión de la Sociedad Absorbente, producto de que su adquisición resulta de la Fusión y el canje de acciones, ya que la Sociedad Absorbida es accionista de la Sociedad Absorbente; /ii/ cancelar las 125.760.738 acciones de propia emisión que eran de propiedad de la Sociedad Absorbida antes de la Fusión y canje de acciones y cancelar su inscripción; y /iii/ tomar conocimiento de la disminución de pleno derecho del capital de la Sociedad, de conformidad a la ley y al artículo tercero transitorio de los estatutos de la Sociedad Absorbente, y en consecuencia, disminuir el capital en la cantidad de 7.750.676,48 Dólares, es decir desde la cantidad de 7.751.676,48 Dólares, dividido en 125.776.964 acciones ordinarias, nominativas, de una serie, sin valor nominal, a la cantidad de 1.000 Dólares, dividido en 16.226 acciones ordinarias, nominativas, de una serie, sin valor nominal. /D/ A consecuencia de lo anterior, se adecuaron los artículos de estatutos sociales relativos al capital social y se otorgó un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad Absorbente, que reemplazan íntegramente a los anteriores estatutos, y que contiene las modificaciones al capital ya referidas en este extracto y otras aprobadas en la misma escritura que no son materia de extracto, de las cuales se extractan las que siguen: /i/ Nombre: Solar La Blanquina SpA; /ii/ Objeto: /a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; /b/ Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; /c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; /d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; /e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; /f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; /g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; /h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos de factibilidad, y gestión comercial, administrativa y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otro tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente, sean relacionadas con las anteriores; /j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales; /iii/ Duración: La duración de la Sociedad será indefinida; /iv/ Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero; /v/ Capital: 1.000 Dólares, dividido en 16.226 acciones nominativas de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. CERTIFICADO DE ÚNICO ACCIONISTA. El Notario que autoriza certifica que: /i/ FONTUS SCL VI SpA es el único y exclusivo dueño de la totalidad de las acciones emitidas por SOLAR LA BLANQUINA SpA con anterioridad a la Fusión, según el Registro de Accionistas que ha tenido a la vista; y /ii/ SCL I SpA es el único y exclusivo dueño de la totalidad de las acciones emitidas por FONTUS SCL VI SpA con anterioridad a la Fusión, según el Registro de Accionistas que ha tenido a la vista. Capital pre-Fusión: 7.750.676,48 Dólares dividido en 125.760.738 acciones íntegramente suscritas y pagadas. Capital post-Fusión: 1.000 Dólares dividido en 16.226 acciones íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago. Santiago, 12 de agosto de 2025.-
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 77.307.513-1 | 77.307.513-1 | - | - |
Texto oficial del extracto
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular Trigésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2022, Repertorio N° 19.014-2022, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, FONTUS SCL VI SpA, RUT: 77.307.513-1, en su calidad de único accionista de SOLAR LA BLANQUINA SpA, RUT N°: 77.261.956-1 (inscrita a fojas 70.402, N°33.789, Reg. Comercio Stgo. año 2020) aprobó reforma de estatutos en aspectos que no son materia de extracto.- Santiago, 26 de septiembre de 2022.-
Información societaria
Capital
Capital total
US$7.750.676,48
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | - |
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular Quinta Notaría Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 5 de octubre de 2021, repertorio N° 11.102-2021, ante mí, FONTUS SCL VI SpA, con domicilio en Cerro El Plomo 5.630, piso 14, comuna de Las Condes, en su calidad de único y actual accionista de SOLAR LA BLANQUINA SpA (inscrita fs. 70.402 N° 33.789 Reg. Comercio Stgo., 2020, RUT 77.261.956-1) (la “Sociedad”), reformó los estatutos de la Sociedad, en el sentido de reemplazar la moneda en que expresa el capital social, debiendo hacerse en adelante en dólares de los Estados Unidos de América (“US”), en base al tipo de cambio “dólar observado” publicado por el Banco Central de Chile con fecha 30 de junio de 2021, de $735,28 por dólar, con lo cual el capital de la Sociedad, ascendente a la suma de $5.698.917.400, pasó a ser la suma de US$7.750.676,48. A consecuencia de lo anterior, se modificaron los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 12 de octubre de 2021. P. Raby B. N.P.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto: /a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; /b/ Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; /c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; /d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; /e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; /f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; /g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; /h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos de factibilidad, y gestión comercial, administrativa y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otro tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente, sean relacionadas con las anteriores; /j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales.
Capital
Capital total
$5.698.917.400
Capital pagado
$5.698.917.400
Capital pendiente
$0
Acciones
125.760.738
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 77.307.513-1 | 77.307.513-1 | 100% | - |
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público titular de la Quinta Notaría Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, of. 32, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de marzo de 2021, repertorio número 1946-2021, ante mí, FONTUS SCL VI SpA, Rol Único Tributario N° 77.307.513-1, domiciliado para estos efectos en Avenida Cerro El Plomo Nº 5.630, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de único y actual accionista de SOLAR LA BLANQUINA SpA (RUT N° 77.261.956-1, inscrita a fs 70.402 N° 33.789 Reg. Comercio Stgo. 2020, en adelante, la “Sociedad”), acordó, entre otras cosas, lo siguiente: (i) reformar los estatutos de la Sociedad en el sentido de modificar el nombre, la forma en que se podrá enterar el capital suscrito en virtud de nuevos aumentos de capital y la administración de la Sociedad, además de otros asuntos que no son materia de extracto; y (ii) fijar un nuevo texto de los estatutos de la Sociedad, que reemplaza íntegramente al anterior, el cual incluye las modificaciones anteriormente mencionadas y otras que no son materia de extracto. De dichos estatutos refundidos, se extracta lo siguiente: Nombre: Solar La Blanquina SpA. Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; /b/ Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; /c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; /d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; /e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; /f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; /g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; /h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos de factibilidad, y gestión comercial, administrativa y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otro tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente, sean relacionadas con las anteriores; /j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales. Capital: $5.698.917.400, dividido en 125.760.738 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de estas podrá ser enterado en dinero efectivo o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas. Administración: En caso de tener la Sociedad un solo accionista, la administración de ésta corresponderá a dicho accionista, quien será responsable del uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma, y podrá actuar por sí o por medio de apoderados especialmente designados para tal efecto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 2 de marzo de 2021. P. Raby B., Not. Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$5.698.917.400
Capital pagado
$5.698.917.400
Capital pendiente
$0
Acciones
125.760.738
Texto oficial del extracto
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que con fecha 19 de febrero de 2021 ante mi Suplente don Juan Cristian Berríos Castro, se redujo a escritura pública, bajo el repertorio número 3594/2021, el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Solar La Blanquina SpA, celebrada ante mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro con esa misma fecha, en la que se acordó aumentar el capital social de la suma de $3.512.669.113 dividido en 77.515.750 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $5.698.917.400, dividido en 125.760.738 acciones de las mismas características, mediante emisión de 48.244.988 nuevas acciones de pago de iguales características que las existentes, representativas de $2.186.248.287, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en el acto de dicha junta. En virtud de lo anterior, se modificaron los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 25 de febrero de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$3.512.669.113
Capital pagado
$3.512.669.113
Capital pendiente
$0
Acciones
77.515.750
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I Accionista | - | - | - |
Alejandro Nicolás Ríos Belloni Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la 43° Notaria de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en Huérfanos Nº 835, piso 18, Santiago. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 29 de Diciembre de 2020, ante el titular de este oficio, don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Solar La Blanquina SpA, celebrada con esa misma fecha, los accionistas Andrés Benjamin Lagos Charme, Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I y Alejandro Nicolás Ríos Belloni, acordaron: modificar el estatuto de la sociedad aumentando el capital de la sociedad a la suma de $3.512.669.113, dividido en 77.515.750 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Se modificó el estatuto en otros aspectos, los cuales no son materia de extracto. Santiago, 21 de Enero de 2021.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto: a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender, y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; b/Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar, y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa, y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otros tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente relacionadas con las anteriores; j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales.
Capital
Capital total
$181.523.168
Capital pagado
$181.523.168
Capital pendiente
$0
Acciones
695.414
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 500 acc. | $144.543 |
Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I Accionista | - | 625.873 acc. | $180.930.763 |
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular de la 43ª Notaria de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Certifico: En Junta Extraordinaria de Accionista celebrada el 26 de octubre de 2020, que contó con mi asistencia y cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 27 de Octubre de 2020, ante mí, los accionistas Andrés Lagos Charme y Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I, acordaron la división de la sociedad “Solar Uno SpA”, inscrita a fojas 92.395 N° 53.916 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2015, constituyéndose a partir de ella, una nueva sociedad por acciones denominada “Solar La Blanquina SpA”, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Solar La Blanquina SpA. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a/ Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender, y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; b/Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; c/ Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; d/ Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; e/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; f/ Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; g/ Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar, y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; h/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; i/ La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa, y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otros tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente relacionadas con las anteriores; j/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $181.523.168, dividido en 695.414 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Andrés Lagos Charme suscribe y paga en este acto 500 acciones por un valor total de $144.543.- que se entera en arcas sociales; b) Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I suscribe y paga en este acto 625.873 acciones por un valor total de $180.930.763.- que se entera en arcas sociales; y c) 69.041 acciones emitidas para dar cumplimiento al plan de compensación establecido en favor de los trabajadores de la sociedad y que se suscribirán y pagarán en el plazo de 5 años contados a partir del 26 de octubre de 2020. En consecuencia, de las 695.414 acciones en que se divide el capital social, 626.373 acciones se encuentran suscritas y pagadas con todos los bienes, derechos y obligaciones que fueron asignados y transferidos a la sociedad por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Solar Uno SpA celebrada con fecha 26 de octubre del año 2020, en la misma proporción en que don Andrés Lagos Charme y el Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I suscriben las acciones; quedando un saldo de 69.041 acciones pendientes de suscripción y pago. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de octubre de 2020.- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA.-
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