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Sociedad por Acciones77.257.214-K

Constructora E Inmobiliaria Alto Las Cruces SpA

MODIFICACIÓN — 8 sept 2023

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-09-08Ver PDF (CVE 2374428)

Información societaria

SpA
Talca, Maule
Administración: Administración a cargo de don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, con actos específicos que requieren actuación conjunta con don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA o don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA indistintamente

Capital

Capital total

$12.000.000

Socios (5)

NombreParticipación

JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA

Accionista

-

JACQUELINE AUSSET GARCÍA

Accionista

-

DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA

Accionista

-

LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA

Accionista

-

RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ

Accionista

-

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de octubre de 2020

    Se constituye la sociedad por acciones CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA

    JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA · JACQUELINE AUSSET GARCÍA · DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA · LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA · RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ

  2. Otro acto· 17 de noviembre de 2020

    Se efectúa una modificación societaria previa a la presente

Texto oficial del extracto

GABRIEL MARCELO GUERRERO GONZALEZ, Abogado, Notarío Publico Titular de la Septima Notaria de Talca, con oficio en calle 30 Oriente, numero 1522. Local A, de la Comuna de Talca, certifica: por escritura pública, de fecha 18 de Agosto de 2023, Repertorio N° 2875-2023, otorgada ente mí, don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, domiciliado en calle Uno Sur 690, oficina 1217, Talca; doña JACQUELINE AUSSET GARCÍA, domiciliada en Camino al Aromo, Lote 9, Talca; don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, domiciliado, en loteo “Santa Margarita de Huilquilemu” parcela seis, Talca; doña LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA, quien comparece, conforme al artículo 150 del código civil, domiciliada en loteo “Santa Margarita de Huilquilemu” parcela seis, Talca; y don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ, domiciliado en calle Chacabuco Nº 721, Linares modificaron la escritura pública otorgada ante el Notario Público de Talca don Teodoro Durán Palma con fecha 07 de octubre de 2020, cuyo extracto fue publicado en la edición Nº 42.786 de fecha 22 de octubre de 2020 del Diario Oficial e inscrito a fojas 1.770, Nº616 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2020, por medio de la cual constituyeron una sociedad por acciones que se denomina “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA”, RUT 77.257.214-k, cuyo capital es de $12.000.000.-, modificada, a su vez, por la escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2020, cuyo extracto fue publicado en la edición Nº 42.826, de fecha 10 de diciembre de 2020 del Diario Oficial e inscrito a fojas 2093, 726 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2020.- MODIFICACION. Modificación de la escritura a que refiere el presente extracto consiste: Uno: Modificaron la parte final del artículo Undécimo, reemplazando el número 16) por el siguiente: “16) Limitaciones a los poderes y facultades. La Administración de la Sociedad estará a cargo de don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, en los términos señalados precedentemente. No obstante lo anterior, para la celebración de actos, contratos, operaciones y actuaciones, entre las que se comprenden especialmente, la compra y venta de bienes muebles e inmuebles, don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ deberá comparecer en forma conjunta con don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA o don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, indistintamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social obligarán a la compañía”. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Talca, 1 de Septiembre de 2023.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-12-10Ver PDF (CVE 1861777)

Información societaria

SpA
Talca, Maule
Administración: Administrador con comparecencia conjunta para actos sobre UF 500 + IVA

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital pagado

$12.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

120

Socios (5)

NombreParticipación

JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA

Accionista

9.xxx.xxx-4

16.6667%

JACQUELINE AUSSET GARCÍA

Accionista

8.xxx.xxx-1

16.6667%

DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA

Accionista

12.xxx.xxx-1

16.6667%

LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA

Accionista

13.xxx.xxx-8

16.6667%

RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ

Accionista

10.xxx.xxx-8

33.3333%

Administradores (1)

DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA

12.xxx.xxx-1Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de octubre de 2020

    Se constituyó la sociedad por acciones CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA.

    JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA · JACQUELINE AUSSET GARCÍA · DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA · LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA · RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ

Texto oficial del extracto

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 17 de noviembre de 2020, Repertorio Nº 6866-2020, JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, cédula de identidad Nº 9.821.419-4, domiciliado calle 1 Sur 690, oficina 1217, Talca; JACQUELINE AUSSET GARCÍA, cédula de identidad Nº 8.321.398-1, domiciliada camino Al Aromo, Lote 9, Talca; DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, cédula de identidad Nº 12.919.280-1, domiciliado en loteo “Santa Margarita de Huilquilemu” parcela 6, Talca; LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA, cédula de identidad Nº 13.506.874-8, domiciliada en loteo “Santa Margarita de Huilquilemu” parcela 6, Talca; y RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ, cédula de identidad Nº 10.156.408-8, domiciliado calle Chacabuco Nº 721, Linares, rectificaron y modificaron escritura pública de constitución de sociedad por acciones denominada “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA”, Rut Nº 77.257.214-K, otorgada ante el Notario Público de Talca, Teodoro Durán Palma con fecha 07 de octubre de 2020, cuyo extracto fue publicado en la edición Nº 42.786 de fecha 22 de octubre de 2020 del Diario Oficial e inscrito a fojas 1.770, Nº616 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2020, de la siguiente forma: RECTIFICACIONES: Uno: Eliminar de la comparecencia, al inicio de la cláusula PRIMERO, antes de RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ el período oracional “la sociedad”, de modo tal que la redacción correcta, válida y vigente de la referida comparecencia será la siguiente: “Don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, Doña JACQUELINE AUSSET GARCÍA, Don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, Doña LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA y Don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio, sus estatutos y en lo no previsto y siempre que no sea contrario a su naturaleza, por las normas de la Ley de Sociedades Anónimas, del Código Civil y demás normas legales que le sean aplicables y en especial por los siguientes estatutos:...”. Dos: Dejar sin efecto y eliminar total y completamente el artículo VIGÉSIMO SEXTO de los estatutos de la sociedad. Tres: Dejar sin efecto y eliminar total y completamente el artículo PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos de la sociedad. MODIFICACIONES: Así mismo, los comparecientes modificaron la ya referida escritura, de la siguiente forma: Uno: Convienen en dejar sin efecto y reemplazar total y completamente el artículo UNDÉCIMO de los estatutos de la sociedad, por el siguiente: “UNDECIMO: La administración de la sociedad corresponderá a don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA. El administrador anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, y sin que la enumeración citada sea taxativa podrá ejercer las señaladas en la escritura extractada, con las limitaciones a los poderes y facultades del número 16. La Administración de la Sociedad estará a cargo de Don Danilo Alberto Parra Loyola, en los términos señalados precedentemente. No obstante lo anterior, para la celebración de actos, contratos, operaciones y actuaciones sobre la suma equivalente en pesos a quinientas Unidades de Fomento más Iva, entre las que se comprenden especialmente, la compra y venta de bienes muebles e inmuebles, don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, deberá comparecer en forma conjunta con don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ o don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, indistintamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social obligarán a la compañía. Dos: Convienen en dejar sin efecto y reemplazar total y completamente el artículo SEGUNDO TRANSITORIO de los estatutos de la sociedad, por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social de DOCE MILLONES DE PESOS, a que se refiere el artículo quinto del estatuto social dividido en 120 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de igual valor, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: A) JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, suscribe veinte acciones por las que pagará la suma de $2.000.000., que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; B) JACQUELINE AUSSET GARCÍA, suscribe veinte acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; C) DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA suscribe veinte acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; D) LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA suscribe veinte acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y, E) RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, suscribe cuarenta acciones por las que pagará la suma de $4.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. De esta forma se ha suscrito por los comparecientes la totalidad del capital de la sociedad de $12.000.000.-, dividido en 120 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de igual valor, habiéndose pagado en su totalidad”. En todo lo no rectificado y modificado, rige el estatuto social constitutivo. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Talca, 17 de noviembre de 2020.-

ConstituciónDiario Oficial · 2020-10-22Ver PDF (CVE 1834082)

Información societaria

SpA
Talca, Maule
Duración: indefinida
Administración: Corresponderá al o a los socios quienes podrán designar un Gerente, por la mayoría simple de las acciones suscritas, en junta ordinaria o extraordinaria de accionistas. Mientras no se designe gerente en junta de accionistas será suficiente la designación que se hace en artículo primero transitorio de los estatutos, conforme al que, los accionistas actuando en su carácter de administradores de la sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo undécimo de estos estatutos, vienen por este acto en designar como gerente o administrador de la sociedad a don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA. Sin perjuicio de las facultades propias del gerente que señala el ordenamiento jurídico, la administración de la sociedad estará a cargo de don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA hasta por un monto de 200 unidades de fomento y, por sobre dicho monto, corresponderá a Don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ y don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, para que el primero conjuntamente con don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ o don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, indistintamente, en su calidad de administrador o administradores, según corresponda y anteponiendo su firma o sus firmas a la razón social, representará o representarán a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y sin que la enumeración sea taxativa podrá ejercer las señaladas en los Estatutos.

Objeto social

la inversión de bienes muebles, raíces y de cualquier naturaleza: compra, venta, arrendamiento, administración, explotación, transferencia y comercialización de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, agrícolas, urbanos o rurales; la adquisición de todo tipo de vehículos motorizados y/o maquinaria pesada, llámese camiones, grúas, retroexcavadoras, buldozeres, cargadores, motoniveladoras, compresores, soldadoras, etcétera, y en general toda clase de maquinarias especialmente destinadas a movimiento de tierra y/o su transporte, para ofrecerlas en arrendamiento o para efectuar los objetos sociales; Prestación de servicios en el área de la ingeniería y la construcción tales como la realización de proyectos y/o estudios de ingeniería, arquitectura, planificación, administración e inspección de obras y prestación asistencia técnica en general; Realización de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo contratar y/o subcontratar a personas naturales o jurídicas relacionadas con su objeto; Prestar asesorías a terceros en todas las áreas que lo requieran, sean estos personas naturales o jurídicas, empresas, instituciones públicas o privadas, o cualquier clase de organización o entidad que lo solicite; Efectuar corretaje de toda clase de bienes mueble o inmuebles, por cuenta propia o ajena; y Desarrollar toda labor, función o actividad que los socios acuerden, relacionados con el objeto social y en general todas las que se relacionan directa o indirectamente con las anteriores.

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital pagado

$12.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

120

Socios (5)

NombreParticipación

JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA

Accionista

9.xxx.xxx-4

16.6666666667%

JACQUELINE AUSSET GARCÍA

Accionista

8.xxx.xxx-1

16.6666666667%

DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA

Accionista

12.xxx.xxx-1

16.6666666667%

LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA

Accionista

13.xxx.xxx-8

16.6666666667%

RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ

Accionista

10.xxx.xxx-8

33.3333333333%

Administradores (1)

DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA

12.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial del extracto

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 07 de octubre de 2020, Repertorio Nº 5.823-2020, don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, cédula de identidad Nº 9.821.419-4, domiciliado en calle 1 Sur 690, oficina 1217, comuna de Talca; doña JACQUELINE AUSSET GARCÍA, cédula de identidad Nº 8.321.398-1, domiciliada en Camino al Aromo, Lote 9, comuna de Talca; don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, cédula de identidad Nº 12.919.280-1, domiciliado, en loteo “Santa Margarita de Huilquilemu” parcela 6, comuna de Talca; doña LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA, cédula de identidad Nº 13.506.874-8, domiciliada en loteo “Santa Margarita de Huilquilemu” parcela 6, comuna de Talca; y don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ, cédula de identidad Nº 10.156.408-8, domiciliado en calle Chacabuco Nº 721, comuna de Linares, constituyeron sociedad por acciones: Razón social: "CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA”. Domicilio: Talca, pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto social: la inversión de bienes muebles, raíces y de cualquier naturaleza: compra, venta, arrendamiento, administración, explotación, transferencia y comercialización de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, agrícolas, urbanos o rurales; la adquisición de todo tipo de vehículos motorizados y/o maquinaria pesada, llámese camiones, grúas, retroexcavadoras, buldozeres, cargadores, motoniveladoras, compresores, soldadoras, etcétera, y en general toda clase de maquinarias especialmente destinadas a movimiento de tierra y/o su transporte, para ofrecerlas en arrendamiento o para efectuar los objetos sociales; Prestación de servicios en el área de la ingeniería y la construcción tales como la realización de proyectos y/o estudios de ingeniería, arquitectura, planificación, administración e inspección de obras y prestación asistencia técnica en general; Realización de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo contratar y/o subcontratar a personas naturales o jurídicas relacionadas con su objeto; Prestar asesorías a terceros en todas las áreas que lo requieran, sean estos personas naturales o jurídicas, empresas, instituciones públicas o privadas, o cualquier clase de organización o entidad que lo solicite; Efectuar corretaje de toda clase de bienes mueble o inmuebles, por cuenta propia o ajena; y Desarrollar toda labor, función o actividad que los socios acuerden, relacionados con el objeto social y en general todas las que se relacionan directa o indirectamente con las anteriores. Capital: $12.000.000.-, dividido en 120 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de un valor de $100.000.- cada una, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: A)JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, suscribe 20 acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; B) JACQUELINE AUSSET GARCÍA, suscribe 20 acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; C) DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA suscribe 20 acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; D)LUCIA BEATRIZ CALDERON MENA suscribe 20 acciones por las que pagará la suma de $2.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y, E) RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, suscribe 40 acciones por las que pagará la suma de $4.000.000.-, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. De esta forma se ha suscrito y pagado por los accionistas la totalidad del capital de la sociedad de $12.000.000.-, dividido en 120 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de igual valor. Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: Corresponderá al o a los socios quienes podrán designar un Gerente, por la mayoría simple de las acciones suscritas, en junta ordinaria o extraordinaria de accionistas. Mientras no se designe gerente en junta de accionistas será suficiente la designación que se hace en artículo primero transitorio de los estatutos, conforme al que, los accionistas actuando en su carácter de administradores de la sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo undécimo de estos estatutos, vienen por este acto en designar como gerente o administrador de la sociedad a don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA. Sin perjuicio de las facultades propias del gerente que señala el ordenamiento jurídico, la administración de la sociedad estará a cargo de don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA hasta por un monto de 200 unidades de fomento y, por sobre dicho monto, corresponderá a Don DANILO ALBERTO PARRA LOYOLA, don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ y don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, para que el primero conjuntamente con don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ o don JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, indistintamente, en su calidad de administrador o administradores, según corresponda y anteponiendo su firma o sus firmas a la razón social, representará o representarán a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y sin que la enumeración sea taxativa podrá ejercer las señaladas en los Estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 07 de octubre de 2020.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA

    CVE 2374428

  2. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA

    CVE 1861777

  3. CONSTITUCIÓN

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALTO LAS CRUCES SpA

    CVE 1834082

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)