Chacabuco 18 Solar SpA
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 941, Local 302, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2024, Repertorio Nº19606/2024 ante mí, comparece la sociedad Statkraft Energías Renovables S.A., representada por don Enzo Contreras Órdenes, domiciliados, para estos efectos, en Avenida Vitacura 2969, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de actual accionista de la sociedad CHACABUCO 18 SOLAR SpA, según consta en el Registro de Accionistas que el notario que autoriza tuvo a la vista, acuerda disolver anticipadamente esta última sociedad en los términos indicados en la citada escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 16 de Diciembre de 2024.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$699.073.750
Capital pendiente
$194.655.000
Acciones
699.073.750
Texto oficial del extracto
Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada ante mí, el día 29 de marzo de 2022, y reducida a escritura pública, ante mí, con fecha 12 de mayo del mismo año, bajo el repertorio N° 6988/2022, se ha modificado la sociedad “CHACABUCO 18 SOLAR SpA”, en el sentido de: Uno) Aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $504.418.750 pesos chilenos, dividido en 504.418.750 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $699.073.750 pesos chilenos, dividido en 699.073.750 acciones de iguales características. El aumento de capital se enterará mediante la emisión de 194.655.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal representativas de la cantidad de $194.655.000 pesos chilenos, todas las cuales deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la referida junta de accionistas, en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos en contra de la sociedad. Dos) Reemplazar los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de mayo de 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$504.418.750
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$503.418.750
Acciones
504.418.750
Texto oficial del extracto
Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada ante mí, el día 29 de octubre de 2021, y reducida a escritura pública, ante mí, con fecha 17 de diciembre del mismo año, bajo el repertorio N° 23063/2021, se ha modificado la sociedad “CHACABUCO 18 SOLAR SpA”, en el sentido de: Uno) Aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $1.000.000 de pesos chilenos, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $504.418.750 pesos chilenos, dividido en 504.418.750 acciones de iguales características. El aumento de capital se enterará mediante la emisión de 503.418.750 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal representativas de la cantidad de $503.418.750 pesos chilenos, todas las cuales deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la referida junta de accionistas, en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos en contra de la sociedad. Dos) Reemplazar los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2021.
Información societaria
Objeto social
Será: generación, explotación, distribución, transmisión, transformación, y/o venta de energía eléctrica hidráulica, térmica o de cualquier otra naturaleza, directamente o por intermedio de otras empresas, como asimismo, la prestación de asesoramiento de ingeniería y consultoría en general, en el país o en el extranjero, de materias relacionadas con dichos objetos. Además de su objeto principal, la sociedad podrá invertir en bienes inmuebles y en cualquier clase de activos financieros, títulos, valores mobiliarios y aportes a sociedades, actuando siempre dentro de los límites que determina la política de inversiones y de financiamiento aprobada en Junta General de Accionistas. En el cumplimiento de sus objetos, a compañía podrá desarrollar las siguientes funciones: A. Promover, organizar, constituir, modificar, disolver o liquidar sociedades civiles o comerciales cuyo objeto social sea directa o indirectamente afín al de la compañía. B. Prestar a las empresas filiales, coligadas o subsidiarias, si las hubiese, servicios gerenciales; de auditoría y, en general, los servicios de cualquier índole que aparezcan como necesarios para un mejor desempeño.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1.000.000
Texto oficial del extracto
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de Santiago, Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, piso 2, Comuna de Santiago, certifico que el 16 de marzo de 2021, ante mí, fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “CHACABUCO 18 SOLAR SpA”- cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 56.104 N°26.534 del Registro de Comercio de Santiago de 2020, celebrada en mi presencia el 9 de febrero del mismo año. Se modificaron los estatutos: Uno) Ampliando el objeto social; Dos) Cambiando las reglas relacionadas con el aumento de capital y su pago; Tres) Estableciendo una nueva reglamentación en materia de administración de la sociedad y regulación de las juntas de accionistas; Cuatro) Reemplazando las normas relacionadas al balance y distribución de utilidades; Cinco) Estableciendo obligaciones de fiscalización determinadas; Seis) Simplificando la reglamentación de disolución y liquidación; Siete) Cambiando el sistema de resolución de controversias; y, Ocho) Por último, fijando un texto refundido y sistematizado de sus estatutos, del cual destacan las siguientes materias que son objeto de extracto: NOMBRE: "Chacabuco 18 Solar SpA". DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. OBJETO: Será: generación, explotación, distribución, transmisión, transformación, y/o venta de energía eléctrica hidráulica, térmica o de cualquier otra naturaleza, directamente o por intermedio de otras empresas, como asimismo, la prestación de asesoramiento de ingeniería y consultoría en general, en el país o en el extranjero, de materias relacionadas con dichos objetos. Además de su objeto principal, la sociedad podrá invertir en bienes inmuebles y en cualquier clase de activos financieros, títulos, valores mobiliarios y aportes a sociedades, actuando siempre dentro de los límites que determina la política de inversiones y de financiamiento aprobada en Junta General de Accionistas. En el cumplimiento de sus objetos, a compañía podrá desarrollar las siguientes funciones: A. Promover, organizar, constituir, modificar, disolver o liquidar sociedades civiles o comerciales cuyo objeto social sea directa o indirectamente afín al de la compañía. B. Prestar a las empresas filiales, coligadas o subsidiarias, si las hubiese, servicios gerenciales; de auditoría y, en general, los servicios de cualquier índole que aparezcan como necesarios para un mejor desempeño. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad será de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones iguales y sin valor nominal. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de marzo de 2021.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, diseño, construcción y operación por cuenta propia o de terceros de centrales solares de generación de energía eléctrica; la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros y asesorías en general incluyendo entre otras las relacionadas con el suministro y generación de electricidad; y cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1.000.000
Texto oficial del extracto
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2020, Repertorio N° 12.538 - 2020, ante mí, Solarcentury Projects SpA, Rol Único Tributario N° 76.562.721-4 constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Chacabuco 18 Solar SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, diseño, construcción y operación por cuenta propia o de terceros de centrales solares de generación de energía eléctrica; la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros y asesorías en general incluyendo entre otras las relacionadas con el suministro y generación de electricidad; y cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de septiembre de 2020.
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