Santillana SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) efectuar y mantener inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, de cualquier tipo que estos sean, vender, permutar, arrendar, ceder y enajenar a cualquier título inmuebles, valores mobiliarios, acciones, bonos, opciones, pagarés y demás efectos de comercio, y, en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social en los términos señalados anteriormente, y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad, b) es la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades o asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte
Capital
Capital total
CLP$4.153.800.000
Capital pagado
CLP$436.800.000
Capital pendiente
CLP$3.717.000.000
Acciones
41.538.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Margarita Virginia Cabo Osmer Accionista | - | 10% | $415.380.000 |
Accionista | - | 45% | $1.869.210.000 |
Joaquín Ulpiano Minassian Cabo Accionista | - | 45% | $1.869.210.000 |
Texto oficial del extracto
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, Providencia, ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 1 de abril de 2022, ante mí, bajo Repertorio número 6.153/2022, Margarita Virginia Cabo Osmer, Anahit Minassian Cabo y Joaquín Ulpiano Minassian Cabo, todos con domicilio para estos efectos en Josemaría Escrivá de Balaguer N°13.105, of. 613, Lo Barnechea, en su calidad de únicos y actuales accionistas de acuerdo al Registro de Accionistas tenido a la vista de SANTILLANA SpA, RUT N° 77.223.363-9, inscrita a fojas 47.361, número 22.594 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en adelante la “Sociedad”, decidieron lo siguiente: 1. Efectuar las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: A) Modificar el Artículo Cuarto Permanente, relativo al Objeto Social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto: a) efectuar y mantener inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, de cualquier tipo que estos sean, vender, permutar, arrendar, ceder y enajenar a cualquier título inmuebles, valores mobiliarios, acciones, bonos, opciones, pagarés y demás efectos de comercio, y, en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social en los términos señalados anteriormente, y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad, b) es la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades o asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte”; y, B) Modificar los estatutos sociales, incorporando un nuevo artículo permanente dentro de los mismos, en el Título Segundo, enseguida del Artículo Décimo, que señale lo siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO BIS: Las acciones que sean suscritas con ocasión de un aumento de capital efectuado por la Sociedad, deberán ser pagadas dentro de un plazo de treinta años, contados desde la fecha del aumento de capital respectivo. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Los accionistas gozarán de la totalidad de los derechos de las acciones que suscriban, sólo una vez que hayan pagado, al menos, el diez por ciento del valor de las acciones suscritas.”. 2. Aumentar el capital de la sociedad, que actualmente asciende a la suma de CLP$436.800.000, dividido en 4.368.000 acciones, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, a la cantidad de CLP$4.153.800.000, dividido en 41.538.000 acciones, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, mediante el aumento de CLP$3.717.000.000 y la emisión de 37.170.000 nuevas acciones de pago, en un valor de colocación equivalente de CLP$100 por acción, todas ellas nominativas, de una misma y única serie, y de iguales características a las existentes. En consecuencia, se modificaron los artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los del siguiente tenor: a) “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad corresponde a la cantidad de cuatro mil ciento cincuenta y tres millones ochocientos mil pesos, dividido en cuarenta y un millones quinientos treinta y ocho mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de acuerdo a lo que se detalla en el artículo primero transitorio de los estatutos sociales. Los accionistas sólo responderán hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad.”; b) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatro mil ciento cincuenta y tres millones ochocientos mil pesos, dividido en cuarenta y un millones quinientos treinta y ocho mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan como sigue: a) Doña Margarita Virginia Cabo Osmer, suscribe la cantidad de cuatro millones ciento cincuenta y tres mil ochocientas acciones, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de cuatrocientos quince millones trescientos ochenta mil pesos, y a un diez por ciento del capital social, respecto de las cuales, se encuentra pendiente de pago la suma de doscientos trece millones de pesos, que el accionista se compromete a pagar dentro del plazo de treinta años contados desde la fecha del presente instrumento; b) Doña Anahit Minassian Cabo, suscribe la cantidad de dieciocho millones seiscientos noventa y dos mil cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a mil ochocientos sesenta y nueve millones doscientos diez mil pesos, y a un cuarenta y cinco por ciento del capital social, respecto de las cuales, se encuentra pendiente de pago la suma de mil ochocientos cincuenta y ocho millones quinientos mil pesos, que la accionista se compromete a pagar dentro del plazo de treinta años contados desde la fecha del presente instrumento; c) Don Joaquín Ulpiano Minassian Cabo, suscribe la cantidad de dieciocho millones seiscientos noventa y dos mil cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a mil ochocientos sesenta y nueve millones doscientos diez mil pesos, y a un cuarenta y cinco por ciento del capital social, respecto de las cuales, se encuentra pendiente de pago la suma de mil ochocientos cincuenta y ocho millones quinientos mil pesos, que el accionista se compromete a pagar dentro del plazo de treinta años contados desde la fecha del presente instrumento”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de abril de 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$436.800.000
Acciones
4.368.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARGARITA VIRGINIA CABO OSMER Accionista | - | 95.0961538461538% | $415.380.000 |
Accionista | - | 2.45192307692308% | $10.710.000 |
JOAQUÍN ULPIANO MINASSIAN CABO Accionista | - | 2.45192307692308% | $10.710.000 |
Texto oficial del extracto
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Con fecha 31/08/2021, bajo el repertorio N° 33.827-2021, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad “SANTILLANA SpA”, inscrita a fojas 47.361, N° 22.594, año 2020, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada el 11 de Agosto de 2021, en que se acordó la modificación de la sociedad, en el sentido de aumentar su capital en la suma de $413.000.000, esto es, de la suma de $23.800.000 a la suma de $436.800.000, mediante la emisión de 4.130.000 nuevas acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En virtud de lo anterior, se modificaron los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad, relativos al capital social, reemplazándolos por los siguientes: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $436.800.000.-, dividido en 4.368.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes.”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a $436.800.000.- dividido en 4.368.000 acciones nominativas, de una misma. serie, sin valor nominal, que se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: a) MARGARITA VIRGINIA CABO OSMER, suscribe y paga 4.153.800 acciones, que corresponden a la suma de $415.380.000.-, equivalentes al 95,0961538461538% del capital social, monto respecto al cual ha pagado íntegramente al contado y en dinero en efectivo la suma de $202.380.000.- y pagará dentro de un plazo de 18 meses y en dinero en efectivo la suma de $213.000.000.-; b) ANAHIT MINASSIAN CABO, suscribe y paga 107.100 acciones que corresponden a la suma de $10.710.000.-, equivalentes al 2,45192307692308% del capital social, dinero que ha sido aportado en dinero efectivo en las arcas sociales; c) JOAQUÍN ULPIANO MINASSIAN CABO, suscribe y paga 107.100 acciones que corresponden a la suma de $10.710.000.-, equivalentes al 2,45192307692308% del capital social, dinero que ha sido aportado en dinero efectivo en las arcas sociales.-” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 07/09/2021.
Información societaria
Texto oficial del extracto
CLAUDIA GÓMEZ LUCARES, Notario Público Titular de la 50° Notaría de Santiago, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifico: que a petición verbal de doña MARGARITA VIRGINIA CABO OSMER, chilena, divorciada, diseñadora, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y nueve guion ocho, extiendo el presente documento rectificatorio respecto de extracto inscrito a fojas 47361 número 22594 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente a la Constitución Sociedad por Acciones “Santillana SpA”, suscrita en este oficio con fecha 03/08/2020, bajo repertorio número 11.469-2010. Rectificación. En el referido extracto, donde dice “Santiago, a 04/08/2020” debe decir “Santiago, a 03/08/2020”. En lo no modificado rigen las cláusulas de la escritura constitutiva. Santiago, 22 de Agosto de 2020.-
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto efectuar y mantener inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, de cualquier tipo que estos sean, vender, permutar, arrendar, ceder y enajenar a cualquier título inmuebles, valores mobiliarios, acciones, bonos, opciones, pagarés y demás efectos de comercio, y, en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social en los términos señalados anteriormente, y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades o asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte.
Capital
Capital total
$23.800.000
Capital pagado
$23.800.000
Acciones
238.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARGARITA VIRGINIA CABO OSMER Accionista 6.xxx.xxx-8 | 6.xxx.xxx-8 | 10% | $2.380.000 |
Accionista 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 45% | $10.710.000 |
JOAQUIN ULPIANO MINASSIAN CABO Accionista 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 45% | $10.710.000 |
Texto oficial del extracto
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCAREZS, notario público titular 50° Notaría de Santiago, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, doña MARGARITA VIRGINIA CABO OSMER, cédula nacional de identidad N° 6.245.249-8, doña ANAHIT MINASSIAN CABO, cédula nacional de identidad N° 16.608.889-5, y don JOAQUIN ULPIANO MINASSIAN CABO, cédula nacional de identidad N° 17.702.204-7, todos domiciliados para estos efectos en Avenida San Josemaría Escrivá de Balaguer N° 13.105, oficina 613, Lo Barnechea, acordaron constituir una sociedad por acciones. Razón social: El nombre de la sociedad por acciones que por este acto se constituye es “Santillana SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar y mantener inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, de cualquier tipo que estos sean, vender, permutar, arrendar, ceder y enajenar a cualquier título inmuebles, valores mobiliarios, acciones, bonos, opciones, pagarés y demás efectos de comercio, y, en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social en los términos señalados anteriormente, y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades o asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $23.800.000, dividido en 238.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan como sigue: a) Doña Margarita Virginia Cabo Osmer, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $2.380.000, equivalentes a 23.800 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, y a un 10% del capital social; b) Doña Anahit Minassian Cabo, aporta, entera y paga en este acto la suma de $10.710.000, equivalentes a 107.100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, y a un 45% del capital social. Dicho aporte es materializado de la siguiente manera: i) Mediante el aporte en dominio de la cantidad de 2 acciones de que es dueña en la sociedad anónima cerrada Inversiones e Inmobiliaria Luarca S.A., RUT N° 76.789.984-K, las cuales han sido valorizadas de común acuerdo por todos los accionistas en la suma de $2.000.000; ii) Mediante el aporte en dominio de la cantidad de 116 acciones de que es dueña en la sociedad anónima cerrada Inversiones Río Cares S.A., RUT N° 76.102.901-0, las cuales han sido valorizadas de común acuerdo por todos los accionistas en la suma de $7.806.800; iii) Mediante el aporte en dominio de la cantidad de 1 acción de que es dueña en la sociedad anónima cerrada Inversiones Orgalla S.A., RUT N° 76.187.071-8, la cual ha sido valorizada de común acuerdo por todos los accionistas en la suma de $877.615; y, iv) Mediante el aporte de la suma de $25.585, al contado y en dinero efectivo; y, c) Don Joaquín Ulpiano Minassian Cabo, aporta, entera y paga en este acto la suma de $10.710.000, equivalentes a 107.100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, y a un 45% del capital social. Dicho aporte es materializado de la siguiente manera: i) Mediante el aporte en dominio de la cantidad de 2 acciones de que es dueño en la sociedad anónima cerrada Inversiones e Inmobiliaria Luarca S.A., RUT N° 76.789.984-K, las cuales han sido valorizadas de común acuerdo por todos los accionistas en la suma de $2.000.000; ii) Mediante el aporte en dominio de la cantidad de 116 acciones de que es dueño en la sociedad anónima cerrada Inversiones Río Cares S.A., RUT N° 76.102.901-0, las cuales han sido valorizadas de común acuerdo por todos los accionistas en la suma de $7.806.800; iii) Mediante el aporte en dominio de la cantidad de 1 acción de que es dueño en la sociedad anónima cerrada Inversiones Orgalla S.A., RUT N° 76.187.071-8, la cual ha sido valorizada de común acuerdo por todos los accionistas en la suma de $877.615; y, iv) Mediante el aporte de la suma de $25.585, al contado y en dinero efectivo. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas en la proporción correspondiente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 04/08/2020.
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