Sociedad de Responsabilidad Limitada77.213.754-0

Consultora 40C Limitada

MODIFICACIÓN — 24 may 2024

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-05-24Ver PDF (CVE 2496439)

Información societaria

Ltda
Mayas Oriente 6.667
Administración: Directorio de tres miembros designados por los socios

Objeto social

Brindar servicios de consultoría, orientación y asesoría profesional, dentro o fuera de Chile, en materias relativas a la investigación, estudio, desarrollo, organización e implementación, y de supervisión en la ejecución de planes y proyectos de beneficencia pública, filantrópicos o sociales; análisis, estudio y orientación de sistemas destinados a mejoras en la administración y gestión de fundaciones, corporaciones de derecho privado sin fines de lucro, organizaciones no gubernamentales, o cualquier otra clase de organizaciones dedicadas a la actividad filantrópica, de beneficencia a la sociedad o una parte de ella, educación y resguardo de la sociedad o sus miembros; elaboración y orientación de planes y proyectos filantrópicos; estudios, análisis y evaluaciones profesionales de organizaciones; elaboración y orientación de planes de desarrollo institucionales, reestructuración y/o reorganización de actividades y objetivos; representación profesional de toda clase de organizaciones relacionadas a su objeto; y toda otra actividad relacionada al objeto que los socios acordaren.

Capital

Capital total

$1.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

Armando Eduardo Holzapfel Herrera

Socio

75%

Paula Streeter Errázuriz

Socio

25%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 28 de marzo de 2024

    Armando Eduardo Holzapfel Herrera y Paula Streeter Errázuriz acuerdan cesión y redistribución de derechos sociales, quedando con 75% y 25% respectivamente.

    Paula Streeter Errázuriz · Armando Eduardo Holzapfel Herrera

Texto oficial del extracto

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Miraflores 178 quinto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Certifica: Por escritura pública de fecha 28 marzo 2024, repertorio número 14835 – 2024, otorgada en esta notaría, PAULA STREETER ERRÁZURIZ, Mayas Oriente 6.667, Vitacura, y ARMANDO EDUARDO HOLZAPFEL HERRERA, Teresa Vial 4.271 casa 21, Lo Barnechea, únicos socios de CONSULTORA 40C LIMITADA, rol único tributario número 77.213.754-0, inscrita a fojas 52.615 número 24.887 del año 2020 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron cesión de derechos sociales, quedando como socios Armando Eduardo Holzapfel Herrera, con un 75% del capital de la sociedad, suma que ha enterado en la caja social con anterioridad a fecha escritura; y Paula Streeter Errázuriz, con un 25% del capital de la sociedad, suma que ha enterado en la caja social con anterioridad a fecha escritura. Socios acuerdan las siguientes Modificaciones a los Estatutos. 1./ Capital. Acuerdan reemplazar el artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportaron en dinero efectivo y en la proporción que se indica a continuación: /a/ Armando Eduardo Holzapfel Herrera aporta la cantidad de $750.000, que representa un 75% del capital de la sociedad, suma que ha enterado en la caja social con anterioridad a esta fecha; y /b/ Paula Streeter Errázuriz aporta la cantidad de $250.000, que representa un 25% del capital de la sociedad, suma que ha enterado en la caja social con anterioridad a esta fecha. 2./ Objeto. Acuerdan modificar Objeto Social reemplazando el artículo CUARTO, e insertando un artículo CUARTO BIS, según consta a continuación: ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: /a/ Brindar servicios de consultoría, orientación y asesoría profesional, dentro o fuera de Chile, en materias relativas a la investigación, estudio, desarrollo, organización e implementación, y de supervisión en la ejecución de planes y proyectos de beneficencia pública, filantrópicos o sociales, sean éstos destinados a la sociedad civil completa, o a una parte de ella; /b/ Análisis, estudio y orientación de sistemas destinados a mejoras en la administración y gestión de fundaciones, corporaciones de derecho privado sin fines de lucro, organizaciones no gubernamentales, o cualquier otra clase de organizaciones dedicadas a la actividad filantrópica, de beneficencia a la sociedad o una parte de ella, educación y resguardo de la sociedad o sus miembros, dentro o fuera de Chile; /c/ El análisis, estudio y elaboración de planes y proyectos filantrópicos o de trascendencia presente o futura en la sociedad o parte de ella para organizaciones de cualquier naturaleza, familias o personas; /d/ Estudios, análisis, y evaluaciones profesionales de organizaciones en materias relacionadas a la orientación de sus factores y recursos humanos en general, discernimiento y determinación de propósitos y estrategias, cumplimiento de objetivos, y demás aspectos relacionados al cumplimiento de los fines de las organizaciones a las que asista; /e/ Elaborar y orientar la ejecución de planes de desarrollo institucionales, reestructuración y/o reorganización de actividades y objetivos en cualquier clase de organizaciones públicas, dependientes del Estado en su administración y/o financiamiento, sea en forma directa, indirecta, descentralizada o desconcentrada, así como a organizaciones privadas de cualquier naturaleza, fundaciones, corporaciones de derecho público o derecho privado, de derecho canónico, así como cualquier otra clase de organizaciones orientadas a la generación de bienes públicos sin retribución a cambio, en Chile o en el extranjero; /f/ La representación profesional de toda clase de organizaciones relacionadas a su objeto, nacionales o extranjeras; /g/ Toda otra actividad relacionada al objeto que los socios acordaren. ARTICULO CUARTO BIS: Cumplimiento del objeto social. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios podrán exigir y verificar en la administración el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. 3./ Administración. Acuerdan modificar la Administración de la Sociedad, que pasa a ser administrada por un DIRECTORIO compuesto por TRES miembros designados por los socios según consta en los estatutos, modificando y reemplazando su artículo SEPTIMO según consta en la misma escritura extractada. Santiago, 15 de Mayo de 2024.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Consultora 40C Limitada

    CVE 2496439

Relaciones societarias

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