有限責任公司77.209.677-1

Asesorías Legales Musiet Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年1月31日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2026-01-31查看 PDF(CVE 2763169)

公司資料

Ltda

股東(2)

姓名持股比例

ROLANDO MUSIET TALGUÍA

Socio

7.xxx.xxx-1

90%

RODRIGO JAVIER PARRAO CUEVAS

Socio

15.xxx.xxx-8

10%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2020年8月12日

    Se constituye la sociedad Asesorías Legales Musiet y Compañía Limitada.

    COSME FERNANDO GOMILA GATICA

  2. 權益轉讓· 2021年4月9日

    Rolando Musiet Talguía vende la totalidad de sus derechos sociales a Sergio Alejandro Frías Brunet, y Rodrigo Javier Parrao Cuevas cede el 80% de sus derechos a Sergio Alejandro Frías Brunet.

    ROLANDO MUSIET TALGUÍA · RODRIGO JAVIER PARRAO CUEVAS · SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, Notario Público Titular de la 17a Notaría de Santiago, con domicilio Ahumada N° 236, Piso N° 3, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2025, Rep.5300-2025, ante mí, don ROLANDO MUSIET TALGUÍA, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad número siete millones cuarenta mil doscientos cincuenta y dos guion uno; don RODRIGO JAVIER PARRAO CUEVAS, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula de identidad número quince millones ochocientos ochenta y siete mil seiscientos sesenta y nueve guion ocho; y don SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número siete millones veintiséis mil seiscientos veintiséis guion uno, todos mayores de edad, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “ASESORÍAS LEGALES MUSIET Y COMPAÑÍA LIMITADA”. La referida sociedad fue constituida por escritura pública de fecha doce de agosto de dos mil veinte, otorgada ante el Notario Público de Santiago don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, inscrita a fojas cincuenta mil trescientos cuarenta y tres número veintitrés mil ochocientos ochenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veinte, y publicada en el Diario Oficial con fecha dieciocho de agosto de dos mil veinte. Se deja constancia que, con fecha nueve de abril de dos mil veintiuno, por escritura pública otorgada ante el mismo Notario don Cosme Fernando Gomila Gatica, don Rolando Musiet Talguía vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, a don Sergio Alejandro Frías Brunet, y que, en el mismo acto, don Rodrigo Javier Parrao Cuevas vendió, cedió y transfirió el ochenta por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, a don Sergio Alejandro Frías Brunet, quedando desde entonces este último con el noventa por ciento del capital social y don Rodrigo Javier Parrao Cuevas con el diez por ciento restante, cesiones que fueron debidamente inscritas y publicadas conforme a derecho. Por la presente escritura de modificación, don SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET vende, cede y transfiere a don ROLANDO MUSIET TALGUÍA la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad “Asesorías Legales Musiet y Compañía Limitada”, equivalentes al noventa por ciento del capital social, en la suma de novecientos mil pesos, precio que el cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción, otorgándose las partes el más amplio, completo y total finiquito respecto del precio convenido y de toda relación social existente hasta esta fecha. Como consecuencia de la cesión de derechos antes indicada, los únicos y actuales socios de la sociedad son don ROLANDO MUSIET TALGUÍA, titular del noventa por ciento de los derechos sociales, y don RODRIGO JAVIER PARRAO CUEVAS, titular del diez por ciento restante del capital social, quedando la responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Se deja expresa constancia que en todo lo no modificado por la presente escritura permanecen plenamente vigentes todas y cada una de las cláusulas, pactos y estipulaciones del contrato social original. Los gastos de la escritura son de cargo de la sociedad. Las modificaciones introducidas rigen desde la fecha de la escritura. Se faculta al portador de extracto para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que correspondan. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2026.

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  1. MODIFICACIÓN

    ASESORÍAS LEGALES MUSIET Y COMPAÑÍA LIMITADA

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公司關係

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