Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta77.198.054-6

Inversiones Montemar Limitada

DISOLUCIÓN — 29 dic 2025

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

11 de mayo de 2026

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2025-12-29Ver PDF (CVE 2748350)

Información societaria

Ltda
Santa Blanca número 1382

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 30 de octubre de 2025

    Inversiones Montemar Limitada se fusiona con Inversiones Algarrobo SpA, que subsiste y absorbe a la sociedad.

    María de la Luz Quezada Boetsch · Armando Francisco Quezada Boetsch · Pablo Andrés Quezada Boetsch · Juan José Quezada Boetsch · María Jesús Quezada Boetsch · Ángela Quezada Boetsch · Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, abogado, Notario Suplente, del Titular de la 43ª Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que, con fecha 30 de octubre de 2025, ante el titular, doña María de la Luz Quezada Boetsch, don Armando Francisco Quezada Boetsch, don Pablo Andrés Quezada Boetsch, don Juan José Quezada Boetsch, doña María Jesús Quezada Boetsch, doña Ángela Quezada Boetsch, don Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, todos domiciliados para estos efectos en Santa Blanca número 1382, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de Inversiones Montemar Limitada, inscrita a fojas 44.993, número 21.443 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020, en adelante la “Sociedad”, acordaron lo siguiente: (1) Fusionar Inversiones Montemar Limitada en la sociedad Inversiones Algarrobo SpA, mediante la incorporación de la primera en la segunda, la cual subsiste y absorbe a la Sociedad, adquiriendo todos sus activos y pasivos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a la sociedad absorbente la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida. (2) En consecuencia, Inversiones Montemar Limitada se disuelve de pleno derecho, por el solo ministerio de la ley, sin que sea necesaria su liquidación. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 24 de diembre de 2025.

DisoluciónDiario Oficial · 2025-12-26Ver PDF (CVE 2746716)

Información societaria

Ltda
Santa Blanca número 1382

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular Cuadragésima Tercera Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública con fecha 30 de octubre de 2025, ante mí, doña María de la Luz Quezada Boetsch, don Armando Francisco Quezada Boetsch, don Pablo Andrés Quezada Boetsch, don Juan José Quezada Boetsch, doña María Jesús Quezada Boetsch, doña Ángela Quezada Boetsch, don Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, todos domiciliados para estos efectos en Santa Blanca número 1382, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de Inversiones Montemar Limitada, inscrita a fojas 44.993, número 21.443 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020, en adelante la “Sociedad”, acordaron lo siguiente: (1) Fusionar Inversiones Montemar Limitada en la sociedad Inversiones Algarrobo SpA, mediante la incorporación de la primera en la segunda, la cual subsiste y absorbe a la Sociedad, adquiriendo todos sus activos y pasivos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a la sociedad absorbente la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida. (2) En consecuencia, Inversiones Montemar Limitada se disuelve de pleno derecho, por el solo ministerio de la ley, sin que sea necesaria su liquidación.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2025.

ConstituciónDiario Oficial · 2020-07-29Ver PDF (CVE 1791890)

Información societaria

Ltda
Duración: 20 años contados desde fecha de escritura extractada, plazo se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período
Administración: Corresponderá a Armando Francisco Quezada Boetsch, María de la Luz Quezada Boetsch, Pablo Andrés Quezada Boetsch, Juan José Quezada Boetsch, María Jesús Quezada Boetsch, Ángela Quezada Boetsch y Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, con amplias facultades

Objeto social

/i/ la realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y, /ii/ el financiamiento de sociedades constituidas en el exterior

Capital

Capital total

$70

Texto oficial del extracto

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de julio de 2020, María de la Luz Quezada Boetsch, domicilio Camino Turístico 11316, Lo Barnechea, Armando Francisco Quezada Boetsch, domicilio Camino Turístico 11328, Lo Barnechea, Pablo Andrés Quezada Boetsch, domicilio Santa Blanca 1350, Lo Barnechea, Juan José Quezada Boetsch, domicilio Santa Blanca 563, Lo Barnechea, María Jesús Quezada Boetsch, domicilio Alto de Nogales 179, Machalí, Ángela Quezada Boetsch, domicilio Av. Lomas de Montemar 800, casa 44, Concón, y Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, domicilio Walter Scott 1365, Vitacura, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “Inversiones Montemar Limitada”. Objeto: /i/ la realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y, /ii/ el financiamiento de sociedades constituidas en el exterior. Capital: 70.000 dólares de los Estados Unidos de América, aportado en la siguiente forma y proporción: a/ María de la Luz Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; b/ Armando Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; c/ Pablo Andrés Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; d/ Juan José Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; e/ María Jesús Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; f/ Ángela Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; y g/ Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; Administración y uso razón social: Corresponderá a Armando Francisco Quezada Boetsch, María de la Luz Quezada Boetsch, Pablo Andrés Quezada Boetsch, Juan José Quezada Boetsch, María Jesús Quezada Boetsch, Ángela Quezada Boetsch y Pedro Felipe Arturo Quezada Boetsch, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, con amplias facultades. Duración: 20 años contados desde fecha de escritura extractada, plazo se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Fallecimiento de socio no pondrá fin a sociedad la que continuará en forma prescrita en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de julio de 2020.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    Inversiones Montemar Limitada

    CVE 2748350

  2. DISOLUCIÓN

    Inversiones Montemar Limitada

    CVE 2746716

  3. CONSTITUCIÓN

    Inversiones Montemar Limitada

    CVE 1791890

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)