Agrícola Transvaal Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
del giro de su denominación
Capital
Capital total
$994.233.117
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | 63.818% | $634.501.400 |
Socio 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 0.001% | $5.492 |
MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 9.045% | $89.931.556 |
MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER Socio 17.xxx.xxx-3 | 17.xxx.xxx-3 | 9.045% | $89.931.556 |
Socio 20.xxx.xxx-9 | 20.xxx.xxx-9 | 9.045% | $89.931.556 |
VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER Socio 20.xxx.xxx-7 | 20.xxx.xxx-7 | 9.045% | $89.931.556 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 2 de junio de 1998
Se constituye AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA.
- Otro acto· 8 de junio de 2021
La sociedad AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA es objeto de una modificación social.
- Constitución· 22 de diciembre de 2014
Se constituye INVERSIONES FRUTILLAR LIMITADA.
- Otro acto
Se relata que JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO y CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ son los únicos y actuales socios de INVERSIONES FRUTILLAR LIMITADA.
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO · CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ
Texto oficial del extracto
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Abogado, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 05 de diciembre de 2022, Repertorio 14.831-2022, ante mí, comparecen: don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 6.967.300-7, por sí y en representación de doña SOFIA MARÍA TRUCCO HARNECKER, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad N° 20.164.912-9; doña MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad N° 16.365.259-5; doña MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER, chilena, casada y separada totalmente de bienes, psicóloga, cédula nacional de identidad N° 17.402.567-3; don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 20.164.913-7; y doña CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, traductor, cédula nacional de identidad N° 6.977.225-0, todos domiciliados para estos efectos en calle Paul Harris N° 10.777, Comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con los documentos antes mencionados y exponen: don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO, doña MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER, doña MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER, doña SOFIA MARÍA TRUCCO HARNECKER, y don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER son los únicos y actuales socios de AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 77.178.540-9, fue constituida por escritura pública de fecha 02 de junio de 1998, otorgada en la notaría de don Iván Torrealba Acevedo. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 168 vuelta N° 173, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, correspondiente al año 1998. La sociedad ha sido objeto de una modificación social por escritura pública de fecha 08 de junio de 2021, otorgada en la notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, inscrita a fojas 59.901 N° 27.906 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021. Mientras que don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO y doña CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ son los únicos y actuales socios de INVERSIONES FRUTILLAR LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.419.634-1, fue constituida por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2014, otorgada en la notaría de Santiago ante notario suplente doña Carolina Elizabeth Piña Cuevas. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 99.109 N° 60.812 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014. Los comparecientes acuerdan lo siguiente: a) Fusionar las Sociedades AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA e INVERSIONES FRUTILLAR LIMITADA, mediante la absorción que la sociedad AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA hace de la sociedad INVERSIONES FRUTILLAR LIMITADA. En consecuencia, la sociedad INVERSIONES FRUTILLAR LIMITADA se disolverá sin necesidad de liquidación con motivo de su incorporación a la sociedad AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA, traspasando a esta última la totalidad de sus activos, pasivos y patrimonio. La fusión tendrá efectos a partir del 06 de diciembre de 2022, todo ello de conformidad a los términos estipulados en la escritura extractada. b) En razón de lo anterior se modifica la cláusula relativa al capital la cual quedará de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social de la sociedad asciende a novecientos noventa y cuatro millones doscientos treinta y tres mil ciento diecisiete pesos, que se suscribe y paga como sigue: a) don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO ha aportado seiscientos treinta y cuatro millones quinientos un mil cuatrocientos pesos, equivalente al sesenta y tres coma ocho uno ocho por ciento de los derechos sociales; b) doña CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ ha aportado cinco mil cuatrocientos noventa y dos pesos, equivalente al cero coma cero cero uno por ciento de los derechos sociales; c) doña MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER ha aportado ochenta y nueve millones novecientos treinta y un mil quinientos cincuenta y seis pesos, equivalente al nueve coma cero cuatro cinco por ciento de los derechos sociales; d) doña MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER ha aportado ochenta y nueve millones novecientos treinta y un mil quinientos cincuenta y seis pesos, equivalente al nueve coma cero cuatro cinco por ciento de los derechos sociales; e) SOFIA MARÍA TRUCCO HARNECKER ha aportado ochenta y nueve millones novecientos treinta y un mil quinientos cincuenta y seis pesos, equivalente al nueve coma cero cuatro cinco por ciento de los derechos sociales; y f) don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER ha aportado ochenta y nueve millones novecientos treinta y un mil quinientos cincuenta y seis pesos, equivalente al nueve coma cero cuatro cinco por ciento de los derechos sociales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO Socio | - | 20% | $600.000 |
MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER Socio | - | 20% | $600.000 |
MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER Socio | - | 20% | $600.000 |
Socio | - | 20% | $600.000 |
VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER Socio | - | 20% | $600.000 |
Representación legal (1)
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO cede el 75% de sus derechos sociales a varios familiares.
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO · MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER · MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER · SOFÍA MARÍA TRUCCO HARNECKER · VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER
- Cesión de derechos
CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ cede el 5% de sus derechos sociales a VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER.
CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ · VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER
- Retiro de socio
CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ se retira de la sociedad.
- Cambio de capital
Se actualiza el capital social a $3.000.000 y se redistribuye entre los socios actuales.
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO · MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER · MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER · SOFÍA MARÍA TRUCCO HARNECKER · VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER
- Cambio de nombre
Se mantiene la razón social AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA, sin modificación de nombre.
- Otro acto
Se modifica el domicilio, la duración y la cláusula arbitral del pacto social.
JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO · MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER · MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER · SOFÍA MARÍA TRUCCO HARNECKER · VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER
Texto oficial del extracto
Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, Piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 8 de Junio de 2021, Repertorio N° 11.767-2021, ante mí, don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO; doña CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ; doña MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER; doña MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER; doña SOFÍA MARÍA TRUCCO HARNECKER; y don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER; todos los anteriores, domiciliados para estos efectos en calle Paul Harris N°10.777, Depto. 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron lo siguiente en relación con la sociedad “AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA”, rol único tributario N°77.178.540-9, inscrita a fojas 168 vuelta N°173 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 1998. El socio don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO, vendió, cedió y transfirió el 75% de sus derechos sociales a las siguientes personas en los porcentajes que se indican: Uno) doña MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER, un 20% de su participación social. Precio consta en escritura extractada, totalmente pagado;Dos) doña MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER, un 20% de su participación social. Precio consta en escritura extractada, totalmente pagado; Tres) doña SOFÍA MARÍA TRUCCO HARNECKER, un 20% de su participación social. Precio consta en escritura extractada, totalmente pagado; y Cuatro) don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER, un 15% de su participación social. Precio consta en escritura extractada, totalmente pagado. Por su parte, la socia doña CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ , vendió, cedió y transfirió a don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER, un 5% de su participación social. Precio consta en escritura extractada, totalmente pagado. Se retira de la sociedad doña CARMEN MARÍA HARNECKER GALMEZ. Se modifica la cláusula cuarta del pacto social, quedando esta como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero.” Se modifica la cláusula quinta del pacto social, quedando esta como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: La sociedad comenzó su vigencia a partir de la fecha de su escritura de constitución, esto es, el dos de junio de mil novecientos noventa y ocho. El plazo de duración de la sociedad será de treinta años, contados desde la fecha de la presente escritura, renovables tácita y sucesivamente por períodos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifestaré su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período”. Se modifica la cláusula sexta del pacto social, de modo que refleje a los socios actuales, quedando esta como sigue: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000.-, que se distribuye de la siguiente forma: a) don JUAN EDUARDO TRUCCO BRITO, con la suma de $600.000.-, equivalentes al 20% del capital social; b) doña MARÍA MAGDALENA TRUCCO HARNECKER, con la suma de $600.000.-, equivalentes al 20% del capital social; c) doña MARÍA ANTONIA TRUCCO HARNECKER, con la suma de $600.000.-, equivalentes al 20% del capital social; d) doña SOFÍA MARÍA TRUCCO HARNECKER, con la suma de $600.000.-, equivalentes al 20% del capital social; y e) don VICENTE IGNACIO TRUCCO HARNECKER, con la suma de $600.000.-, equivalentes al 20% del capital social”. Se modifica la cláusula décimo quinta del pacto social, la que queda como sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Todas las dificultades o divergencias que se susciten entre los socios, o entre uno o más de ellos y la sociedad, sea durante su vigencia o liquidación, y que esté relacionada directa o indirectamente con el presente contrato, serán resueltas cada vez por un árbitro arbitrador o amigable componedor, quien actuará breve y sumariamente, sin forma de juicio, y en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a los cuales las partes renunciar desde luego. Las partes designan desde ya como árbitro arbitrador a don RODRIGO ENRIQUE ZEGERS REYES, y, para el caso que éste no pueda o no quiera aceptar el encargo, designan a RODRIGO IGNACIO ZEGERS QUIROGA. A falta de los nombrados, el árbitro será designado de común acuerdo por las partes o por la justicia ordinaria en subsidio, pero en este último caso el nombramiento deberá recaer en algún miembro del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, quien se someterá al Reglamento de Arbitraje Nacional en todo lo que sea compatible con la presente cláusula compromisoria.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2021.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA
CVE 2246869
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA TRANSVAAL LIMITADA
CVE 1983324
